Norma Legal Oficial del día 03 de agosto del año 2019 (03/08/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES
VISTO:

Sábado 3 de agosto de 2019 /

El Peruano

Que, teniendo en consideración que dicha participación irrogará gasto al Estado (por concepto de pasajes aéreos y viáticos), estos serán asumidos con cargo al Pliego Presupuestal 160: Servicio Nacional de Sanidad Agraria SENASA, según lo señalado en la certificación de crédito presupuestario correspondiente; Que, en ese sentido, resulta necesario autorizar el viaje en comisión de servicios del citado servidor, a fin de participar en el referido evento, por lo que corresponde emitir el presente acto resolutivo; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con la finalidad de garantizar la participación oportuna del citado profesional en el referido evento, resulta necesario autorizar el viaje del 4 al 5 de agosto de 2019; Con la visación de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, modificado por la Ley Nº 30048; y, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI y sus modificatorias; el Decreto Legislativo Nº 1059, que aprueba la Ley General de Sanidad Agraria; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificada por Ley Nº 28807; y, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del señor Pedro Jesús Molina Salcedo, Jefe del SENASA, a la ciudad de Quito, República del Ecuador, del 4 al 5 de agosto de 2019, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial, serán cubiertos con cargo al Pliego Presupuestal 160: Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, de acuerdo al siguiente detalle:
Viáticos Pasajes Nombres y Apellidos US$ 370 x aéreos 1 + 1 días US$ Pedro Jesús Molina Salcedo 740,00 Total Global US$

El INFORME-0066-2019-MINAGRI-SENASA-OADUGRH-EHUAMAN, de fecha 2 de julio de 2019, de la Unidad de Gestión de Recursos Humanos, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, en adelante "la Ley", tiene como objetivo promover una cultura de prevención de riesgos laborales en el país, para ello cuenta con el deber de prevención de los empleadores, el rol de fiscalización y control del Estado y la participación de los trabajadores y sus organizaciones sindicales, quienes a través del diálogo social, velan por la promoción, difusión y cumplimiento de la normativa sobre la materia; Que, el artículo 22 de la Ley establece que el empleador, en consulta con los trabajadores y sus representantes, expone por escrito la política en materia de seguridad y salud en el trabajo; Que, el artículo 24 de la Ley señala que la participación de los trabajadores es un elemento esencial del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo de la organización; Que, actualmente, las organizaciones reconocen la importancia de implementar e interiorizar en sus trabajadores una cultura de seguridad y salud en el trabajo enfocada a la mejora continua, en la que todos los miembros de la entidad son elementos necesarios para que funcione como un sistema; Que, conscientes de la importancia de la prevención en seguridad y salud en el trabajo para conseguir la satisfacción de los usuarios y fortalecer el prestigio institucional como organización que se esfuerza en brindar sus sevicios con valor agregado, es necesario aprobar las Políticas de Seguridad y Salud en el Trabajo del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1059, Ley General de Sanidad Agraria; el Reglamento de Organización y Funciones del Servicio Nacional de Sanidad Agraria, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2005-AG; la Ley N° 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo; el Reglamento de la Ley Nº 29783, aprobado por Decreto Supremo N° 0052012-TR y la Resolución Ministerial N° 148-2012-TR; y con el visto bueno de los Directores Generales de la Oficina de Administración, de la Oficina de Planificación y Desarrollo Institucional y de la Oficina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1.- Apruébese la Política de Seguridad y Salud en el Trabajo del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, que en anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Dispóngase que la Oficina de Administración, a través de la Unidad de Gestión de Recursos Humanos, ponga de conocimiento de todas las servidoras y servidores, prestadores de servicios, bajo cualquier modalidad laboral o contractual, la presente resolución. Artículo 3.- Notifíquese con un ejemplar de la presente resolución a los miembros que conforman el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo del SENASA para el periodo 2019 - 2021, para los fines correspondientes. Artículo 4.- Dispóngase la publicación de la presente resolución en el Portal Institucional del SENASA (www. senasa.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO J. MOLINA SALCEDO Jefe Servicio Nacional de Sanidad Agraria 1793618-1

1 052,20 1 792,20

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la culminación del viaje, el comisionado, citado en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, deberá presentar ante el Titular del Sector, un informe dando cuenta de las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no otorgará derecho a exoneración o liberación de impuestos o de derechos de aduana de cualquier clase o denominación. Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Agricultura y Riego (www.gob.pe/minagri), en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. FABIOLA MARTHA MUÑOZ DODERO Ministra de Agricultura y Riego 1794108-1

Aprueban la Política de Seguridad y Salud en el Trabajo del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 0098-2019-MINAGRI-SENASA 23 de julio de 2019

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