Norma Legal Oficial del día 28 de diciembre del año 2019 (28/12/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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NORMAS LEGALES

Sábado 28 de diciembre de 2019 /

El Peruano

Bienes Inmuebles para Obras de Infraestructura y Declara de Necesidad Pública la Adquisición o Expropiación de Bienes Inmuebles afectados para la Ejecución de diversas Obras de Infraestructura, Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, El Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Resolución Ministerial Nº 959-2019 MTC/01, y el Decreto Supremo Nº 011-2019-VIVIENDA, que aprueba el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1192, Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación de la Ejecución de la Expropiación del área del Bien Inmueble y del Valor de la Tasación Aprobar la ejecución de la expropiación del área del inmueble afectado por la ejecución de la Obra: "Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Pallasca ­ Mollepata - Mollebamba ­ Santiago de Chuco- EMP. Ruta 10, Tramo: Mollepata - Pallasca", y el valor de la Tasación del mismo ascendente a S/ 22,424.40, conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Consignación del Valor de la Tasación Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional ­ PROVIAS NACIONAL, consigne en el Banco de la Nación, el monto del valor de la Tasación a favor de los Sujetos Pasivos de la expropiación, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución. Artículo 3.- Información Necesaria para Inscribir el área del Bien Inmueble a Favor del Beneficiario y Orden de Levantar toda Carga o Gravamen que contenga la Partida Registral 3.1 Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional ­ PROVIAS NACIONAL, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución y notificada la consignación a los Sujetos Pasivos, remita al Registro de Predios de la Oficina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP), la información señalada en el artículo 30

del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2019-VIVIENDA, a efectos de inscribir el área del bien inmueble expropiado a favor del beneficiario, en atención a lo establecido en el último párrafo del numeral 6.1 del artículo 6 de la referida norma. 3.2 Disponer que el Registrador, bajo responsabilidad, proceda al levantamiento de toda carga o gravamen que contenga la Partida Registral respecto del área del inmueble afectado. Los acreedores pueden cobrar sus acreencias con el valor de la Tasación pagado directamente o vía consignación a los Sujetos Pasivos. Artículo 4.- Inscripción Registral del área del Bien Inmueble a Favor del Beneficiario Disponer que la Oficina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP) inscriba a favor del beneficiario el área expropiada del inmueble afectado, bajo responsabilidad y sanción de destitución. Artículo 5.- Notificación a los Sujetos Pasivos Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional ­ PROVIAS NACIONAL, notifique la presente Resolución a los Sujetos Pasivos de la expropiación, conforme a lo dispuesto en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2019-VIVIENDA, requiriéndole la desocupación y entrega del área expropiada del bien inmueble afectado dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de notificada la presente Resolución, de encontrarse el área del inmueble desocupada, o treinta (30) días hábiles de estar ocupada o en uso, bajo apercibimiento de iniciar el procedimiento de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión del área del bien inmueble materia de expropiación. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Transportes y Comunicaciones

ANEXO VALOR DE LA TASACIÓN DEL ÁREA DE UN (01) INMUEBLE AFECTADO POR LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: "REHABILITACIÓN Y MEJORAMIENTO DE LA CARRETERA PALLASCA - MOLLEPATA - MOLLEBAMBA - SANTIAGO DE CHUCO - EMP. RUTA 10, TRAMO: MOLLEPATA - PALLASCA"
No. SUJETO ACTIVO / BENEFICIARIO SUJETO PASIVO CODIGO: MP-T1-MOL-147 LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS DEL ÁREA AFECTADA: · Por el Norte: colinda con el área remanente, con longitud de 52.58 m · Por el Sur: colinda con Carretera Mollepata -Pallasca, con longitud de 55.22 m · Por el Este: colinda con la UC. 26057, con una longitud de 7.71 m · Por el Oeste: colinda con la UC. 26052, con una longitud de 4.81 m - FELIZARDO, PAREDES TOLENTINO - ATANASIA, MINISTERIO DE TRANSPORTES Y ZAVALETA COMUNICACIONES - BOLAÑOS PROVIAS NACIONAL - SOFIA, ZAVALETA BOLAÑOS DE PAREDES PARTIDA REGISTRAL: Nº11054001 perteneciente a la Oficina Registral de Otuzco de la Zona Registral Nº V - Sede Trujillo. CERTIFICADO DE BÚSQUEDA CATASTRAL: Emitido con fecha 17.10.2018 (Informe Técnico Nº 9875-2018-ZR-V-ST/ OC) por la Oficina Registral de Trujillo de la Zona Registral Nº V - Sede Trujillo. CERTIFICADO REGISTRAL INMOBILIARIO: Emitido con fecha 11.06.2019, por la Oficina Registral de Otuzco de la Zona Registral Nº V - Sede Trujillo. IDENTIFICACIÓN DEL BIEN INMUEBLE AREA AFECTADA: 403.00 m2 AFECTACIÓN: Parcial del Inmueble VALOR DE LA TASACIÓN (S/)

COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL INMUEBLE VERTICES 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 LADO 1-2 2-3 3-4 4-5 5-6 6-7 7-8 8-9 9-10 10-11 11-12 12-13 13-1 DISTANCIA (m) 32.32 0.10 7.61 9.96 14.92 8.17 10.72 9.60 1.85 4.81 3.93 4.76 11.57 WGS84 ESTE (X) 174918.2205 174950.0900 174950.0434 174946.4160 174936.4656 174921.7957 174913.9052 174903.6573 174894.9386 174894.5569 174898.5831 174902.1958 174906.8155 NORTE (Y) 9093112.0452 9093106.6567 9093106.5642 9093099.8710 9093100.2223 9093102.9526 9093105.0744 9093108.2207 9093112.2398 9093114.0539 9093116.6831 9093115.1309 9093113.9731 22, 424.40

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1840914-1

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