Norma Legal Oficial del día 25 de enero del año 2019 (25/01/2019)
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TEXTO DE LA PÁGINA 17
El Peruano / Viernes 25 de enero de 2019
NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:
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SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Mayor FAP JOSE DANIEL AGUEDO LOPEZ LAVALLE, identificado con NSA: O-9712300 y DNI: 40450021, para participar como instructor invitado del Curso Avanzado de Comando y Estado Mayor (CACEM), a realizarse en la Universidad de la Fuerza Aérea Brasileña (UNIFA), ubicado en la Ciudad de Rio de Janeiro República Federativa del Brasil, del 26 de enero de 2019 al 31 de diciembre del 2019; así como, su salida del país el 25 de enero de 2019 y retorno el 01 de enero de 2020. Artículo 2.- La Fuerza Aérea del Perú, efectuará los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2019, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes aéreos: Lima Ciudad de Rio de Janeiro (República Federativa de Brasil) Lima US$ 1,208.95 x 01 persona (Incluye TUUA) = US$ 1,208.95 Gasto de Traslado Ida y Vuelta (Equipaje, Bagaje e Instalación) R$ 15,492.39 x 2 x 01 persona = R$ 30,984.78 Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero R$ 15,492.39 / 31 x 6 días x 01 persona = R$ 2,998.50 R$ 15,492.39 x 11 meses x 01 persona = R$ 170,416.29 Total = R$ 204,399.57 Artículo 3.- El monto de la compensación extraordinaria mensual será reducido por la Fuerza Aérea del Perú, en la misma cantidad que la bonificación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 1132, en cumplimiento al segundo párrafo del numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF de fecha 11 de setiembre de 2014. Artículo 4.- El otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero, se hará por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias; en el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF de fecha 11 de setiembre de 2014. Artículo 5.- El Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1, sin exceder el total de días autorizados y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Artículo 6.- El personal designado deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 7.- El personal designado está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia. Artículo 8.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ HUERTA TORRES Ministro de Defensa 1735047-1
Que, el artículo 3 de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, establece que la designación de funcionarios en cargo de confianza, distintos a los comprendidos en el artículo 1 del mismo cuerpo legal, se efectúa mediante Resolución Ministerial o del Titular en la Entidad correspondiente; Que, el literal nn) del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2016-DE, establece como función del Titular de la Entidad designar y remover a los titulares de cargos de confianza del Ministerio; Que, de conformidad con el último reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal Provisional de la Unidad Ejecutora 0001: Administración General del Ministerio de Defensa, aprobado por Resolución Ministerial Nº 682-2018-DE/SG, el cargo de Director de Bienestar de la Dirección General de Recursos Humanos del Ministerio de Defensa es considerado como cargo de confianza; Que, resulta necesario emitir el acto de administración interna, mediante el cual se designe al profesional que desempeñará dicho cargo de confianza; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; y el Decreto Supremo Nº 006-2016-DE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor Coronel EP José Martín CELI ARRESE en el cargo de confianza de Director de Bienestar de la Dirección General de Recursos Humanos del Ministerio de Defensa- Director de Sistema Administrativo I. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ HUERTA TORRES Ministro de Defensa 1735048-1
DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL
Disponen la prepublicación del proyecto de Reglamento de la Ley N° 30790, Ley que promueve a los comedores populares como unidades de emprendimiento para la producción
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 001-2019-MIDIS/VMPS Lima, 24 de enero de 2019 VISTOS: El Memorando N° 025-2019-MIDIS/VMPS, emitido por el Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales; el Informe N° 009-2019-MIDIS/VMPS/DGACPS, emitido por la Dirección General de Articulación y Coordinación de las Prestaciones Sociales; y, el Informe N° 01-2019-MIDIS/ VMPS/DGACPS/DPSC, emitido por la Dirección de Prestaciones Sociales Complementarias; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29792, se crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica; asimismo, se estableció que el Sector Desarrollo e Inclusión Social comprende a todas las entidades del
Designan Director de Bienestar de la Dirección General de Recursos Humanos
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0082-2019 DE/SG Lima, 24 de enero de 2019