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44 NORMAS LEGALES Sábado 28 de diciembre de 2019 / El Peruano Bienes Inmuebles para Obras de Infraestructura y Declara de Necesidad Pública la Adquisición o Expropiación de Bienes Inmuebles afectados para la Ejecución de diversas Obras de Infraestructura, Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, El Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Resolución Ministerial Nº 959-2019 MTC/01, y el Decreto Supremo N° 011-2019-VIVIENDA, que aprueba el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1192, Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobación de la Ejecución de la Expropiación del área del Bien Inmueble y del Valor de la Tasación Aprobar la ejecución de la expropiación del área del inmueble afectado por la ejecución de la Obra: “Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Pallasca – Mollepata–Mollebamba – Santiago de Chuco- EMP. Ruta 10, Tramo: Mollepata–Pallasca”, y el valor de la Tasación del mismo ascendente a S/ 5,283.73, conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Consignación del Valor de la Tasación Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, consigne en el Banco de la Nación, el monto del valor de la Tasación a favor del Sujeto Pasivo de la expropiación, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución. Artículo 3.- Información Necesaria para Inscribir el área del Bien Inmueble a Favor del Bene fi ciario y Orden de Levantar toda Carga o Gravamen que contenga la Partida Registral 3.1 Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución y noti fi cada la consignación al Sujeto Pasivo, remita al Registro de Predios de la O fi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP), la información señalada en el artículo 30 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2019-VIVIENDA, a efectos de inscribir el área del bien inmueble expropiado a favor del bene fi ciario, en atención a lo establecido en el último párrafo del numeral 6.1 del artículo 6 de la referida norma. 3.2 Disponer que el Registrador, bajo responsabilidad, proceda al levantamiento de toda carga o gravamen que contenga la Partida Registral respecto del área del inmueble afectado. Los acreedores pueden cobrar sus acreencias con el valor de la Tasación pagado directamente o vía consignación al Sujeto Pasivo. Artículo 4.- Inscripción Registral del área del Bien Inmueble a Favor del Bene fi ciario Disponer que la O fi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP) inscriba a favor del bene fi ciario el área expropiada del inmueble afectado, bajo responsabilidad y sanción de destitución. Artículo 5.- Noti fi cación al Sujeto Pasivo Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, noti fi que la presente Resolución al Sujeto Pasivo de la expropiación, conforme a lo dispuesto en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2019-VIVIENDA, requiriéndole la desocupación y entrega del área expropiada del bien inmueble afectado dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de noti fi cada la presente Resolución, de encontrarse el área del inmueble desocupada, o treinta (30) días hábiles de estar ocupada o en uso, bajo apercibimiento de iniciar el procedimiento de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión del área del bien inmueble materia de expropiación. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Transportes y Comunicaciones ANEXO VALOR DE LA TASACIÓN DEL ÁREA DE UN (01) INMUEBLE AFECTADO POR LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: “REHABILITACIÓN Y MEJORAMIENTO DE LA CA RRETERA PALLASCA– MOLLEPATA–MOLLEBAMBA–SANTIAGO DE CHUCO–EMP. RUTA 10, TRAMO: MOLLE PATA–PALLASCA” No.SUJETO ACTIVO / BENEFICIARIOSUJETO PASIVO IDENTIFICACIÓN DEL BIEN INMUEBLEVALOR DE LA TASACIÓN (S/) 1MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES– PROVIAS NACIONALANACLETO REYES, MARIA SANTOSCODIGO: MP-T1-PAL-016 AREA AFECTADA: 109.55 m2 AFECTACIÓN: Parcial del Inmueble 5,283.73LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS DEL ÁREA AFECTADA:•Por el Frente: Colinda con Jr. Buenos Aires, con longitud de 23.50 m.•Por la Derecha: Colinda con Fernandez Campos, Nemecio / Quispe Campos de Fernandez, Ceferina, con longitud de 7.60.•Por la Izquierda: colinda con Comunidad Campesina de Pallasca, con Longitud de 1.77.•Por el Fondo: colinda con Campos Anacleto Eleodoro Genaro, con longitud de 25.32. COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL INMUEBLE VERTICES LADO DISTANCIA (m) WGS84 ESTE (X) NORTE (Y) 1 1-2 15.23 170033.4587 9086398.8407 2 2-3 10.09 170018.5830 9086395.58003 3-4 1.77 170008.6614 9086393.7251 4 4-5 23.50 170008.2313 9086395.4397 5 5-6 7.00 170029.6211 9086405.1724 6 6-1 0.60 170032.8773 9086398.9759PARTIDA REGISTRAL: N° P09090320 perteneciente a la Zona Registral N° VII–Sede Huaraz.CERTIFICADO DE BÚSQUEDA CATASTRAL: Emitido con fecha 15.11.2018 (Informe Técnico Nº 6327-2018-Z.R Nº VII/OC-OR-CHIMB-R) por la O ficina Registral de Huaraz de la Zona Registral N° VII–Sede Huaraz.CERTIFICADO REGISTRAL INMOBILIARIO: Emitido con fecha 28.05.2019, por la O ficina Registral de Chimbote de la Zona Registral N° VII–Sede Huaraz. 1841000-1