Norma Legal Oficial del día 29 de diciembre del año 2019 (29/12/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 178

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NORMAS LEGALES

Domingo 29 de diciembre de 2019 /

El Peruano

del Suelo y las Especificaciones Normativas que como Anexos Nº 2 y Nº 3 respectivamente forman parte de la presente ordenanza. Artículo 4.- Vías Locales Principales Para la integración del entorno urbano de la Unidad Catastral 10005 del distrito de Santa Rosa, se toma como base lo siguiente, la Municipalidad Distrital de Santa Rosa en el año 2014, aprueba el Planeamiento Integral de la zona de entorno a la Unidad Catastral antes señalada, donde se proyecta el trazo de la Av. Alejandro Bertello (antes vía de acceso a Santa Rosa) y por la vía denominada Calle 1 con una sección vial de 22.60ml. (Resolución Nº 490-2014-GDUE/MDSR). Artículo 5.- Publicación Disponer que los anexos que forman parte integrante de la presente odenanza sean publicados en el portal electrónico de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe). Artículo 6.- Graficación Disponer que el Instituto Metropolitano de Planificación - IMP de la Municipalidad Metropolitana de Lima incorpore en el Plano de Zonificación del distrito de Santa Rosa aprobada por Ordenanza Nº 1085-MML del 26/10/07, la zonificación aprobada mediante la presente ordenanza según los Planos de Zonificación de los Usos del Suelo ZRE (Anexo Nº 0), propuesta de zonificación desarrollada en el (Anexo Nº 1) y el trazo vial de la Calle 1 según Plano Vial (Anexo Nº 4), trazo vial basado en la Resolución Nº 490-2014-GDUE/MDSR emitida por la Municipalidad del distrito de Santa Rosa, donde se proyecta el trazo de la Av. Alejandro Bertello y por la vía denominada Calle 1 con una sección vial de 22.60ml. en el área de intervención. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MIGUEL ROMERO SOTELO Teniente Alcalde Encargado del Despacho de la Alcaldía 1841271-1

Aprueban la rectificación del Plano de Zonificación de los Usos del Suelo del distrito de Santiago de Surco
ORDENANZA N° 2210 Lima, 20 de diciembre de 2019 EL TENIENTE ALCALDE ENCARGADO DEL DESPACHO DE ALCALDÍA; POR CUANTO: El Concejo Metropolitano de Lima, en Sesión Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, reconoce la autonomía política, económica y administrativa de las Municipalidades en asuntos de su competencia; Que, de acuerdo con lo indicado en los numerales 1.1 y 1.2 del artículo 79 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, son funciones exclusivas de las municipalidades provinciales, en materia de organización del espacio físico y uso del suelo: Aprobar el Plan de Acondicionamiento Territorial de nivel provincial, que identifique las áreas urbanas y de expansión urbana, así como las áreas de protección o de seguridad por riesgos naturales; las áreas agrícolas y las áreas de conservación ambiental; y aprobar el Plan de Desarrollo Urbano, el Plan de Desarrollo Rural, el Esquema de Zonificación de áreas urbanas, el Plan de Desarrollo de Asentamientos

Humanos y demás planes específicos de acuerdo con el Plan de Acondicionamiento Territorial; Que, el artículo 4 de la Ordenanza N° 1862, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 28 de diciembre de 2014, que regula el Proceso de Planificación del Desarrollo Territorial Urbano del Área Metropolitana de Lima, señala que corresponde a la Municipalidad Metropolitana de Lima, a través del Instituto Metropolitano de Planificación, planificar el desarrollo integral y el desarrollo urbanoterritorial, en concordancia con los planes y políticas nacionales y sectoriales de desarrollo urbano, para lo cual coordinará con las gerencias correspondientes; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 026, de fecha 24 de enero de 2018, se aprueba la Directiva Nº 001-2018-MML-GDU, que establece las "Normas Aplicables a la Rectificación de los Planos de Zonificación de Usos del Suelo aprobados por la Municipalidad Metropolitana de Lima"; Que, en el marco del proceso de rectificación del Plano de Zonificación de Lima Metropolitana, la empresa NEW COMPANY DEL PERÚ S.A. representada por su apoderado Gabriel Renato Campos Aguilar, solicita la rectificación del Plano de Zonificación del distrito de Santiago de Surco, aprobado por Ordenanza Nº 9122006 del Área de Tratamiento Normativo III de fecha 03/03/06 para el predio de 56,552.31 m2. constituido por la Subparcela "H" de la Habilitación Urbana del Fundo Monterrico Chico ubicado frente a la Autopista Panamericana Sur, distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima el cual aparece gráficamente con dos calificaciones, Comercio Metropolitano - CM y Zona de Reglamentación Especial ­ ZRE; Que, con la Ordenanza Nº 912, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 03 de marzo de 2006, se aprueba el Reajuste Integral de la Zonificación de los Usos del Suelo de un sector del distrito de Santiago de Surco, conformante del Área de Tratamiento Normativo III de Lima Metropolitana; asimismo, se aprueba el Plano de Alturas de Edificación de un sector de dicho, distrito (Plano Nº 02), el mismo que comprende los predios con frente a los ejes viales metropolitanos dentro de las áreas estratégicas de nivel metropolitano en el distrito; Que, mediante Resolución Nº 062-99-MML-DMDU de fecha 24 de junio de 1999, se aprueba, de conformidad con el Plano Nº 059-99-MML-DGO-DHU, el nuevo Planeamiento Integral del terreno de 1´228,342.20m2, ubicado en el distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima, en sustitución del plano aprobado mediante Resolución Nº 181-MML-DMDU, del 14 de agosto de 1997; además, se autoriza, de acuerdo con el Plano Nº 060-99-MML-DGO-DHU, la independización del terreno rústico de 943,343.16 m2 constituido por la Parcela "A" y autoriza la libre venta de seis (06) subparcelas resultantes, dentro del cual aparecen la Subparcela "H" con 56,552.31m2 para uso C-7 y la Subparcela "I" con 15,247.10m2 para uso C-7 colindantes entre sí, que hacen un total de 71,767.52 m2; Que, mediante Resolución de Recepción de Obras de Habilitación Urbana Nº 653-2013-SGLAU-GDU-MSS, de fecha 10 de mayo de 2013, emitido por la Municipalidad del distrito de Santiago de Surco, se aprueba la recepción parcial de obras sin replanteo de habilitación urbana para Uso Comercial Interdistrital "C-7" del terreno constituido por la Subparcela "H" de 56,552.31m2 del Fundo Monterrico Chico, ubicado frente a la Carretera Panamericana Sur, en el distrito de Santiago de Surco; Que, a través del Informe Nº 134-2019-MML-GDUSPHU-DP de fecha 24 de abril de 2019, la División de Planeamiento de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas de la Gerencia de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Metropolitana de Lima, recomienda hacer extensivo, de oficio, la rectificación de la Parcela "I", la misma a la que en la Resolución Nº 062-99-MML-DMDU se le asignó la Zonificación C-7, ahora Comercio Metropolitano ­ CM; Que, a pedido de parte y de acuerdo a lo expuesto se reconoce proceder en rectificar, de Zona de Reglamentación Especial ­ ZRE, que tiene una parte del predio de la Subparcela "H" de la Habilitación Urbana del Fundo Monterrico Chico, con 56,552.31m2 de área total, ubicado frente a la Carretera Panamericana Sur, en el

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