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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2018 (17/09/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 4

4 NORMAS LEGALES Lunes 17 de setiembre de 2018 / El Peruano Sede Lima, O fi cina Registral Callao de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP), en la cual se consigna con la numeración Avenida Agustín Gamarra N° 230, Calle Estados Unidos, y Calle Santos Chocano, distrito del Callao de la Provincia Constitucional del Callao. La inmatriculación se efectúa a favor del Estado, donde consta que es el Ministerio de Educación el titular del Derecho de Uso; Que, el artículo 22 de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, establece que toda obra pública o privada de edi fi cación nueva, remodelación, restauración, ampliación, refacción, acondicionamiento, demolición, puesta en valor o cualquier otra que involucre un bien inmueble integrante del Patrimonio Cultural de la Nación, requiere para su ejecución de la autorización del Ministerio de Cultura; Que, el artículo 4 de la Norma A.140 Bienes Culturales Inmuebles, del Reglamento Nacional de Edi fi caciones, defi ne al Inmueble de valor monumental al que sin haber sido declarado monumento revisten valor arquitectónico o histórico declarado expresamente por el Instituto Nacional de Cultura (hoy Ministerio de Cultura). En dicha norma se detallan determinadas disposiciones que se deberán tener en cuenta al momento de proyectar y ejecutar obras vinculadas a los inmuebles de valor monumental ubicados en Ambientes Urbano Monumentales; Que, en atención a lo dispuesto en el numeral 6.1 del artículo 6 del Texto Único Ordenado de Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2017-JUS, la motivación del acto administrativo debe ser expresa, mediante una relación concreta y directa de los hechos probados relevantes del caso especí fi co, y la exposición de las razones jurídicas y normativas que con referencia directa a los anteriores justifi can el acto adoptado; Que, mediante Informe N° 900299-2018/DGPC/VMPCIC/ MC de fecha 3 de setiembre de 2018, la Dirección General de Patrimonio Cultural elevó al Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales la propuesta de declaración y delimitación del “Colegio Dos de Mayo” localizado en la Av. Agustín Gamarra N° 230, esquina con la calle José Santos Chocano, Jr. Estados Unidos y Rivera del Océano Pací fi co en la Provincia Constitucional del Callao; al haberse constatado la importancia, signi fi cado y valores culturales que ubican al inmueble en mención dentro del ámbito de protección dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política del Perú, así como en el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; abarcando la poligonal detallada en la Lámina N° DBI-01; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y sus modi fi catorias; Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2017-JUS; Decreto Supremo Nº 005-2013-MC que aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; y Decreto Supremo Nº 011-2006-ED que aprobó el Reglamento de la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; SE RESUELVE:Artículo 1.- DECLARAR como Inmueble de Valor Monumental integrante del Patrimonio Cultural de la Nación al “Colegio Dos de Mayo” localizado en la Av. Agustín Gamarra N° 230, esquina con la calle José Santos Chocano, Jr. Estados Unidos y Rivera del Océano Pací fi co en la Provincia Constitucional del Callao; en base a los fundamentos vertidos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- ESTABLECER que cualquier intervención al bien cultural inmueble declarado en el artículo precedente, deberá contar con autorización del Ministerio de Cultura, conforme lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, sin perjuicio de las competencias propias de cada sector involucrado, bajo responsabilidad administrativa, civil y/o penal a que hubiere lugar. Artículo 3.- NOTIFICAR la presente Resolución al Ministerio de Educación, a la Dirección Regional de Educación del Callao, al Gobierno Regional del Callao, a la Municipalidad Provincial del Callao, a los señores Gerardo Granados Cerna y Rigoberto Rodríguez Mac Lean, a la Dirección de la Institución Educativa “Dos de Mayo” y a la Dirección Desconcentrada de Cultura del Callao. Artículo 4.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano y la difusión de la propuesta técnica que motiva la declaratoria y la presente Resolución en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS FELIPE VILLACORTA OSTOLAZA Viceministro de Patrimonio Cultural eIndustrias Culturales 1691663-1 EDUCACION Designan Directora General de la Dirección General de Servicios Educativos Especializados, dependiente del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 508-2018-MINEDU Lima, 14 de septiembre de 2018CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial Nº 547-2017-MINEDU, se designó a la Directora General de la Dirección General de Servicios Educativos Especializados, dependiente del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación; Que, la citada funcionaria ha presentado su renuncia al cargo que venía desempeñando, por lo que resulta necesario aceptar la referida renuncia y designar a la funcionaria que ejercerá el cargo de Directora General de la Dirección General de Servicios Educativos Especializados; Con el visado del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica, de la Secretaría General y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo previsto en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modi fi cado por la Ley Nº 26510; en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en el Reglamento de la Carrera Administrativa aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; y, en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por la señora AURORA AMPARO MUGURUZA MINAYA DE GUARDIA al cargo de Directora General de la Dirección General de Servicios Educativos Especializados, dependiente del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar a la señora PAULA MAGUIÑA UGARTE, en el cargo de Directora General de la Dirección General de Servicios Educativos Especializados, dependiente del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación. Regístrese, comuníquese y publíquese.DANIEL ALFARO PAREDES Ministro de Educación 1692079-1