Norma Legal Oficial del día 14 de abril del año 2019 (14/04/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

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NORMAS LEGALES

Domingo 14 de abril de 2019 /

El Peruano

(d) Porcentaje máximo de cofinanciación El porcentaje de cofinanciación máximo posible para la presente subvención es el 90% de los costos subvencionables de la acción. El porcentaje de cofinanciación máximo posible puede ser hasta el 100% de conformidad con el Articulo 192 del Reglamento (EU, Euratom) No 966/2012 si la financiación total es indispensable para la realización de la acción. El carácter esencial de la financiación total será justificado por la Comisión en la decisión de adjudicación respetando los principios de igualdad de trato y buena gestión financiera. (e) Trimestre indicativo para implementación de las acciones Segundo semestre del 2017. el inicio de la

Segundo trimestre del 2017. Todos los contratos de subvención serán definidos y especificados en Términos de Referencia previamente acordados con las autoridades nacionales. 2.1.3 Contratación de servicios (gestión directa ejecutada por la Comisión como Autoridad de Contratación)
Ámbito en términos genéricos, si es posible Asistencia técnica, estudios y desarrollo institucional Seminarios y comunicación Tipo (obras, suministros, servicios) Servicios Trimestre indicativo de puesta en marcha del procedimiento T IV / 2015 - T I / 2019

2.1.2. Subvenciones: adjudicación directa (gestión directa ejecutada por la Comisión como Autoridad de Contratación) a IDEA Internacional (a) Objetivos de la subvención, ámbitos de intervención, prioridades para el ejercicio y resultados esperados El objetivo de subvención es apoyar la implementación de las recomendaciones de la Misión de Observación Electoral de la UE (MOE-UE). La acción proveerá análisis, estudios comparativos, intercambios de buenas prácticas y experiencias comparadas, elaborará insumos técnicos y propuestas y ofrecerá asistencia técnica especializada para atender los requerimientos del Congreso y de los organismos electorales para impulsar la reforma electoral de manera multipartidista y en el marco de una metodología que ofrece espacios de concertación y de formación sobre derechos políticos y civiles. (b) Justificación de una subvención directa La adjudicación puede ser concedida sin una convocatoria de propuestas a IDEA Internacional, bajo la responsabilidad de la Autoridad de Contratación. La adjudicación es justificada por las características específicas de la acción que requieren de un beneficiario que cuente con las competencias técnicas, especialización y aceptación política de las partes involucradas. IDEA Internacional se ha perfilado como el único interlocutor aceptado por todos los partidos políticos, los órganos electorales y la sociedad civil. (c) Criterios principales de selección y adjudicación Los principales criterios de selección son la pertinencia de la acción propuesta con respecto a recomendaciones de la MOE-UE y la capacidad financiera, técnica y operativa del solicitante. IDEA Internacional ha acompañado con expertise a la MOE-UE en todas sus etapas, es la única organización que cuenta con el respaldo y confianza de las instancias parlamentarias y electorales y de las Comisiones interesadas del Congreso. IDEA, respondiendo a una solicitud de la Comisión de Constitución del Congreso, está actualmente coordinando un equipo de especialistas multidisciplinarios que acompaña el trabajo de la Comisión de Constitución del Congreso. (d) Porcentaje máximo de cofinanciación El porcentaje de cofinanciación máximo posible para la presente subvención es el 90% de los costos subvencionables de la acción. El porcentaje de cofinanciación máximo posible puede ser hasta el 100% de conformidad con el Articulo 192 del Reglamento (EU, Euratom) No 966/2012 si la financiación total es indispensable para la realización de la acción. El carácter esencial de la financiación total será justificado por la Comisión en la decisión de adjudicación respetando los principios de igualdad de trato y buena gestión financiera. (e) Trimestre indicativo para implementación de las acciones el inicio de la

Servicios

T I / 2016 - T I / 2019

2.2. Ámbito de aplicación de la admisibilidad geográfica en el caso de la contratación pública y subvenciones La admisibilidad geográfica se aplicará en términos de lugar de establecimiento para participar a los procedimientos de contratación pública y de concesión de subvenciones y en términos de origen de los suministros adquiridos según lo establecido en acto de base. La Comisión podrá ampliar la admisibilidad geográfica de conformidad con el Articulo 9(2) (b) del Reglamento (EU) No 236/2014 en función de la urgencia o de falta de disponibilidad de productos y servicios en los mercados de los países en cuestión, u otros casos comprobados donde las normas de admisibilidad imposibiliten la ejecución de esta acción o la hagan excesivamente difícil. 2.3. Presupuesto indicativo
Módulo Subvención directa sobre (gestión directa por la Comisión como Autoridad de Contratación) Reformas del Estado: OCDE: 900 000 IDEA: 800 000 Contratación pública (gestión directa por la Comisión como Autoridad de Contratación) Contrato de servicios para Asistencia Técnica, estudios, desarrollo institucional, seminarios y comunicación Evaluación; y Auditoría Imprevistos Total Importe en EUR 1 700 000

1 860 000

200 000 200 000 3 960 000

2.4. Organización y responsabilidades La Comisión será responsable de la ejecución de esta acción. La Delegación de la UE en el Perú concluirá los contratos para ejecutar las actividades previstas en estrecha coordinación con el país socio. 2.5. Evaluación Considerando la naturaleza de la acción, no se prevé llevar a cabo evaluaciones de esta acción. Sin embargo, la Comisión podrá, durante la ejecución, decidir realizar evaluaciones por razones debidamente justificadas, ya sea de su propia decisión o por iniciativa del Beneficiario, en particular con fines de aprendizaje con respecto a los componentes (contratos) de esta acción relacionados con la asistencia técnica. A título indicativo, un contrato de servicios de evaluación podría firmarse en virtud de un contrato marco. La Comisión informará al Beneficiario como mínimo un mes de antelación antes de las fechas previstas para las misiones externas. El Beneficiario se comprometerá a colaborar de forma efectiva y eficiente con los expertos en supervisión y/o evaluación y, entre otras cosas, a suministrarles toda la información y documentación que sea necesaria, así como a favorecer su acceso a las instalaciones y a las actividades del proyecto.

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