Norma Legal Oficial del día 25 de octubre del año 2018 (25/10/2018)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano / Jueves 25 de octubre de 2018

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

41

SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar a los órganos que realizarán las funciones de Unidades Formuladoras del Sector Trabajo y Promoción del Empleo, así como a sus respectivos Responsables, según se detalla a continuación: - Oficina General de Administración del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, y como responsable de dicha unidad al señor Leoncio Abelardo Flores Ulco. - Oficina General de Planeamiento y Presupuesto de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral, y como responsable de dicha unidad al señor Martin Ricardo Perinango Beltrán. Artículo 2.- Designar a los órganos que realizarán las funciones de Unidades Ejecutoras de Inversiones del Sector Trabajo y Promoción del Empleo, según se detalla a continuación: - Oficina General de Administración del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y como Responsable de dicha unidad al señor Carlos Enrique Barranzuela Soldado. - Oficina General de Planeamiento y Presupuesto de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral y como Responsable de dicha unidad al señor Martin Ricardo Perinango Beltrán. - Oficina General de Tecnologías de la Información y Comunicaciones de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral y como Responsable de dicha unidad a la señora Gladys Castro De La Cruz. - Oficina General de Administración de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral y como Responsable de dicha unidad al señor Pedro Miguel Carrillo Raygada. Artículo 3.- La presente resolución será publicada en el Portal Institucional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www.gob.pe/mtpe), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano", siendo Responsable de dicha acción el Jefe de la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones. Artículo 4.- Deróguese la Resolución Ministerial Nº 117-2017-TR, de fecha 21 de junio de 2017, y la Resolución Ministerial Nº 155-2017-TR, de fecha 06 de setiembre de 2017. Regístrese, comuníquese y publíquese. CHRISTIAN SÁNCHEZ REYES Ministro de Trabajo y Promoción Del Empleo 1705916-2

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Autorizan a OIBSA Pro Active S.A.C. como centro de inspección técnica vehicular para operar en local ubicado en el distrito de San Agustín de Cajas, provincia de Huancayo, departamento de Junín
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 4245-2018-MTC/15 Lima, 17 de setiembre de 2018 VISTOS: La solicitud registrada con la Hoja de Ruta Nº E-181575-2018, presentada por la empresa OIBSA PRO ACTIVE S.A.C., así como los demás escritos relacionados con dicha solicitud, y;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC se aprueba el Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, en adelante el Reglamento, el mismo que tiene como objeto regular el Sistema Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29237 - Ley que crea el Sistema Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, cuya finalidad constituye certificar el buen funcionamiento y mantenimiento de los vehículos que circulan por las vías públicas terrestres a nivel nacional; así como, verificar que éstos cumplan con las condiciones y requisitos técnicos establecidos en la normativa nacional, con el propósito de garantizar la seguridad del transporte y el tránsito terrestre y las condiciones ambientales saludables; Que, mediante escrito registrado con Hoja de Ruta Nº E-181575-2018 del 05 de julio de 2018, la empresa OIBSA PRO ACTIVE S.A.C., en adelante la Empresa, solicita autorización para operar un Centro de Inspección Técnica Vehicular­ CITV fijo con una (01) línea de inspección técnica vehicular tipo mixta, en el distrito de San Agustín de Cajas, provincia de Huancayo, departamento de Junín; Que, mediante Oficio Nº 5269-2018-MTC/15.03 del 09 de julio de 2018 y notificado el 11 de julio del mismo año, la Dirección de Circulación y Seguridad Vial comunicó las observaciones advertidas en la solicitud presentada por la Empresa, requiriéndole la subsanación correspondiente, para la cual se le otorgó un plazo de diez (10) días hábiles; Que, mediante escrito registrado con Hoja de Ruta Nº E-200575-2018 del 24 de julio de 2018, la Empresa solicitó ampliación de plazo para subsanar las observaciones formuladas en el Oficio Nº 5269-2018-MTC/15.03, por lo que mediante Oficio Nº 5801-2018-MTC/15.03 se amplió el plazo para subsanar hasta el 09 de agosto de 2018; Que, mediante escritos registrados con Hojas de Ruta Nºs E-211366-2018 y E-222978-2018 del 04 y 15 de agosto de 2018, la Empresa presentó diversa documentación con la finalidad de subsanar las observaciones señaladas en el Oficio Nº 5269-2018-MTC/15.03, precisando la ubicación del local en la Av. Alfonso Ugarte, cuadra 4, distrito de San Agustín de Cajas, provincia de Huancayo, departamento de Junín; Que, mediante Oficio Nº 6293-2018-MTC/15.03 del 21 de agosto de 2018 y notificado el 23 de agosto del mismo año, la Dirección de Circulación y Seguridad Vial comunicó las observaciones detectadas como consecuencia de la presentación de la subsanación, para la cual se le otorgó un plazo de diez (10) días hábiles; Que, mediante escrito registrado con Hoja de Ruta Nº E-238161-2018 del 03 de septiembre de 2018, la Empresa presentó diversa documentación con la finalidad de subsanar las observaciones señaladas en el Oficio Nº 6293-2018-MTC/15.03; Que, estando a lo opinado por la Dirección de Circulación y Seguridad Vial en el Informe Nº 980-2018-MTC/15.03, en el cual se concluye que la Empresa ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el artículo 37º de el Reglamento, y en aplicación de los principios de informalismo, de presunción de veracidad y de privilegio de controles posteriores contenidos en el artículo IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 aprobado por el Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS, procede emitir el acto administrativo correspondiente; De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2017JUS; Ley Nº 29370 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado por D.S. Nº 021-2007-MTC; Ley Nº 27181 - Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, Ley Nº 29237 ­ Ley que crea el Sistema Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, el Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar como Centro de Inspección Técnica Vehicular a la empresa OIBSA PRO ACTIVE

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.