Norma Legal Oficial del día 19 de octubre del año 2018 (19/10/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano / Viernes 19 de octubre de 2018

NORMAS LEGALES

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programación y desarrollo del abastecimiento, almacenamiento y distribución de los recursos estratégicos en Salud; Que, el artículo 16 de la Directiva N° 005-2010EF/76.01 "Directiva para la Ejecución Presupuestaria", aprobada por Resolución Directoral N° 030-2010EF/76.01 y modificatorias, establece el procedimiento a seguir para la ejecución de la transferencia financiera; Que, el Convenio N° 002-2012/MINSA suscrito por el Ministerio de Salud con la Organización Panamericana de la Salud (OPS/OMS) se encuentra vigente hasta el 31 de diciembre de 2018, conforme al documento de Referencia LEG/L/110/18, emitido por el citado organismo internacional, encontrándose éste habilitado para la adquisición de vacunas, jeringas y otros insumos bajo solicitud y en representación del Ministerio de Salud; Que, el Memorando de Entendimiento para el Suministro de Servicios de Adquisición, suscrito por el Ministerio de Salud con el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), establece en su punto 33 sobre la Duración y Rescisión, que el mismo entrará en vigor en la fecha en que se estampe la última firma por las partes y se mantendrá en vigor hasta su rescisión por cualquiera de ellas; Que, a través de los Memorandos del visto, el Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud solicita efectuar la transferencia financiera a favor de la Organización Panamericana de la Salud (OPS/OMS), y del Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), en el marco de lo dispuesto en la Quincuagésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; Que, conforme a lo señalado en el Informe de visto, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, resulta necesario autorizar la transferencia financiera del Presupuesto Institucional de la Unidad Ejecutora 124: Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud ­ CENARES del Pliego 011: Ministerio de Salud para el Año Fiscal 2018, hasta por la suma de CINCO MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y UN MIL CIENTO NOVENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES (S/ 5 671 195,00), a favor de la Organización Panamericana de la Salud (OPS/OMS), y del Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), para financiar la adquisición de bienes necesarios para las intervenciones estratégicas definidas por el Ministerio de Salud, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial; Con el visado del Director General del Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud, del Director General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Secretario General, del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud y de la Viceministra de Salud Pública; y, De conformidad con lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; en la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; en el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; en el Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2017SA y modificatorias; y, en la "Directiva para la Ejecución Presupuestaria", aprobada por Resolución Directoral N° 030-2010-EF/76.01 y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Transferencia Financiera Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 011: Ministerio de Salud hasta por la suma de CINCO MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y UN MIL CIENTO NOVENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES (S/ 5 671 195,00), a favor de la Organización Panamericana de la Salud (OPS/OMS), y del Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Autorización Autorizar a la Organización Panamericana de la Salud (OPS/OMS), y al Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), la utilización de los saldos de la transferencia financiera señalados en el artículo 1 de la presente norma, siempre que se asegure el abastecimiento de los productos para los cuales fueron destinados, a fin de adquirir otros similares (productos farmacéuticos, dispositivos médicos y productos sanitarios), a solicitud del Ministerio de Salud. Artículo 3.- Financiamiento El egreso que demande el cumplimiento de la presente Resolución, se afectará al presupuesto de la Unidad Ejecutora 124: Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud ­ CENARES del Pliego 011: Ministerio de Salud, con cargo a la Categoría Presupuestal 9001 Acciones Centrales, Actividad 5000001 Planeamiento y Presupuesto, Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, y Genérica de Gasto 2.4 Donaciones y Transferencias. Artículo 4.- Limitaciones al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 5.- Monitoreo La Unidad Ejecutora 124: Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud ­ CENARES, coordinará con la Organización Panamericana de la Salud (OPS/OMS), y el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), el envío de los estados de cuentas, derivados de las adquisiciones efectuadas con los recursos señalados en el Anexo que forma parte de la presente Resolución Ministerial, en concordancia con los términos contemplados en los Convenios suscritos con dichos organismos internacionales. Artículo 6.- Información La Unidad Ejecutora 124: Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud ­ CENARES, remitirá a la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del MINSA, información trimestral, bajo responsabilidad, de los desembolsos efectuados a favor de la Organización Panamericana de la Salud (OPS/OMS), y del Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), para lo cual se realiza la presente transferencia, en el marco de lo dispuesto por la Quincuagésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018. Artículo 7.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano y encargar a la Oficina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaria General la publicación de la presente Resolución Ministerial en el portal institucional del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. SILVIA ESTER PESSAH ELJAY Ministra de Salud 1703057-1

Aprueban la Ficha de Homologación del "Alimento infantil instantáneo, fortificado, en polvo, con leche y cereales"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 944-2018/MINSA Lima, 18 de octubre de 2018 Visto, el Expediente N° 18-043540-010, que contiene el Oficio N° 01227-2018-JEF-OPE/INS del Jefe del Instituto Nacional de Salud y el Oficio N° 138-2018-PERÚ

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