Norma Legal Oficial del día 14 de abril del año 2019 (14/04/2019)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 52

52

NORMAS LEGALES

Domingo 14 de abril de 2019 /

El Peruano

Tesorería, Tecnologías de la Información y al Órgano de Control Institucional. Regístrese, publíquese y comuníquese. ERNESTO BLUME FORTINI Presidente 1760215-1

GOBIERNOS REGIONALES

GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA
Delegan facultad de emitir Resoluciones de aprobación de Modificaciones Presupuestarias en el Nivel Funcional Programático y demás acciones administrativas durante el Ejercicio Presupuestal 2019
RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 076-2019/GOB.REG-HVCA/GR Huancavelica, 21 de enero de 2019 VISTO: El Informe Nº 004-2019/GOB.REG.HVCA/ GRPPyAT con Reg. Doc. Nº 1033855 y Reg. Exp. Nº 788117; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Artículo 191º de la Constitución Política del Estado, modificado por Ley Nº 27680 ­ Ley de Reforma Constitucional, del Capítulo XIV, del Título IV, sobre Descentralización, concordante con el Artículo 31º de la Ley Nº 27783 ­ Ley de Bases de la Descentralización, el Artículo 2º de la Ley Nº 27867 ­ Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y el Artículo Único de la Ley Nº 30305, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, constituyendo para su administración económica y financiera, un Pliego Presupuestal; Que, mediante Ley Nº 30879 se aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019 y con la Resolución Ejecutiva Regional Nº 401-2018/ GOB.REG.HVCA/PR de fecha 28 de diciembre del 2018, se promulga el Presupuesto Institucional de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2019 del Pliego 447 Gobierno Regional del Departamento de Huancavelica; Que, de conformidad con el Artículo 7º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411 ­ Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, el Titular de la Entidad es la más alta Autoridad Ejecutiva, en materia Presupuestal es responsable de manera solidaria con el Consejo Regional u Organismo Colegiado de la Entidad, según sea el caso; puede delegar sus funciones en materia presupuestal cuando lo establezca expresamente la Ley General, las Leyes de Presupuesto del Sector Público, siendo responsable solidario con el delegado; Que, el numeral 40.1 del Artículo 40º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, establece que son modificaciones presupuestarias en el nivel Funcional Programático que se efectúan dentro del marco del Presupuesto Institucional vigente de cada Pliego, las habilitaciones y las anulaciones que varíen los créditos presupuestarios aprobados por el Presupuesto Institucional para las actividades y proyectos, y que tienen implicancia en la estructura funcional programática compuesta por las categorías presupuestarias que permiten visualizar los propósitos a lograr durante el

año fiscal; por su parte, el numeral 40.2 del Artículo 40º de la misma norma, establece que las modificaciones presupuestarias en el nivel Funcional Programático son aprobadas mediante Resolución del Titular, a propuesta de la Oficina de Presupuesto o de la que haga sus veces en la Entidad. El Titular puede delegar dicha facultad de aprobación, a través de disposición expresa, la misma que debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, bajo este contexto normativo, para que el proceso presupuestario en el año 2019 adquiera un carácter expeditivo bajo los criterios de descentralización operativa y de centralización normativa, resulta necesario delegar a favor de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial la facultad de emitir resoluciones de Modificaciones Presupuestarias en el Nivel Funcional Programático y demás acciones administrativas inherentes a la gestión presupuestaria; en tal sentido, se expide el presente acto resolutivo; Estando a lo informado; y, Con visación de la Gerencia General Regional, Oficina Regional de Asesoría Jurídica y la Secretaría General; En uso de las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Perú, Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralización, Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, modificado por la Ley Nº 27902 y la Ley Nº 30305; SE RESUELVE: Artículo 1º.- DELEGAR en el presente Ejercicio Presupuestal 2019, a favor de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Huancavelica, la facultad de emitir Resoluciones de aprobación de Modificaciones Presupuestarias en el Nivel Funcional Programático y demás acciones administrativas inherentes a la Gestión Presupuestaria. Artículo 2º.- La Resolución que expedirá la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, se denominará Resolución Gerencial Regional. Artículo 3º.- Las acciones delegadas deben ejecutarse con estricta sujeción a las normas legales vigentes sobre la materia, debiendo dar cuenta al Despacho de la Gobernación Regional de dichos actos, bajo responsabilidad. Artículo 4º.- COMUNICAR el presente Acto Administrativo a los órganos competentes del Gobierno Regional de Huancavelica, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y archívese. MACISTE ALEJANDRO DÍAZ ABAD Gobernador Regional 1760378-1

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
Ordenanza que modifica el Plano de Zonificación del distrito de San Isidro aprobado con la Ordenanza Nº 950
ORDENANZA Nº 2157 Lima, 11 de abril de 2019 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA; POR CUANTO: El Concejo Metropolitano de Lima, en Sesión Ordinaria de la fecha;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.