Norma Legal Oficial del día 14 de abril del año 2019 (14/04/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano / Domingo 14 de abril de 2019

NORMAS LEGALES
VISTO:

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Consejo Consultivo, integrado por un Juez Supremo Consejero, quien lo presidirá, un Juez Superior, un Juez Especializado o Mixto y un Juez de Paz Letrado, designados por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. Tercero. Que, al respecto, la señora Consejera Responsable del Consejo Consultivo del Centro de Investigaciones Judiciales remite propuesta de designación de los doctores Carlos Alberto Calderón Puertas, Juez Superior titular de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte, Jenny Euvina López Freitas, Jueza Especializada de Familia titular de San Juan de Lurigancho, Distrito Judicial de Lima Este; y Jimmy Javier Ronquillo Pascual, Juez de Paz Letrado titular de Breña, Distrito Judicial de Lima, para que integren la nueva conformación del referido órgano consultivo, de conformidad con lo dispuesto en la precitada normatividad. Cuarto. Que, evaluada la propuesta presentada, procede su aprobación, para dar continuidad a las labores de la mencionada dependencia. En consecuencia; en mérito al Acuerdo N° 382-2019 de la décimo segunda sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Lecaros Cornejo, Lama More, Alegre Valdivia y Deur Morán, sin la intervención de la señora Consejera Tello Gilardi y el señor Consejero Ruidías Farfán, por encontrarse de licencia y vacaciones, respectivamente; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Designar a los siguientes jueces, en adición a sus funciones jurisdiccionales, como integrantes del Consejo Consultivo del Centro de Investigaciones Judiciales del Poder Judicial, el cual tiene como Consejera Responsable a la señora doctora Janet Tello Gilardi, Jueza titular de la Corte Suprema de Justicia de la República e integrante del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial: - Carlos Alberto Calderón Puertas, Juez Superior titular de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte. - Jenny Euvina López Freitas, Jueza Especializada de Familia titular de San Juan de Lurigancho, Distrito Judicial de Lima Este. - Jimmy Javier Ronquillo Pascual, Juez de Paz Letrado titular de Breña, Distrito Judicial de Lima. Artículo Segundo.- Dejar sin efecto a Resolución Administrativa N° 051-2016-CE-PJ, de fecha 17 de febrero de 2016, expedida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencia de las Cortes Superiores de Justicia de Lima y Lima Este, jueces designados; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JOSÉ LUIS LECAROS CORNEJO Presidente 1760499-7

El Oficio N° 113-2019-P-UETICPP/PJ, cursado por el señor Consejero Responsable de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal. CONSIDERANDO: Primero. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Puno remite propuesta de creación del Juzgado Penal Colegiado Conformado Supraprovincial B, a partir de los Juzgados Penales Unipersonales de la Provincia de San Román - Juliaca, aprobada por el Pleno del Consejo Ejecutivo Distrital de la referida Corte Superior; y asimismo, solicita la conversión del 4° Juzgado de Investigación Preparatoria Permanente en 4° Juzgado Penal Unipersonal Permanente, para apoyo en los procesos de juzgamiento. Segundo. Que, la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal mediante Informes Nros. 008 y 039-2019-MYE-ST-UETI-CPP/PJ, concluye en dar viabilidad para el funcionamiento del Juzgado Penal Colegiado Conformado Supraprovincial de Juliaca, Provincia de San Román, por el periodo de 6 meses, el cual estará integrado por el 1°, 2° y 3° Juzgados Penal Unipersonal de Juliaca, Provincia de San Román, Corte Superior de Justicia de Puno, con la misma competencia territorial que el Juzgado Penal Colegiado Permanente de Juliaca; entre otras medidas administrativas. Tercero. Que, por lo expuesto en los referidos informes, emitidos por el Componente de Monitoreo y Evaluación de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal; y considerando que este Poder del Estado tiene como política institucional adoptar medidas para mejorar el servicio de administración de justicia, es necesario dictar las disposiciones que permitan coadyuvar al logro de dicho objetivo, con arreglo a las necesidades del servicio y a los limitados recursos existentes para dicho propósito. Cuarto. Que el artículo 82°, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 4202019 de la décima tercera sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Lecaros Cornejo, Tello Gilardi, Lama More, Ruidías Farfán, Alegre Valdivia y Deur Morán; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Establecer, a partir del 15 de abril de 2019, el funcionamiento del Juzgado Penal Colegiado Conformado Supraprovincial de Juliaca, Provincia de San Román, Distrito Judicial de Puno, por el periodo de seis meses, que estará integrado por el 1°, 2° y 3° Juzgados Penal Unipersonal Permanente de Juliaca, Provincia de San Román, de la referida Corte Superior; con la misma competencia territorial que el Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial Permanente de Juliaca. Artículo Segundo.- Disponer, a partir del 15 de abril de 2019, las siguientes medidas administrativas: a) Los procesos en los que los jueces del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial Permanente de Juliaca sean recusados, falten, se inhiban, entre otros, serán vistos por el Juzgado Penal Colegiado Conformado Supraprovincial de Juliaca. b) Redistribuir los procesos sin reo en cárcel del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial Permanente de Juliaca al Juzgado Penal Colegiado Conformado Supraprovincial de Juliaca; evitando el quiebre de los juicios orales. Artículo Tercero.- Ampliar, a partir del 15 de abril de 2019, la competencia funcional del 5° Juzgado de

Establecen funcionamiento del Juzgado Penal Colegiado Conformado Supraprovincial de Juliaca, Provincia de San Román, Distrito Judicial de Puno y dictan diversas disposiciones
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 139-2019-CE-PJ Lima, 3 de abril de 2019

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