Norma Legal Oficial del día 25 de enero del año 2019 (25/01/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano / Viernes 25 de enero de 2019

NORMAS LEGALES

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con Decreto Supremo N° 005-2002-MINCETUR y sus modificatorias, se estima pertinente que el representante alterno del MINCETUR ante la Comisión Multisectorial ocupe el cargo de Viceministro/a por ser la autoridad inmediata al Ministro de Comercio Exterior y Turismo en materia de Comercio Exterior; Que, el artículo 22 del Decreto Supremo N° 054-2018PCM, que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado, señala que la designación de los miembros de una Comisión se realiza en función del cargo y solo excepcionalmente puede hacerse en función a la persona que ocupa un determinado cargo; De conformidad con la Ley N° 29158, -Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley N° 27594 ­Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos y la Ley N° 27790 ­Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y su Reglamento, así como el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado. SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar como representante alterno del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo ante la Comisión Multisectorial para la Facilitación del Comercio Exterior creada mediante Decreto Supremo N° 122-2017PCM al/a Viceministro/a de Comercio Exterior. Artículo 2.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial N° 025-2018-MINCETUR a la que se hace referencia en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 3.- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial a la Secretaría Técnica de la Comisión Multisectorial para la Facilitación del Comercio Exterior, a cargo de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDGAR M. VASQUEZ VELA Ministro de Comercio Exterior y Turismo 1734203-1

Aprueban Plan Operativo Institucional 2019 del Ministerio en lo correspondiente a la Unidad Ejecutora 004: Plan COPESCO Nacional
RESOLUCION MINISTERIAL N° 024-2019-MINCETUR Lima, 22 de enero de 2019 Visto, el Informe Nº 32-2019-MINCETUR/SG/OGPPD de la Oficina General de Planificación, Presupuesto y Desarrollo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo. CONSIDERANDO: Que, el numeral 1 del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo establece que corresponde a los Ministros de Estado, entre otras funciones, dirigir el proceso de planeamiento estratégico sectorial, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico; determinar los objetivos sectoriales funcionales y asignar los recursos necesarios para su ejecución, dentro de los límites de las asignaciones presupuestarias correspondientes; Que, el sub numeral 3 del numeral 7.3 del artículo 7 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, señala que el Titular de la Entidad es responsable de determinar las prioridades de gasto de la Entidad en el marco de sus objetivos estratégicos institucionales que conforman su Plan Estratégico Institucional (PEI), y sujetándose a la normatividad vigente; Que, conforme al numeral 13.3 del artículo 13 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, entre otros,

señala que el Presupuesto del Sector Público tiene como finalidad el logro de resultados a favor de la población y del entorno, así como mejorar la equidad en observancia a la sostenibilidad y responsabilidad fiscal conforme a la normatividad vigente, y se articula con los instrumentos del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico SINAPLAN; Que, el Plan Operativo Institucional es un instrumento de gestión que orienta la necesidad de recursos para implementar la identificación de la estrategia institucional, cuyo contenido principal son las actividades operativas e inversiones, en un periodo de un año en contexto multianual; Que, los Planes Operativos Institucionales se elaboran teniendo en cuenta el Plan Estratégico Institucional - PEI, el cual que debe ser concordante, entre otros, con los Planes Estratégicos Sectoriales Multianuales; Que, mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 033-2017-CEPLAN/PCD, modificada por la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 053-2018-CEPLAN/PCD, el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico ­ CEPLAN, aprueba la "Guía para el Planeamiento institucional que comprende la política y los planes que permite la elaboración o modificación del PEI y el POI; Que, mediante Ley N° 30879, se aprueba la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019 y con la Resolución Ministerial N° 501-2018-MINCETUR se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura ­ PIA del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo ­ MINCETUR, correspondiente al Año Fiscal 2019; Que, la Oficina General de Planificación, Presupuesto y Desarrollo, en cumplimiento de las funciones asignadas en el Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF del MINCETUR, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2002-MINCETUR y modificatorias, presenta la propuesta del Plan Operativo Institucional de la Unidad Ejecutora 004: Plan COPESCO Nacional, en el Pliego 035: MINCETUR, que contiene las acciones a desarrollar; y solicita la aprobación del referido documento de gestión; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1440 ­ Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2019; la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 53-2018-CEPLAN/PCD, que modifica la Guía para el Planeamiento Institucional y la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Plan Operativo Institucional 2019 del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo en lo correspondiente a la Unidad Ejecutora 004: Plan COPESCO Nacional, que en anexo adjunto, forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Modificación y reformulación El Plan Operativo Institucional 2019 del MINCETUR en lo correspondiente a la Unidad Ejecutora 004: Plan COPESCO Nacional, podrá ser modificado y/o reformulado durante su proceso de ejecución física y presupuestal, previa evaluación e informe de la Oficina General de Planificación, Presupuesto y Desarrollo, de conformidad a la normatividad vigente. Artículo 3.- Publicación El Plan Operativo Institucional 2019 del MINCETUR en lo correspondiente a Unidad Ejecutora 004: Plan COPESCO Nacional, aprobado por la presente Resolución, será publicado en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (www.mincetur. gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. EDGAR M. VASQUEZ VELA Ministro de Comercio Exterior y Turismo 1734204-1

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