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36 NORMAS LEGALES Jueves 25 de octubre de 2018 / El Peruano SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje en comisión de servicios de la señora Mariela del Carpio Neyra, profesional del Instituto Tecnológico de la Producción–ITP, del 25 al 27 de octubre de 2018, a la ciudad de Quito, República del Ecuador, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los gastos correspondientes a los pasajes y viáticos que demande el viaje autorizado en el artículo precedente, son cubiertos con cargo al presupuesto 2018 del Instituto Tecnológico de la Producción–ITP, de acuerdo al siguiente detalle: Nombres y apellidosPasaje aéreo (US$)Viáticos por 2 días US$ 370,00 por día Mariela del Carpio Neyra1,058.58740.00 Articulo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la profesional autorizada en el artículo 1 debe presentar al Titular de la Entidad, un informe detallado de las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos y/o derechos aduaneros de cualquier clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese RAÚL PÉREZ-REYES ESPEJO Ministro de la Producción 1705915-2 RELACIONES EXTERIORES Ratifican el “ Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura relativo a la celebración de la 30° Consulta Técnica entre Organizaciones Regionales de Protección Fitosanitaria de la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria” DECRETO SUPREMO Nº 046-2018-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el “Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura relativo a la celebración de la 30° Consulta Técnica entre Organizaciones Regionales de Protección Fitosanitaria de la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria” fue formalizado mediante intercambio de Notas, Nota AGD-801 (Agm) de la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura, de fecha 11 de abril de 2018; Nota RE (GAB) N° 7-8-E/1 del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República del Perú, de fecha 05 de septiembre de 2018; y, Nota AGD-801 (Agm) de la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura, de fecha 12 de septiembre de 2018, y aprobado por Resolución Legislativa N° 30858; Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratifi cación del citado instrumento jurídico internacional; De conformidad con lo dispuesto por los artículos 56° y 118° inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el artículo 2 de la Ley Nº 26647; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase el “Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura relativo a la celebración de la 30° Consulta Técnica entre Organizaciones Regionales de Protección Fitosanitaria de la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria” , formalizado mediante intercambio de Notas, Nota AGD-801 (Agm) de la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura, de fecha 11 de abril de 2018; Nota RE (GAB) N° 7-8-E/1 del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República del Perú, de fecha 05 de septiembre de 2018; y, Nota AGD-801 (Agm) de la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura, de fecha 12 de septiembre de 2018 y aprobado por Resolución Legislativa N° 30858. Artículo 2°.- De conformidad con los artículos 4° y 6° de la Ley N° 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores procederá a publicar en el diario o fi cial “El Peruano” el texto íntegro del Acuerdo, así como su fecha de entrada en vigencia. Artículo 3°.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el señor Ministro de Relaciones Exteriores. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticuatro días del mes de octubre del año dos mil dieciocho. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República NÉSTOR POPOLIZIO BARDALES Ministro de Relaciones Exteriores 1705921-6 Nombran Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de Sudáfrica RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 202-2018-RE Lima, 24 de octubre de 2018 CONSIDERANDO: De conformidad con el inciso 12) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú, que establece la facultad del señor Presidente de la República de nombrar Embajadores y Ministros Plenipotenciarios, con aprobación del Consejo de Ministros, con cargo a dar cuenta al Congreso de la República; Estando a lo dispuesto en la Ley N.° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y modi fi catorias; el Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante Decreto Supremo N.° 130-2003-RE y sus modi fi catorias; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1.- Nombrar Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República de Sudáfrica, al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Jorge Félix Rubio Correa. Artículo 2.- Extenderle las Cartas Credenciales y Plenos Poderes correspondientes. Artículo 3.- La fecha en que el citado funcionario diplomático deberá asumir funciones, será fi jada mediante Resolución Ministerial. Artículo 4.- Aplicar el egreso que irrogue la presente Resolución a las partidas correspondientes del pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República NÉSTOR POPOLIZIO BARDALES Ministro de Relaciones Exteriores 1705921-8