Norma Legal Oficial del día 20 de octubre del año 2018 (20/10/2018)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano / Sábado 20 de octubre de 2018

NORMAS LEGALES

35

generación y aprobación de una Ficha Técnica, PERÚ COMPRAS a través de la Dirección de Subasta Inversa, podrá solicitar información u opinión técnica a entidades del Estado, las mismas que deberán responder a lo solicitado de manera idónea, bajo responsabilidad; asimismo, PERÚ COMPRAS comprobará la existencia de organismos evaluadores de la conformidad que permitan verificar la calidad del bien o servicio; Que, los numerales 8.6 y 8.7 de las Disposiciones Específicas de la Directiva señalan que la Dirección de Subasta Inversa pre publicará en el Portal Institucional de PERÚ COMPRAS, los proyectos de Fichas Técnicas de los bienes y servicios transables, por un plazo no menor de ocho (8) días hábiles; sin perjuicio de lo señalado, los citados proyectos de Fichas Técnicas se pre publicarán, durante el mismo periodo, a través del SEACE, donde estará habilitado un formulario electrónico para recibir sugerencias y recomendaciones, alternativamente a otras vías; y una vez transcurrido el mencionado plazo, la Dirección de Subasta Inversa de PERÚ COMPRAS evaluará las sugerencias y/o recomendaciones recibidas, para lo cual podrá solicitar una opinión técnica o información complementaria a las entidades competentes, las que deberán responder a lo solicitado de manera idónea y oportuna bajo responsabilidad; Que, el numeral 8.8 de las Disposiciones Específicas de la Directiva establece que PERÚ COMPRAS, contando o no con sugerencias y/o recomendaciones, aprobará mediante Resolución Jefatural el contenido definitivo de la ficha técnica de un bien o servicio, disponiendo su inclusión en el LBSC y su publicación en el Portal de PERÚ COMPRAS; Que, por otro lado, el numeral 8.9 de las Disposiciones Específicas de la Directiva señala que el Documento de Orientación contiene los requisitos mínimos obligatorios relacionados al proveedor del bien o servicio, y los aspectos relacionados a la certificación de su calidad, obligatorios o facultativos, según sea el caso, los cuales pueden incluir aspectos de muestreo y ensayos, así como las referencias normativas y/o regulatorias del mismo; Que, el numeral 8.10 de las Disposiciones Específicas de la Directiva señala que mediante Resolución Jefatural se aprueban o modifican los Documentos de Orientación de cada uno de los rubros de las Fichas Técnicas del Listado de Bienes y Servicios Comunes ­ LBSC; Que, el numeral 8.12 de las Disposiciones Específicas de la Directiva señala que la Dirección de Subasta Inversa de PERÚ COMPRAS es responsable de las actividades relacionadas al sostenimiento del LBSC y los Documentos de Orientación correspondientes, para lo cual deberá implementar procesos que garanticen, entre otros, la idoneidad del contenido de los Documentos de Orientación; Que, mediante Informe N° 110-2018-PERÚ COMPRAS/DSI, la Dirección de Subasta Inversa informa sobre las acciones desarrolladas en cumplimiento de lo dispuesto en los numerales 8.5, 8.6, 8.7, 8.9 y 8.10 de las Disposiciones Específicas de la Directiva; asimismo, concluye que los bienes objeto de estudio, cumplen con la condición de bien común, por lo que recomienda la aprobación de la inclusión de diecinueve (19) Fichas Técnicas del Rubro Componentes y suministros de construcciones, estructuras y obras en el LBSC, así como la modificación del Documento de Orientación del rubro señalado; Que, en el citado informe, la Dirección de Subasta Inversa señala que ha evaluado los diecinueve (19) bienes objetos de las Fichas Técnicas propuestas a ser incluidas en el LBSC, así como su condición de bien común, conforme al siguiente detalle: i) Se advierte la existencia de su demanda a través de los procesos convocados por las entidades públicas durante los periodos 2014, 2015, 2016 y 2017, respectivamente, según la información extraída de la base de datos del Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado ­ SEACE; ii) Se verificó una oferta potencial en el mercado en función de la existencia de proveedores participantes en los procedimientos clásicos convocados por las entidades públicas que cuentan con Registro Nacional de Proveedores ­ RNP vigente para contratar con el Estado; iii) Se verificó que los bienes objeto de evaluación cuentan con características usuales en el mercado, y; iv) Se ha realizado la verificación

