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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE OCTUBRE DEL AÑO 2018 (06/10/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 23

23 NORMAS LEGALES Sábado 6 de octubre de 2018 El Peruano / SOLES), a favor del pliego 443: Gobierno Regional del Departamento de Arequipa, destinados a fi nanciar el proceso de saneamiento físico legal de 1,500 predios rurales, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA En Soles SECCION PRIMERA : Gobierno CentralPLIEGO 009 : Ministerio de Economía y FinanzasUNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público GASTOS CORRIENTES 2.0 Reserva de Contingencia : 476 115,00 ————- TOTAL INGRESOS 476 115,00 ========= A LA En Soles SECCION SEGUNDA : Instancias DescentralizadasPLIEGO 443 : Gobierno Regional del Departamento de Arequipa UNIDAD EJECUTORA 100 : Agricultura Arequipa ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios ACTIVIDAD 5000776 : Formalización de Predios Rurales GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios 476 115,00 —————— TOTAL GASTOS 476 115,00 ========= Artículo 2. Procedimientos para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular del pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas, aprueba mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia de este Decreto Supremo. Copia de la Resolución es remitida dentro de los cinco (05) días de aprobada, a los organismos señalados en el párrafo 23.2 del artículo 23 de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego habilitado solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codi fi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, instruye a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes “Notas para Modi fi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en esta norma. Artículo 3. Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 de este Decreto Supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son incorporados. Artículo 4. Refrendo El Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los tres días del mes de octubre del año dos mil dieciocho. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República CARLOS OLIVA NEYRA Ministro de Economía y Finanzas 1699719-4EDUCACION Aprueban Cuadro para Asignación de Personal – CAP Provisional del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERUAL N° 544-2018-MINEDU Lima, 4 de octubre de 2018Vistos, los O fi cios N° 2085-2018-MINEDU/SG-OGRH y N° 2328-2018-MINEDU/SG-OGRH de la O fi cina General de Recursos Humanos, el Informe N° 105-2018-MINEDU/SPE-OPEP-UNOME de la Unidad de Organización y Métodos, el Informe Técnico N° 185-2018-SERVIR/GDSRH de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 198-2018-SERVIR-PE, de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, el Informe N° 1019-2018-MINEDU/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Ley N° 25762, se aprobó la Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modi fi cado mediante Ley N° 26510, en la cual se determina el ámbito y la conformación del Sector Educación, la fi nalidad, atribución y estructura básica del Ministerio de Educación; determinándose que el ámbito del sector educación comprende las acciones y los servicios que en materia de educación, cultura, deporte y recreación se ofrecen en el territorio nacional; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 304-2015-SERVIR-PE modi fi cada por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 057-2016-SERVIR-PE, se aprobó la Directiva Nº 002-2015-SERVIR-GDSRH “Normas para la gestión del proceso de administración de puestos, elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad-CPE”, la misma que establece las reglas para que las Entidades del Sector Público aprueben su Cuadro para Asignación de Personal - CAP Provisional; Que, de acuerdo con el numeral 7.5 de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR-GDSRH, el CAP Provisional es el documento de gestión institucional de carácter temporal que contiene los cargos de fi nidos y aprobados por la Entidad, sobre la base de su estructura orgánica vigente prevista en su Reglamento de Organización y Funciones o Manual de Operaciones, según corresponda, cuya fi nalidad es viabilizar la operación de las entidades públicas durante el periodo de transición del Sector Público al Régimen del Servicio Civil, previsto en la Ley Nº 30057; Que, mediante Resolución Ministerial N° 0091-2012- ED, se aprueba el Clasi fi cador de Cargos del Ministerio de Educación, modi fi cado por Resoluciones Ministeriales N° 042-2014-MINEDU, N° 171-2014-MINEDU, N° 251-2014-MINEDU, N° 275-2014-MINEDU, N° 051-2015-MINEDU, N° 337-2016-MINEDU, N° 474-2017-MINEDU, N° 533-2017-MINEDU, N° 584-2017-MINEDU y N° 482-2018-MINEDU; Que, con Resolución Ministerial N° 052-2015-MINEDU, se aprueba el Cuadro para Asignación de Personal – CAP Provisional del Ministerio de Educación, reordenado por Resoluciones Ministeriales N° 415-2015-MINEDU, N° 266-2017-MINEDU y N° 453-2017-MINEDU; Que, mediante O fi cio N° 4453-2018-MINEDU/SG, de fecha 10 de setiembre de 2018, la Secretaría General del Ministerio de Educación remite a la Autoridad Nacional del Servicio Civil la propuesta de CAP Provisional, para que emita el informe de opinión previa favorable, así como solicita la excepción al límite de empleados de con fi anza; Que, mediante O fi cio N° 790-2018-SERVIR/ PE, de fecha 26 de setiembre de 2018, la Autoridad Nacional del Servicio Civil remite el Informe Técnico N° 185-2018-SERVIR/GDSRH de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos, en el cual se otorga opinión favorable a la propuesta de CAP Provisional planteada por el Ministerio de Educación, así como