Norma Legal Oficial del día 08 de diciembre del año 2019 (08/12/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano / Domingo 8 de diciembre de 2019

NORMAS LEGALES

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General del Tesoro Público, ex Dirección Nacional del Tesoro Público, emita Documentos Cancelatorios ­ Tesoro Público a favor del pliego Ministerio de Defensa, para el pago de la deuda tributaria por concepto de Impuesto General a las Ventas que como contribuyente le corresponde abonar al fisco por las operaciones de importación de bienes y utilización de servicios en el país y el Impuesto a la Renta que como agente de retención le corresponde abonar al fisco por las rentas pagadas o acreditadas a sujetos no domiciliados. Asimismo, para el pago del Impuesto General a las Ventas que le fuera trasladado al Pliego Ministerio de Defensa en las operaciones de adquisición local de bienes o servicios por contrataciones que corresponden al objeto de la citada ley; Que, la Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, dispone que para el Año Fiscal 2019, los Documentos Cancelatorios - Tesoro Público emitidos al amparo de la Ley N° 29266, Ley que autoriza la emisión de Documentos Cancelatorios - Tesoro Público para el pago del impuesto general a las ventas y del impuesto a la renta generado por contrataciones del pliego Ministerio de Defensa, son financiados con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia hasta por la suma de S/ 34 050 261,00 (TREINTA Y CUATRO MILLONES CINCUENTA MIL DOSCIENTOS SESENTA Y UNO Y 00/100 SOLES) los cuales, para efectos de lo establecido en la presente disposición, se transfieren al pliego Ministerio de Defensa mediante decreto supremo, con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros, hasta por el monto que sea requerido en dicho periodo, sin exceder el límite establecido en el artículo 3 de la Ley N° 29266, y se incorporan en el presupuesto institucional del mencionado pliego en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios; Que, mediante Oficio N° 850-2019-MINDEF/DM, el Ministerio de Defensa solicita una Transferencia de Partidas a favor del pliego 026: Ministerio de Defensa, hasta por la suma de S/ 34 050 261,00 (TREINTA Y CUATRO MILLONES CINCUENTA MIL DOSCIENTOS SESENTA Y UNO Y 00/100 SOLES), para el pago de tributos mediante la emisión de Documentos Cancelatorios ­ Tesoro Público que se destinarán a financiar el pago del Impuesto General a las Ventas hasta por la suma de S/ 16 536 873,00 (DIECISEIS MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y TRES Y 00/100 SOLES) y el pago del Impuesto a la Renta hasta por la suma de S/ 17 513 388,00 (DIECISIETE MILLONES QUINIENTOS TRECE MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y OCHO Y 00/100 SOLES), derivados de las adquisiciones y contrataciones de bienes y servicios enmarcados dentro de los alcances de la Ley N° 29266, señalando que la solicitud no excede los montos máximos autorizados en el artículo 3 de la referida Ley N° 29266; Que, el Ministerio de Defensa efectúa su requerimiento en el marco de lo establecido en la Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30879; por lo que, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas hasta por la suma de S/ 34 050 261,00 (TREINTA Y CUATRO MILLONES CINCUENTA MIL DOSCIENTOS SESENTA Y UNO Y 00/100 SOLES), destinados a atender las obligaciones tributarias generadas de las adquisiciones y contrataciones de bienes y servicios enmarcados dentro de los alcances de la Ley N° 29266; Que, de conformidad con lo establecido en la Ley N° 29266, Ley que autoriza la emisión de Documentos Cancelatorios ­ Tesoro Público para el pago del Impuesto General a las Ventas y del Impuesto a la Renta generado por contrataciones del pliego Ministerio de Defensa; la Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, los artículos 53 y 54 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Artículo 1. Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal

2019, con cargo a los recursos previstos en la Reserva de Contingencia del Pliego Ministerio de Economía y Finanzas, hasta por la suma total de S/ 34 050 261,00 (TREINTA Y CUATRO MILLONES CINCUENTA MIL DOSCIENTOS SESENTA Y UNO Y 00/100 SOLES), a favor del pliego 026: Ministerio de Defensa, para ser destinados a atender las obligaciones tributarias derivadas de las adquisiciones y contrataciones de bienes y servicios enmarcadas dentro de los alcances de la Ley Nº 29266, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: SECCIÓN PRIMERA PLIEGO En Soles

: Gobierno Central 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General CATEGORIA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.0 Reserva de Contingencia TOTAL EGRESOS A LA: SECCIÓN PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA FUENTE DE FINANCIAMIENTO GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios : Gobierno Central 026 : Ministerio de Defensa 003 : Ejército Peruano 1 : Recursos Ordinarios 2 291 520,00 SUB-TOTAL UE 003: 2 291 520,00 UNIDAD EJECUTORA FUENTE DE FINANCIAMIENTO GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios 004 : Marina de Guerra del Perú 1 : Recursos Ordinarios 8 415 664,00 758 380,00 34 050 261,00 ------------------34 050 261,00 =========== En Soles

GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros

SUB-TOTAL UE 004: 9 174 044,00 UNIDAD EJECUTORA FUENTE DE FINANCIAMIENTO GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros SUB-TOTAL UE 05: TOTAL PLIEGO 026 TOTAL EGRESOS 005 : Fuerza Aérea del Perú 1 : Recursos Ordinarios 10 210 993,00 12 373 704,00 22 584 697,00 =========== 34 050 261,00 =========== 34 050 261,00 ===========

Artículo 2. Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular del pliego habilitado en la Transferencia de Partidas, aprueba mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31

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