de la existencia de oferta de Organismos Evaluadores de la Conformidad; Que, asimismo, al proponer la inclusión de diecinueve (19) Fichas Técnicas del Rubro Componentes y suministros de construcciones, estructuras y obras en el LBSC, corresponde la revisión y modificación del listado de bienes contenidos en la Parte I y Parte II del Documento de Orientación del referido rubro, por lo que: i) Se advierte que los referidos bienes no requieren documentación específica para su comercialización, ii) Se verifica la vigencia de los documentos técnicos referidos en los numerales 2.2 Método de muestreo y 2.3 Ensayo o pruebas de la Parte II del Documento de Orientación y, iii) Se identifica Laboratorios de Ensayo que pueden verificar las características establecidas en las fichas técnicas propuestas; Que, mediante Informe N° 221-2018-PERÚ COMPRAS/SG-OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica concluye que, de conformidad con el artículo 78 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 350-2015-EF, así como lo dispuesto en la Directiva N° 006-2016-PERÚ COMPRAS, es viable la aprobación de diecinueve (19) Fichas Técnicas del Rubro Componentes y suministros de construcciones, estructuras y obras en el LBSC, así como la modificación del Documento de Orientación del rubro señalado; Con el visto bueno de la Secretaría General, la Dirección de Subasta Inversa y la Oficina de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1018; el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 350-2015-EF, modificado mediante Decreto Supremo N° 056-2017-EF; la Directiva N° 006-2016PERÚ COMPRAS, aprobada por Resolución Jefatural N° 042-2016-PERÚ COMPRAS, modificada y actualizada en su Versión 3.0 por Resolución Jefatural N° 063-2017PERÚ COMPRAS; y en ejercicio de la atribución conferida por el artículo 7 y los literales c) y f) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones de la Central de Compras Públicas ­ PERÚ COMPRAS, aprobado por Decreto Supremo N° 364-2015-EF; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar diecinueve (19) Fichas Técnicas del Rubro Componentes y suministros de construcciones, estructuras y obras; y, disponer su inclusión en el Listado de Bienes y Servicios Comunes ­ LBSC, de acuerdo al contenido del Anexo N° 01 adjunto, que forma parte integrante de la presente Resolución, conforme al siguiente detalle:
N° 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 Denominación del Bien (Denominación de la Ficha Técnica) CEMENTO PORTLAND TIPO HS CON ALTA RESISTENCIA A LOS SULFATOS CEMENTO PORTLAND TIPO MS CON MODERADA RESISTENCIA A LOS SULFATOS CONCRETO DE RESISTENCIA ESPECIFICADA f´c, 175 kg/cm2 CONCRETO DE RESISTENCIA ESPECIFICADA f´c, 210 kg/cm2 CONCRETO DE RESISTENCIA ESPECIFICADA f´c, 280 kg/cm2 MATERIAL GRANULAR PARA AFIRMADO A-1 MATERIAL GRANULAR PARA AFIRMADO A-2 MATERIAL GRANULAR PARA AFIRMADO C MATERIAL GRANULAR PARA AFIRMADO D MATERIAL GRANULAR PARA AFIRMADO E MATERIAL GRANULAR PARA AFIRMADO F MATERIAL GRANULAR PARA BASE TIPO A MATERIAL GRANULAR PARA BASE TIPO B MATERIAL GRANULAR PARA BASE TIPO C MATERIAL GRANULAR PARA BASE TIPO D MATERIAL GRANULAR PARA SUB-BASE TIPO A MATERIAL GRANULAR PARA SUB-BASE TIPO B MATERIAL GRANULAR PARA SUB-BASE TIPO C MATERIAL GRANULAR PARA SUB-BASE TIPO D

· Las Fichas Técnicas podrán ser visualizadas en el siguiente enlace web: www.perucompras.gob.pe/lbsc

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.