Norma Legal Oficial del día 27 de septiembre del año 2018 (27/09/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

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NORMAS LEGALES

Jueves 27 de setiembre de 2018 /

El Peruano

El Concejo Municipal del Distrito de Comas en Sesión Ordinaria de la fecha; VISTO: El Dictamen 020-2018-CEAFPP/MC de la Comisión Permanente de Regidores de la Comisión de Economía, Administración, Finanzas, Planificación y Presupuesto de la Municipalidad Distrital de Comas de fecha 17 de agosto del 2018, referido al Proyecto de suspensión temporal por 30 días calendario de aplicación de los procedimientos, requisitos, y derechos de trámite contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos ­ TUPA aprobado mediante Ordenanza Nº 544/MC y ratificado mediante Acuerdo de Concejo Nº 325 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, y; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 194º de la Constitución Política del Perú en concordancia con el artículo II del Título preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades -Ley Nº 27972­ los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia con sujeción al ordenamiento jurídico, correspondiéndole al Concejo Municipal la función normativa que se ejerce a través de ordenanzas, de acuerdo al artículo 200º numeral 4 de la Constitución Política del Perú; Que, el numeral 39.1 del TUO de la Ley de Procedimiento Administrativo General, señala que los procedimientos, requisitos y costos administrativos se establecen exclusivamente, en el caso de gobiernos locales, mediante Ordenanza Municipal, los mismos que deben ser compendiados y sistematizados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos ­ TUPA; Que, con Ordenanza Nº 442/MC, de fecha 03 de setiembre del 2015 se aprobaron los procedimientos, servicios prestados en exclusividad, requisitos y derechos de trámite contenidos en el TUPA de la Municipalidad Distrital de Comas, siendo ratificada mediante Acuerdo de Concejo Nº 221 de la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, debido a los constantes cambios normativos dados posterior a dicha ratificación, se actualizó el nuevo TUPA que comprende ciento noventa y ocho (198) derechos de trámite relacionado a ciento ochenta y ocho (188) procedimientos administrativos, siendo aprobado mediante Ordenanza Nº 544/MC, y ratificado con Acuerdo de Concejo Nº 325 de la Municipalidad Metropolitana de Lima con fecha 02.08.18, siendo condicionada al cumplimiento de la publicación del texto de la referida ordenanza en el Diario Oficial El Peruano; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 064-2018-PCM publicado el 23.06.18, se modifica la Única Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Supremo Nº 002-2018-PCM, que aprueba el Nuevo Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones, estableciendo que la adecuación de los trámites de ITSE, ECSE y VISE es hasta el 31 de octubre del 2018; Que, en el marco de la referida norma, la Subgerencia de Gestión de Riesgos de Desastre y Defensa Civil, mediante Informe Nº 239-2018-SGGRDDC-GDE/MC, solicita la suspensión temporal de la aplicación de los nuevos procedimientos administrativos, requisitos y derechos de trámite correspondiente a los trámites que se encuentren en el marco del Decreto Supremo Nº 002-2018-PCM, señalando además que en dicho plazo de adecuación, el ente correspondiente puede aprobar el TUPA Modelo de Licencias de Funcionamiento o, posibles cambios o ajustes en los procedimientos administrativos, formatos, u otros contenidos en el Manual de Ejecución de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones aprobados con Resolución Jefatural Nº 016-2018-CENEPRED/J, con lo cual afectaría la estructura de costos, y por ende; los derechos de trámite ratificados; Que, con Informe Nº 051-2018-SGGP-GPPR/MC, la Subgerencia de Gestión de Procesos, señala que la suspensión de la aplicación de los procedimientos administrativos, requisitos y derechos de trámite es viable técnicamente por los motivos expuestos por la

Subgerencia de Gestión de Riesgos de Desastre y Defensa Civil, precisando que esta suspensión sea de manera temporal por treinta (30) días calendario; Que, con Informe Nº 321-2018-GAJ/MC, la Gerencia de Asuntos Jurídicos, opina que resulta procedente la suspensión temporal de los procedimientos administrativos, requisitos y derechos de trámite que se encuentren en el marco del Decreto Supremo Nº 0022018-PCM; Que, estando a lo expuesto, y de conformidad a lo establecido en el numeral 8) del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con dispensa del trámite de lectura y aprobación de acta, el Concejo Municipal aprobó por UNANIMIDAD la siguiente: ORDENANZA QUE SUSPENDE TEMPORALMENTE LA APLICACIÓN DE LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS, REQUISITOS Y DERECHOS DE TRÁMITE QUE SE ENCUENTREN EN EL MARCO DEL DECRETO SUPREMO Nº 002-2018-PCM POR TREINTA (30) DÍAS CALENDARIO Artículo Primero.­ Suspensión temporal de los procedimientos administrativos, requisitos y derechos de trámite que se encuentren en el marco del Decreto Supremo Nº 002-2018-PCM Suspéndase temporalmente por treinta (30) días calendario, la aplicación de los siguientes procedimientos administrativos, requisitos y derechos de trámite:
Nº DENOMINACIÓN DERECHO DE TRÁMITE (S/) 215.70

LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO PARA ESTABLECIMIENTOS CALIFICADOS CON 4.1.1.1 NIVEL DE RIESGO BAJO - (Con ITSE posterior, la cual forma parte del procedimiento) LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO PARA ESTABLECIMIENTOS CALIFICADOS CON 4.1.1.2 NIVEL DE RIESGO MEDIO - (Con ITSE posterior, la cual forma parte del procedimiento) LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO PARA ESTABLECIMIENTOS CALIFICADOS CON 4.1.1.3 NIVEL DE RIESGO ALTO, (Con ITSE previa, la cual forma parte del procedimiento) LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO PARA ESTABLECIMIENTOS CALIFICADOS CON 4.1.1.4 NIVEL DE RIESGO MUY ALTO, (Con ITSE previa, la cual forma parte del procedimiento) LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO COORPORATIVA PARA MERCADOS DE ABASTO, GALERIAS COMERCIALES Y 4.1.1.5 CENTROS COMERCIALES (Calificado con riesgo del nivel muy alto) (Con ITSE previa, la cual forma parte del procedimiento) 4.1.1.6 LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO PARA CESIONARIOS CALIFICADOS CON NIVEL DE RIESGO BAJO, (Con ITSE posterior, la cual forma parte del procedimiento) LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO PARA CESIONARIOS CALIFICADOS CON NIVEL DE RIESGO MEDIO, (Con ITSE posterior, la cual forma parte del procedimiento) LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO PARA CESIONARIOS CALIFICADOS CON NIVEL DE RIESGO ALTO, (Con ITSE previa, la cual forma parte del procedimiento) LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO PARA CESIONARIOS CALIFICADOS CON NIVEL DE RIESGO MUY ALTO, (Con ITSE previa, la cual forma parte del procedimiento)

241.00

389.20

732.20

737.40

212.40

4.1.1.7

225.60

4.1.1.8

374.60

4.1.1.9

690.30

INSPECCIÓN TÉCNICA DE SEGURIDAD EN EDIFICACIONES POSTERIOR AL OTORGAMIENTO DE LA LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO Y AL INICIO DE 4.2.1.1 ACTIVIDADES PARA LOS ESTABLECIMIENTOS OBJETO DE INSPECCIÓN DE RIESGO BAJO QUE NO REQUIEREN LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO

142.70

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