Norma Legal Oficial del día 20 de octubre del año 2018 (20/10/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 86

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NORMAS LEGALES

Sábado 20 de octubre de 2018 /

El Peruano

al déficit del Aporte Reglamentario de Servicio Público Complementarios de Otros Fines, para la zonificación I3 y por la multa administrativa, siendo la suma ascendente a S/. 77,132.34 (fs.107-108), y mediante Recibo Nº0019834761 (fs.149) de fecha 04/04/18, pagado en la tesorería de esta Corporación Municipal, acreditan la cancelación de dicha liquidación, Que, mediante Informe Técnico Nº 069- 2018-MDA/ GDU-SGHUE-JDC de fecha 25 de abril de 2018, emitido por el Área Técnica pertinente de la Sub Gerencia de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones, informa que el presente trámite de Proyecto de Regularización de Habilitación Urbana ejecutada es procedente; y que el administrado ha cumplido con presentar la documentación y cancelar los pagos estipulados por el TUPA vigente, ESTANDO LOS FUNDAMENTOS EXPUESTOS EN LA PARTE CONSIDERATIVA Y EN USO DE LAS FACULTADES CONFERIDAS POR EL INCISO 3.6.1 DEL CAPÍTULO II DEL ARTÍCULO 79º DE LA LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES 27972, LEY Nº 27444 LEY DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO GENERAL, ASÍ COMO DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO POR LA LEY Nº 29090 - LEY DE REGULACIÓN DE HABILITACIONES URBANAS Y ORDENANZA Nº341-MML, Nº 836-MML, Nº1099-MML Y POR EL REGLAMENTO NACIONAL DE EDIFICACIONES. SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR de acuerdo con el Plano signado con el Nº 028-2018-SGHUE-GDU/MDA, plano de ubicación y Memoria Descriptiva, que forma parte de la presente Resolución, suscrita por el profesional responsable, Ing. Raymundo Alejandro Choque Muñante con registro CI.P.16263, el Proyecto de Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada con un área 2,709.40 m2 con Zonificación Gran Industria "I - 3", ubicado Calle El Dorado Nº270-280 y Av. La Mar Nº608 de la Parcelación Semi rustica La Molina, Distrito de Ate, Provincia y departamento de Lima Artículo Segundo.- AUTORIZAR a HUGO LUCAS CAMPBELL HENRIQUEZ, AIDA ELIZABETH CAMPBELL HENRIQUEZ y BARBARA TERESA CAMPBELL HENRIQUEZ para ejecutar la culminación de las obras de Habilitación Urbana correspondiente a la pavimentación de pistas y veredas en el terreno de 2,709.40 m2 hasta el 24 de abril del 2021, teniendo en cuenta las características y especificaciones técnicas de acuerdo a la siguiente descripción: DISEÑO AREA BRUTA TOTAL ÁREA UTIL TOTAL AREA DE VIAS 2,709.40 m2 2,603.00 m2 106.40 m2

el propietario ­ habilitador asumirá la responsabilidad y ejecución de dichas obras, tomando como referencia lo siguiente: Sub Rasante.- Para conseguir un suelo estabilizado y teniendo listo el corte a nivel de Sub rasante, será necesario efectuar una evaluación de la superficie del terreno natural, eliminando el que contenga restos orgánicos, escarificando y mejorando su calidad en un espesor de 0.20 m, mediante la adición de material granular, mezclándose con riego sucesivos y cercanos al optimo contenido de humedad, hasta alcanzar como mínimo el 95% de la Densidad Proctor Modificado de Laboratorio para un índice C.B.R. mínimo de 20 Las partículas sólidas de esta capa tendrán un diámetro máximo de 2". Base.- Posterior a la capa anterior debe colocarse una capa de base afirmada de 0.20 m de espesor, compactado, provenientes de cantera seleccionada, que contenga proporciones adecuadas de material gruesos (con diámetros máximo de 1 ½"), finos y ligantes en proporciones adecuadas. La mezcla y compactación se efectuará con riegos sucesivos cercanos al óptimo contenido de humedad y hasta alcanzar como mínimo el 95% de la Densidad Proctor Modificado de Laboratorio para un índice de C.B.R. de 80. Se procurará una superficie lisa y uniforme con el conveniente bombeo del centro a los extremos, cuidando mantener el nivel de las tapas de buzones para la aplicación de una futura capa asfáltica de 2" de espesor. Superficie de Rodadura.- Suelo estabilizado. Aceras.- Será de concreto simple de 4" de espesor con una resistencia a la compresión axial de f´c=140 Kg./ cm2, construido sobre una base granular de 4" de espesor compactada al 100% de la densidad seca del proctor estándar. Sardineles.- Se construirá sardineles de 30cm. de profundidad con mezcla y acabados igual que las aceras. En caso que la acera este en medio de jardines se construirá en ambos lados. El vertido del concreto deberá realizarse de modo que requiera el menor manipuleo posible evitando a la vez la segregación de los agregados. Bermas laterales.- Las bermas laterales deberán construirse, con un pavimento de las mismas características de las calzadas adyacentes. Así también éstas quedarán en tierra nivelada compactada. Rampas Peatonales.- En los extremos de los abanicos de las aceras, se construirán rampas peatonales, que conectarán los niveles superiores de las aceras y las calzadas, de conformidad con las normas técnicas NTE U.190 adecuación urbanística para personas con discapacidad, aprobadas por R. M. Nº 069-2001-MTC/15.04 de fecha 07 de Febrero de 2001. Artículo Tercero.- DISPONER, que el Lote Único quede garantía de pago por el déficit de los Aportes Reglamentarios de Parques Zonales y Renovación Urbana, los cuales deberán ser redimido en dinero a cada entidad competente previo a la Recepción de Obra; de conformidad con el Artículo 10º de la Ordenanza Nº836MML. Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, en el plazo de 30 días calendario contados a partir de su notificación, a cargo de los interesados. Artículo Quinto.- TRANSCRIBIR a la Oficina Registral de Lima y Callao para los efectos de su Inscripción; a la Municipalidad Metropolitana de Lima, SERPAR-LIMA, a EMILIMA, y a los interesados para su conocimiento y fines. Regístrese, comuníquese y cúmplase. CARLOS F. RIOS MIRANDA Sub Gerente de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones 1703517-1

CUADRO DE APORTES REGLAMENTARIOS El área afecta a aportes es igual al área bruta del terreno de 2,709.40 m2 y de acuerdo a la Zonificación Gran Industria "I-3" de conformidad con la Ordenanza Nº 836-MML las áreas resultantes son las siguientes:
I-3 APORTES Parques Zonales Otros Fines Renovación Urbana ORD. Nº 836-MML % 5 2 3 (m2) 135.47 54.19 81.28 PROYECTO (m2) ---------------------DÉFICIT (m2) 135.47 54.19 81.28

* El déficit del Aporte de Otros Fines fueron cancelados a esta Entidad Edilicia conforme a lo señalado en el Quinto considerando de la presente resolución. * El déficit de los Aportes correspondientes a Renovación Urbana y Parques Zonales quedan pendientes de pago, previo a la Recepción de Obra. PAVIMENTACIÓN DE PISTAS Y VEREDAS: La Pavimentación de pistas y veredas se ejecutarán de conformidad con el Estudio de suelos; así también

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