Norma Legal Oficial del día 04 de enero del año 2019 (04/01/2019)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 103

El Peruano / Viernes 4 de enero de 2019

NORMAS LEGALES
FELIX E. CÓRDOVA ARANDA Consejero Delegado POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla.

103

se conforme, instale e inicie sus actividades el Consejo Regional de Concertación Agraria para la Reactivación y el Desarrollo del Sector Agrario de la Región Ancash, CORECA - Ancash. Artículo Cuarto.- Acreditación de Representantes. Los representantes del sector público serán acreditados por Resolución Institucional y los representantes de las organizaciones con Vigencia de Poder. Artículo Quinto.- De la Secretaría Técnica, El Consejo Regional de Concertación Agraria para la Reactivación y el Desarrollo del Sector Agrario de la Región Ancash, CORECA - Ancash, de conformidad a lo establecido en la Ley Nº 27965 y su modificatoria Ley Nº 29003, contará con una Secretaria Técnica, que se designará conforme a Ley. Artículo Sexto.- Responsabilidades del Secretario Técnico. La Secretaría Técnica ejercerá las siguientes FUNCIONES: 1) Proponer a la Asamblea General los Planes Operativos Anuales, 2) Formular y proponer planes, políticas e iniciativas relacionadas al desarrollo del sector y/o de las diversas mesas técnicas que se generan. 3) Informar y evaluar las acciones concertadas y coordinadas a nivel del CORECA - Ancash, siendo responsable del cumplimiento de los acuerdos. 4) Facilitar la interacción entre los miembros del CORECA - Ancash, promoviendo la articulación y coordinación entre las mismas y otras entidades vinculadas a los intereses del Desarrollo del Sector Agrario de la Región Ancash, CORECA - Ancash. 5) Convocar a Sesión Ordinaria trimestralmente y convocar de manera excepcional a Sesiones Extraordinarias y notificar a los integrantes del Consejo Regional de Concertación Agraria para la Reactivación y el Desarrollo del Sector Agrario de la Región Ancash, CORECA - Ancash. 6) Mantener el sistema de información, custodia de archivos y comunicación del CORECA - Ancash. 7) Mantener actualizado el Libro de Actas y los que se pudiera utilizar para su normal funcionamiento. 8) Coordinar y programar las actividades con el Presidente del CORECA - Ancash. 9) Ejercer las demás funciones que le encomienden la Asamblea General o el Presidente. Artículo Séptimo.- DISPONER, a la Secretaria Técnica del Consejo Regional de Concertación Agraria para la Reactivación y el Desarrollo del Sector Agrario de la Región Ancash, CORECA - Ancash, elaborar el reglamento en concordancia con lo dispuesto en la Ley Nº 27965 y su modificatoria Ley Nº 29003 en un plazo no mayor de 60 días de Promulgada la presente Ordenanza Regional. Artículo Octavo.- DISPONER, a la Gerencia Regional de Desarrollo Económico y a la Dirección Regional de Agricultura Ancash, la implementación de la presente Ordenanza Regional, bajo responsabilidad. Artículo Noveno.- VIGENCIA, la publicación del contenido de la presente Ordenanza Regional entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Décimo.- DISPONER, la publicación del contenido de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano así como, su Publicación en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Ancash. Comuníquese, al señor Gobernador Regional del Gobierno Regional de Ancash para su Promulgación. Dado en Sala de Sesiones del Gobierno Regional de Ancash, a los nueve días del mes de noviembre del dos mil dieciocho.

Dado en el Despacho del Gobernador Regional del Gobierno Regional de Ancash, a los 14 días del mes de noviembre de 2018 LUIS FERNANDO GAMARRA ALOR Gobernador Regional de Ancash 1727342-1

GOBIERNO REGIONAL DE SAN MARTIN
Concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados en el mes de diciembre de 2018
DIRECCIÓN REGIONAL DE ENERGÍA Y MINAS RESOLUCIÓN DIRECTORAL REGIONAL Nº 157-2018-GRSM/DREM Moyobamba, 26 de diciembre del 2018 CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial Nº 009-2008-MEM/ DM, declaran que el Gobierno Regional de San Martín ha concluido la transferencia de funciones sectoriales en materia de energía y minas, siendo a partir de la fecha competentes de otorgar concesiones para la pequeña minería y minería artesanal de alcance regional; Que, el artículo 124º del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, establece que la autoridad minera competente publicará en el Diario Oficial El Peruano la relación de concesiones mineras cuyos títulos hubieren sido aprobados el mes anterior; De conformidad a las funciones establecidas en el artículo 126º del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de San Martín; aprobado con Ordenanza Regional Nº 023-2018-GRSM/CR. SE RESUELVE: Artículo Único.- Publicar en el Diario Oficial El Peruano las concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados en el mes de diciembre del 2018 de acuerdo a la nomenclatura que se establece: NOMENCLATURA: A) NOMBRE DE LA CONCESION; B) CODIGO; C) NOMBRE DEL TITULAR; D) NUMERO DE RESOLUCION DIRECTORAL; E) ZONA; F) COORDENADAS UTM WGS84 DE LOS VERTICES EXPRESADOS EN KILOMETROS 1.- A) PICURO WASI B) 720000718 C) ASOCIACION DE ESTRACTORES DE SAL ARTESANAL DEL VALLE DEL MISHQUIYACU D) 149-2018-GRSM/DREM E) 18 F) V1: N9253 E363 V2: N9252 E363 V3: N9252 E362 V4: N9253 E362; 2.- A) FLOR SIEMPRE VIVA B) 720000618 C) JOSE ALADINO MONTALVO MOLLA D) 150-2018GRSM/DREM E) 18 F) V1: N9339 E282 V2: N9338 E282 V3: N9338 E281 V4: N9339 E281. Regístrese y publíquese. ADNER ROJAS PÉREZ Director Regional 1727894-1

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.