Norma Legal Oficial del día 06 de octubre del año 2018 (06/10/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano / Sábado 6 de octubre de 2018

NORMAS LEGALES

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SOLES), a favor del pliego 443: Gobierno Regional del Departamento de Arequipa, destinados a financiar el proceso de saneamiento físico legal de 1,500 predios rurales, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA En Soles : Gobierno Central 009 : Ministerio de Economía y Finanzas 001 : Administración General

EDUCACION
Aprueban Cuadro para Asignación de Personal ­ CAP Provisional del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERUAL N° 544-2018-MINEDU Lima, 4 de octubre de 2018 Vistos, los Oficios N° 2085-2018-MINEDU/SG-OGRH y N° 2328-2018-MINEDU/SG-OGRH de la Oficina General de Recursos Humanos, el Informe N° 105-2018-MINEDU/ SPE-OPEP-UNOME de la Unidad de Organización y Métodos, el Informe Técnico N° 185-2018-SERVIR/ GDSRH de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 198-2018-SERVIR-PE, de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, el Informe N° 1019-2018-MINEDU/SGOGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Ley N° 25762, se aprobó la Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado mediante Ley N° 26510, en la cual se determina el ámbito y la conformación del Sector Educación, la finalidad, atribución y estructura básica del Ministerio de Educación; determinándose que el ámbito del sector educación comprende las acciones y los servicios que en materia de educación, cultura, deporte y recreación se ofrecen en el territorio nacional; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 304-2015-SERVIR-PE modificada por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 057-2016-SERVIR-PE, se aprobó la Directiva Nº 002-2015-SERVIR-GDSRH "Normas para la gestión del proceso de administración de puestos, elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad-CPE", la misma que establece las reglas para que las Entidades del Sector Público aprueben su Cuadro para Asignación de Personal - CAP Provisional; Que, de acuerdo con el numeral 7.5 de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR-GDSRH, el CAP Provisional es el documento de gestión institucional de carácter temporal que contiene los cargos definidos y aprobados por la Entidad, sobre la base de su estructura orgánica vigente prevista en su Reglamento de Organización y Funciones o Manual de Operaciones, según corresponda, cuya finalidad es viabilizar la operación de las entidades públicas durante el periodo de transición del Sector Público al Régimen del Servicio Civil, previsto en la Ley Nº 30057; Que, mediante Resolución Ministerial N° 0091-2012ED, se aprueba el Clasificador de Cargos del Ministerio de Educación, modificado por Resoluciones Ministeriales N° 042-2014-MINEDU, N° 171-2014-MINEDU, N° 251-2014-MINEDU, N° 275-2014-MINEDU, N° 051-2015-MINEDU, N° 337-2016-MINEDU, N° 474-2017-MINEDU, N° 533-2017-MINEDU, N° 584-2017-MINEDU y N° 482-2018-MINEDU; Que, con Resolución Ministerial N° 052-2015-MINEDU, se aprueba el Cuadro para Asignación de Personal ­ CAP Provisional del Ministerio de Educación, reordenado por Resoluciones Ministeriales N° 415-2015-MINEDU, N° 266-2017-MINEDU y N° 453-2017-MINEDU; Que, mediante Oficio N° 4453-2018-MINEDU/SG, de fecha 10 de setiembre de 2018, la Secretaría General del Ministerio de Educación remite a la Autoridad Nacional del Servicio Civil la propuesta de CAP Provisional, para que emita el informe de opinión previa favorable, así como solicita la excepción al límite de empleados de confianza; Que, mediante Oficio N° 790-2018-SERVIR/ PE, de fecha 26 de setiembre de 2018, la Autoridad Nacional del Servicio Civil remite el Informe Técnico N° 185-2018-SERVIR/GDSRH de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos, en el cual se otorga opinión favorable a la propuesta de CAP Provisional planteada por el Ministerio de Educación, así como

ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público GASTOS CORRIENTES 2.0 Reserva de Contingencia : 476 115,00 --------476 115,00 =========

TOTAL INGRESOS A LA SECCION SEGUNDA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA

En Soles : Instancias Descentralizadas 443 : Gobierno Regional del Departamento de Arequipa 100 : Agricultura Arequipa

ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios ACTIVIDAD 5000776 : Formalización de Predios Rurales GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios TOTAL GASTOS 476 115,00 ------------ 476 115,00 =========

Artículo 2. Procedimientos para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular del pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas, aprueba mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia de este Decreto Supremo. Copia de la Resolución es remitida dentro de los cinco (05) días de aprobada, a los organismos señalados en el párrafo 23.2 del artículo 23 de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego habilitado solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, instruye a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en esta norma. Artículo 3. Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 de este Decreto Supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son incorporados. Artículo 4. Refrendo El Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los tres días del mes de octubre del año dos mil dieciocho. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República CARLOS OLIVA NEYRA Ministro de Economía y Finanzas 1699719-4

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