Norma Legal Oficial del día 27 de septiembre del año 2018 (27/09/2018)


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NORMAS LEGALES

Jueves 27 de setiembre de 2018 /

El Peruano

Impuesto corresponde a la Municipalidad Distrital donde se encuentre ubicado el predio", ello, en concordancia con el artículo 14º que dispone: "Los contribuyentes están obligados a presentar declaraciones juradas"; Que, el artículo 62º del Decreto Supremo Nº 133-2013EF, que Aprueba el Texto Único Ordenado del Código Tributario, establece: "La facultad de fiscalización de la Administración Tributaria se ejerce en forma discrecional, de acuerdo a lo establecido en el último párrafo de la Norma IV del Título Preliminar. El ejercicio de la función fiscalizadora incluye la inspección, investigación y el control del cumplimiento de obligaciones tributarias, incluso de aquellos sujetos que gocen de inafectación, exoneración o beneficios tributarios (...)"; Que, mediante Ordenanza Nº 542/MC, publicada en el Diario Oficial El Peruano, el 24 de mayo de 2,018, se Establece el Régimen de Incentivos a Personas Naturales y/o Jurídicas que formalicen su propiedad mediante Proceso de Rectificación de Declaración Jurada del Impuesto Predial con Información Catastral y/o Fiscalizada que posee la Municipalidad distrital de Comas; Que, el Título III, Capítulo II, Sub Capítulo II de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece la Capacidad Sancionadora de las Entidades Municipales; la misma que implica la tipificación de las conductas constitutivas de Infracción, la Fiscalización, la Instauración del Proceso Administrativo Sancionador y la Aplicación de Multas Administrativas y de Medidas Correctivas, ante el incumplimiento de las Disposiciones Municipales, sin perjuicio de promover las acciones judiciales sobre las responsabilidades civiles y penales a que hubiere lugar; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 515/MC, publicada en el Diario Oficial El Peruano, el 30 de setiembre de 2,017 y su anexo publicado el 21 de octubre de 2,017, se aprueba Reglamento de Aplicación de Sanciones y modifica el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de Comas; Que, con Ordenanza Municipal Nº 534/MC, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 18 de febrero de 2,018 y su anexo publicado el 15 de marzo de 2,018, se aprueba el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS) de la Municipalidad Distrital de Comas; Que, a través del Informe Nº 100-2018-GSCS/MC, de fecha 02 de julio de 2,018, la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Sanciones señala que los beneficios establecidos en el artículo 7º de la Ordenanza Municipal Nº 542/MC, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 24 de mayo de 2,018, se contrapone al plazo para el pago de la multa administrativa con incentivos establecidos en el artículo 47º de la Ordenanza Municipal Nº 515/ MC, publicada el 30 de setiembre de 2,017 y su anexo el 21 de octubre de 2,017; asimismo, advierte que en la Ordenanza Municipal Nº 542/MC, no se establecieron los Códigos y/o Líneas de Acción aplicables para los referidos beneficios, tampoco se citó el rubro del Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS) aprobado por Ordenanza Municipal Nº 534/MC; por lo que, recomienda precisar los casos en que la Sub Gerencia de Control Municipal, en calidad de autoridad instructiva, inicie de oficio y/o instaure Procedimiento Administrativo Sancionador a los responsables por la infracción tipificada con el Código de Infracción 08-0101 "Por ejecutar o haber ejecutado obras de edificación en general (construcción, ampliación, cercado, demolición, etc.), sin contar con la Licencia de edificación correspondiente", no gozarán de los beneficios de la Ordenanza Municipal Nº 542/MC; de igual forma, recomienda modificar el artículo 47º de la Ordenanza Municipal Nº 515/MC, en los siguientes términos: "Los incentivos establecidos en el presente artículo, no aplica para el Código de Infracción Nº 08-0101 del Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS) aprobado por la Ordenanza Municipal Nº 534/MC"; Que, con Informe Nº 137-2018-GR/MC, de fecha 24 de agosto de 2,018, la Gerencia de Rentas, señala que la facultad de fiscalización de la Administración Tributaria se ejerce en forma discrecional conforme al Código Tributario. En ese sentido, los alcances de los beneficios de la Ordenanza Municipal Nº 542/MC, solo serán aplicables a las personas naturales y/o jurídicas que, voluntariamente regularicen a través de la Oficina de Catastro de la

