Norma Legal Oficial del día 03 de agosto del año 2019 (03/08/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano / Sábado 3 de agosto de 2019

NORMAS LEGALES

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Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de prever la participación del personal comisionado durante la totalidad de la actividad programada, es necesario autorizar su salida del país con un (1) día de anticipación; así como, su retorno un (1) día después del evento, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modificatoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del personal naval que se indica a continuación, para que participen en el XVII Juego de Guerra Multilateral, a realizarse en las instalaciones de la Escuela de Guerra Naval, en la Ciudad de Río de Janeiro, República Federativa de Brasil, del 5 al 9 de agosto del 2019; así como, autorizar su salida del país el 4 y su retorno el 10 de agosto del 2019:
N° 1 2 3 4 5 Grado Capitán de Navío Capitán de Fragata Nombres y Apellidos César Gustavo CHÁVEZ Parodi Paolo Ranieri CAMOGLIANO Mannucci CIP. 01809805 00910739 00003815 00917965 00010030 DNI. 43665631 43332870 41938096 43316982 44934856

Autorizan viaje de personal del Ejército del Perú a Ecuador, en misión de estudios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0951-2019 DE/EP Jesus Maria, 31 de julio de 2019 VISTOS: La Hoja Informativa N° 121/DRIE/SECC RESOL del 17 de julio de 2019, del Comandante General del Ejército; y, el Dictamen N° 1825-2019/OAJE/L.2, del 17 de julio de 2019, del Jefe de la Oficina de Asuntos Jurídicos del Ejército. CONSIDERANDO: Que, desde el año 1999, el Perú es miembro de la Convención sobre la prohibición del empleo, almacenamiento, producción y transferencia de minas antipersonales y sobre su destrucción, también conocida como la Convención de Ottawa. Con el Decreto Supremo N° 113-2002-RE, y al ser un "Estado Parte" de la Convención, el Perú asume el compromiso de realizar el desminado de la frontera común con Ecuador, por lo que el 1° de marzo de 1999, crea el Centro Peruano de Acción Contra las Minas Antipersonal (CONTRAMINAS), entidad adscrita al Ministerio de Relaciones Exteriores, siendo este el ente encargado de proponer la política de Estado en materia de la acción integral contra las minas antipersonal en el Perú, así como de supervisar el cumplimiento de los objetivos de la Convención de Ottawa; Que, mediante Acta de Entendimiento Nº 23 que suscriben el Comandante del Cuerpo de Ingenieros del Ejército del Ecuador y el Director General de Desminado Humanitario del Ejército del Perú, para la realización de Operaciones de Desminado Humanitario en la Frontera Terrestre común Ecuador ­ Perú, firmado el 21 de febrero de 2019; y, en cumplimiento de los acuerdos establecidos en el Séptimo Entendimiento literal "a" sobre la capacitación 2019, se establece la realización del Curso de Destrucción y Desactivación de Artefactos Explosivos en Estado de Riesgo del 05 de agosto de 2019 al 29 de noviembre de 2019 en la Escuela de Ingeniería Militar del Ecuador; Que, mediante Oficio N° 2019-088-AMP-1 del 21 de mayo de 2019, el Agregado de Defensa Militar de la Embajada de la República de Ecuador en Perú, comunica al Director de Relaciones Internacionales del Ejército, la invitación para participar en el "Curso de Destrucción y Desactivación de Artefactos Explosivos en Estado de Riesgo (E.O.D)", para lo cual adjunta la oferta académica requisitos e informaciones generales; asimismo comunica que el alojamiento será proporcionado por la Escuela de Ingeniería Militar "General Guillermo Lara" en la República del Ecuador; Que, mediante Hoja de Recomendación N° 008/ DIGEDEHUME/V-6 del 11 de julio de 2019, el Comandante General del Ejército propuso la designación del personal militar que se detalla en la parte resolutiva; para participar en el "Curso de Destrucción y Desactivación de Artefactos Explosivos en Estado de Riesgo (E.O,D,)", a desarrollarse en la Escuela de Ingeniería Militar "General Guillermo Rodríguez Lara", República del Ecuador, desde el 05 de agosto al 29 de noviembre de 2019; Que, de acuerdo a la Exposición de Motivos, suscrita por el Director General de Desminado Humanitario del Ejército, se precisa que el viaje al exterior en Misión de Estudios del personal militar designado, permitirá contar con personal altamente capacitado y especializado en técnicas de desminado humanitario, que van a permitir actualizar y mejorar nuestros estándares y doctrina de desminado humanitario, orientados a la consecución de nuestros objetivos institucionales, que devienen de un compromiso adquirido por el Estado ante la comunidad internacional; Que, según la invitación y oferta académica remitida por el Agregado de Defensa Militar de la Embajada de la República de Ecuador en Perú con Oficio N° 2019-088-AMP-1, se indica que el alojamiento para el personal que participarán en el "Curso de Destrucción y Desactivación de Artefactos

Capitán de Corbeta Liliana GARCÍA Lazo De La CJ. Vega Ricardo Capitán de Corbeta Espinosa Julio LLONTOP

Capitán de Corbeta Julio Alexander FERNÁNDEZ Li

Artículo 2.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes Aéreos: Lima - Río de Janeiro (República Federativa de Brasil) - Lima US$. 1,305.15 x 5 personas US$. 6,525.75 Viáticos: US$. 370.00 x 5 personas x 5 días TOTAL A PAGAR: US$. 9,250.00 --------------------US$. 15,775.75

Artículo 3.- El Comandante General de la Marina queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el Artículo 1, sin exceder el total de días autorizados y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Artículo 4.- El Oficial Superior designado más antiguo deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo el personal naval comisionado deberá efectuar la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el Artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modificatoria. Artículo 5.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE MOSCOSO FLORES Ministro de Defensa 1793895-2

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