Norma Legal Oficial del día 06 de octubre del año 2018 (06/10/2018)


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NORMAS LEGALES

Sábado 6 de octubre de 2018 /

El Peruano

a la excepción de los cargos de confianza a que se refiere el artículo 2 del Decreto Supremo N° 084-2016PCM, precisando que la misma debe ser aprobada por Resolución de Presidencia Ejecutiva y publicarse en el Diario Oficio "El Peruano"; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 198-2018-SERVIR-PE, publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el 30 de setiembre de 2018, la Autoridad Nacional del Servicio Civil resuelve exceptuar al Ministerio de Educación del tope de cincuenta (50) empleados de confianza, de acuerdo al sustento contenido en el numeral 3.4.3 del Informe Técnico N° 185-2018-SERVIR/GDSRH de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos; Que, conforme a lo expuesto, contando con el sustento de la Oficina General de Recursos Humanos, y la opinión favorable de la Unidad de Organización y Métodos, así como de la Autoridad Nacional de Servicio Civil, corresponde aprobar el Cuadro para Asignación de Personal Provisional ­ CAP Provisional del Ministerio de Educación, a fin de contar con un documento de gestión actualizado; debiendo dejar sin efecto las Resoluciones Ministeriales Nos. 052-2015-MINEDU, 415-2015-MINEDU, 266-2017-MINEDU y 453-2017-MINEDU; Con el visado de la Secretaría General, de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, de la Unidad de Organización y Métodos, de la Oficina General de Recursos Humanos, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley N° 26510; el Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, y la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 304-2015-SERVIR/PE que aprueba la Directiva N° 002-2015-SERVIR/GDSRG, modificada por Resolución de Presidencia N° 057-2016-SERVIR/PE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Cuadro para Asignación de Personal ­ CAP Provisional del Ministerio de Educación, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Dejar sin efecto las Resoluciones Ministeriales N° 052-2015-MINEDU, N° 415-2015-MINEDU, N° 266-2017-MINEDU y N° 453-2017-MINEDU. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su anexo en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), en la misma fecha de publicación de la Resolución en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL ALFARO PAREDES Ministro de Educación 1698787-1

VISTOS: El Expediente N° 14371616 sobre la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica con la Línea de Transmisión en 22.9 kV C.H. Llaylla ­ C.H. Chalhuamayo; la Resolución Ministerial N° 361-2018-MEM/DM; y, los Informes N° 051-2018-MEM/DGE-DCE y N° 763-2018MEM/OGJ elaborados por la Dirección General de Electricidad y la Oficina General de Asesoría Jurídica, respectivamente, del Ministerio de Energía y Minas; CONSIDERANDO: Que, mediante carta GR-246-2016 con Registro N° 2589065, de fecha 22 de marzo de 2016, Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Centro S.A. (en adelante, ELECTROCENTRO) solicita la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica con la Línea de Transmisión en 22.9 kV C.H. Llaylla ­ C.H. Chalhuamayo, ubicada en el distrito de Llaylla, provincia de Satipo, departamento de Junín (en adelante, el PROYECTO); Que, mediante Memo-0948-2017/MEM-DGAAE, de fecha 21 de setiembre de 2017, la Dirección General de Asuntos ambientales Energéticos (DGAAE) remite a la Dirección General de Electricidad (DGE) el Informe N° 000012-2017-ICG/DCP/DGPI/VMI/MC, anexado al Oficio N° 000535-2017/DGPI/VMI/MC con Registro N° 2741344, de fecha 19 de setiembre de 2017, que concluye entre otros aspectos, que en el área del proyecto no existe presencia de pueblos indígenas u originarios, por lo que no es necesario realizar un proceso de consulta previa; Que, de conformidad con los Informes de Vistos, al haberse verificado que, a la fecha ELECTROCENTRO cumple con los requisitos para la aprobación de la solicitud de otorgamiento de la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión con el PROYECTO, según lo señalado en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-93-EM, y el Texto único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas (TUPA del MEM), corresponde se apruebe su solicitud; y, por consiguiente se apruebe el Contrato de Concesión en los términos y condiciones que aparecen en la Minuta correspondiente, la misma que deberá ser elevada a Escritura Pública, incorporando en esta el texto de la presente Resolución e inscribirla en el Registro de Concesiones para la Explotación de Servicios Públicos del Registro de Propiedad Inmueble, según lo establecido en los artículos 7 y 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas; Que, adicionalmente, conforme al artículo 53 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, la Resolución Ministerial que aprueba el otorgamiento de concesión definitiva debe aprobar el respectivo Contrato de Concesión y autorizar al Director General de Electricidad o a quien haga sus veces, para intervenir en la celebración del mismo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento, la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado con Decreto Supremo N° 031-2007-EM y sus modificatorias. SE RESUELVE:

ENERGIA Y MINAS
Otorgan a Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Centro S.A. la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica ubicada en el distrito de Llaylla, provincia de Satipo, departamento de Junín
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 362-2018-MEM/DM Lima, 18 de setiembre de 2018

Artículo 1.- Otorgar a favor de Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Centro S.A. la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica con la Línea de Transmisión en 22.9 kV C.H. Llaylla ­ C.H. Chalhuamayo, ubicada en el distrito de Llaylla, provincia de Satipo, departamento de Junín, en los términos y condiciones indicados en la presente Resolución Ministerial y los que se detallan en el Contrato de Concesión que se aprueba en el artículo 2 de la presente Resolución. Artículo 2.- Aprobar el Contrato de Concesión N° 5162017 a suscribirse entre Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Centro S.A. y el Ministerio de Energía y Minas, el cual consta de 19 cláusulas y 4 Anexos.

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