Municipalidad, no obstante, los administrados fiscalizados de oficio y/o la Sub Gerencia de Fiscalización, instaure Procedimiento de Fiscalización Tributaria no gozaran de los beneficios de la Ordenanza Municipal Nº 542/MC; por lo que, recomienda precisar los alcances de la Ordenanza citada; Que, según el Informe Nº 340-2018-GAJ/MC, de fecha 27 de agosto de 2,018, la Gerencia de Asuntos Jurídicos emite la Opinión Legal favorable correspondiente respecto a la propuesta de Ordenanza deja sin efecto la Ordenanza Nº 542/MC, que establece el Régimen de Incentivos a Personas Naturales y/o Jurídicas que formalicen su propiedad mediante Proceso de Rectificación de Declaración Jurada del Impuesto Predial con Información Catastral y/o Fiscalizada que posee la Municipalidad Distrital de Comas y la modificación del artículo 47º de la Ordenanza Municipal Nº 515/MC, publicada en el Diario Oficial El Peruano, el 30 de setiembre de 2,017 y su anexo publicado el 21 de octubre de 2,017, que aprueba el Reglamento de Aplicación de Sanciones; Estando a los fundamentos expuestos y, en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; con el voto por UNANIMIDAD de los señores Regidores asistentes a la Sesión de Concejo de la fecha, y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de Acta, se aprobó la siguiente norma. ORDENANZA QUE DEJA SIN EFECTO LA ORDENANZA Nº 542/MC, QUE ESTABLECE EL RÉGIMEN DE INCENTIVOS A PERSONAS NATURALES Y/O JURÍDICAS QUE FORMALICEN SU PROPIEDAD MEDIANTE PROCESO DE RECTIFICACIÓN DE DECLARACIÓN JURADA DEL IMPUESTO PREDIAL CON INFORMACIÓN CATASTRAL Y/O FISCALIZADA QUE POSEE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS Y LA MODIFICACIÓN DEL ARTÍCULO 47º DE LA ORDENANZA MUNICIPAL Nº 515/MC, PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL EL PERUANO, EL 30 DE SETIEMBRE DE 2,017 Y SU ANEXO PUBLICADO EL 21 DE OCTUBRE DE 2,017, QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE APLICACIÓN DE SANCIONES Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la Ordenanza Nº 542/MC, que Establece el Régimen de Incentivos a Personas Naturales y/o Jurídicas que formalicen su propiedad mediante Proceso de Rectificación de Declaración Jurada del Impuesto Predial con Información Catastral y/o Fiscalizada que posee la Municipalidad distrital de Comas. Artículo Segundo.- MODIFICAR el artículo 47º de la Ordenanza Municipal Nº 515/MC, en los siguientes términos: "Artículo 47º.- PLAZO PARA EL PAGO DE LA MULTA ADMINISTRATIVA CON INCENTIVOS (...) Que los incentivos no aplica para el Código de Infracción Nº 08-0101 del Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS) durante la vigencia de la presente Ordenanza". Artículo Tercero.- DEJAR SIN EFECTO cualquier disposición municipal que se oponga a la presente Ordenanza Municipal. Artículo Cuarto.- DISPONER que Secretaría General se encargue de la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano; y, la Gerencia de Informática, Estadística y Gobierno Electrónico, en la página web de la Municipalidad: www.municomas.gob.pe. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Seguridad Ciudadana y Sanciones, Sub Gerencia de Control Municipal y demás Unidades Orgánicas que correspondan el cumplimiento de la presente Ordenanza. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. MIGUEL ÁNGEL SALDAÑA REÁTEGUI Alcalde 1695465-1

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