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22 NORMAS LEGALES Miércoles 14 de agosto de 2019 / El Peruano Jurídica de la APCI, mediante Informe N° 0184-2019/ APCI-OAJ, de 16 de julio de 2019, veri fi có el cumplimiento de los requisitos y disposiciones establecidas en la normativa sobre la materia y sus directivas internas, opinando favorablemente por la gestión de la autorización de gasto; Que, a través del Memorándum (DCI) N° DCI00477/2019, de 18 de julio de 2019, la Dirección de Cooperación Internacional de la Dirección General para Asuntos Económicos del Ministerio de Relaciones Exteriores, indica que ha veri fi cado que lo requerido por la APCI se encuentra en consonancia con el objetivo estratégico del sector relacionado con el fortalecimiento de la Cooperación Sur-Sur y del rol de nuestro país como oferente de cooperación; Que, mediante Memorándum (LEG) N° LEG01073/2019, de 24 de julio de 2019, la O fi cina General de Asuntos Legales del Ministerio de Relaciones Exteriores, considera viable aprobar la autorización de gasto por concepto de pasajes aéreos y viáticos para el desplazamiento de los señores Carmen Antonia Gutiérrez Ureña y César David Méndez Duval, ambos ciudadanos dominicanos, trabajadores de la O fi cina Nacional de Evaluación Sísmica y Vulnerabilidad de Infraestructura y Edifi caciones (ONESVIE); Que, a través del Memorándum (DAE) N° DAE00471/2019, de 24 de julio de 2019, la Dirección General para Asuntos Económicos del Ministerio de Relaciones Exteriores, considera que compartir dicho conocimiento en el marco de la cooperación Sur -Sur constituye una estrategia para el fortalecimiento de la imagen del Perú en su rol de oferente; así como para el reforzamiento de las relaciones bilaterales con República Dominicana; De conformidad con la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; la Ley N° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 135-2010-RE; la Ley N° 27692, Ley de Creación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la APCI, aprobado por Decreto Supremo N° 028-2007-RE y sus modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial N° 0280-RE-2019, de 23 de abril de 2019, que autorizó la ejecución del gasto para la realización de la primera actividad del Proyecto Bilateral Perú – República Dominicana denominado “Fortalecimiento de la Estructura Organizativa Funcional de la O fi cina Nacional de Evaluación Sísmica y Vulnerabilidad de Infraestructura y Edi fi caciones (ONESVIE), y Fortalecimiento de las Capacidades Técnicas en Reducción de Riesgos de Desastres, a partir de Eventos Sísmicos”, que se llevaría a cabo en la ciudad de Lima, República del Perú, del 28 de abril al 3 de mayo de 2019, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Autorizar a la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI, el gasto por concepto de adquisición de pasajes aéreos y viáticos para el desplazamiento de la señora Carmen Antonia Gutiérrez Ureña y el señor César David Méndez Duval, ambos servidores de nacionalidad dominicana de la O fi cina Nacional de Evaluación Sísmica y Vulnerabilidad de Infraestructura y Edi fi caciones – ONESVIE de la República Dominicana, a quienes se les brindará asistencia técnica y capacitación en el marco de la ejecución de la primera actividad del Proyecto Bilateral Perú – República Dominicana, denominado “Fortalecimiento de la Estructura Organizativa Funcional de la O fi cina Nacional de Evaluación Sísmica y Vulnerabilidad de Infraestructura y Edi fi caciones (ONESVIE), y Fortalecimiento de las Capacidades Técnicas en Reducción de Riesgos de Desastres, a partir de Eventos Sísmicos”, a realizarse en la ciudad de Lima, República del Perú, del 18 al 23 de agosto de 2019, de acuerdo con el siguiente detalle:Nombres y ApellidosPasajes Aéreos Clase Económica USDViáticos por día USDNúmero de díasTotal de viáticos USD Carmen Antonia Gutiérrez Ureña1,758.12 96.97 6 581.82 César David Méndez Duval 1,758.12 96.97 6 581.82 Artículo 3.- La Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI, remitirá al Ministerio de Relaciones Exteriores un informe detallado con posterioridad al cierre de la actividad, sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos, así como el detalle de los gastos efectuados en base a la presente autorización. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.NÉSTOR POPOLIZIO BARDALES Ministro de Relaciones Exteriores 1797123-2 SALUD Autorizan viaje de funcionario a Chile, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 738-2019/MINSA Lima, 12 de agosto del 2019Vistos, los Expedientes N°s. 19-079331-002, 19-079331-004 y 19-079331-005 que contienen la Nota Informativa N° 083-2019-DVMSP/MINSA del Viceministerio de Salud Pública del Ministerio de Salud; y, CONSIDERANDO: Que, en la ciudad de Puerto Varas, República de Chile, el Foro de Cooperación Económica Asia Pací fi co (APEC por sus siglas en inglés) llevará a cabo la Tercera Reunión de Altos Funcionarios (SOM III) y Reuniones Conexas, del 15 al 30 de agosto de 2019; Que, mediante el O fi cio Circular N° 041-2019-MINCETUR/VMCE de fecha 10 de julio de 2019, la Viceministra de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo solicita al Viceministro de Salud Pública del Ministerio de Salud coordinar la participación de funcionarios en las reuniones de grupo de trabajo relacionados a sus competencias institucionales; Que, mediante el documento del visto se ha propuesto la participación del médico cirujano Víctor Marcial Zamora Mesía, Ejecutivo Adjunto II del Despacho Viceministerial de Salud Pública del Ministerio de Salud, para su participación en el referido evento, del 14 al 22 de agosto de 2019; Que, mediante Informe N° 306-2019-EGC-ODRH- OGGRH/MINSA de fecha 12 de agosto de 2019, la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos comunica la condición laboral del mencionado funcionario; Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica; asimismo establece que la autorización para viajes al exterior de las personas se aprueba conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Que, el cuarto párrafo del artículo 1 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y modi fi catorias, establece que la autorización de viajes al exterior de las personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial