Norma Legal Oficial del día 25 de enero del año 2019 (25/01/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano / Viernes 25 de enero de 2019

NORMAS LEGALES

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Que, conforme a la Hoja de Recomendación Nº 086/ JEDUCE/U-4.b.1/05.00 del 10 de diciembre de 2018, el Comandante General del Ejército, propuso la designación del Teniente EP Alexis Alcides CASTILLO CALLAHUI, para realizar el curso de Capitán de Infantería, a llevarse a cabo en la ciudad de Draguignan, República Francesa, en el periodo comprendido del 27 de enero de 2019 al 10 de mayo de 2019; Que, según lo indicado en la Exposición de Motivos suscrito por el Jefe de Educación del Ejército, es conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios al Oficial Subalterno antes mencionado, por cuanto, permitirá dar cumplimiento a la Política de Comando, dentro de los Objetivos del Plan Estratégico Institucional 2001-2021 (Objetivo Nº 3), el cual establece que "El Ejército debe disponer de personal altamente capacitado en los aspectos inherentes a su desarrollo humano, profesional y ocupacional, con estándares similares a países desarrollados"; Que, de acuerdo a lo señalado en el Dictamen Nº 078-2019/OAJE/L-1, del Jefe de la Oficina de Asuntos Jurídicos del Ejército, considera que el Proyecto de Resolución Ministerial se encuentra acorde a la normatividad vigente que regula los viajes al exterior en Misión de Estudios; Que, conforme a lo mencionado en la Hoja de Gastos y Declaración del Jefe de Educación y Doctrina del Ejército del 10 de diciembre de 2018, ningún organismo internacional cubrirá los costos de gastos de traslado; por lo que los gastos por concepto de Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero y Gastos de Traslado de ida y vuelta, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2019 de la Unidad Ejecutora 003: Ejército Peruano, conforme a lo establecido en el inciso c) del artículo 7 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004DE/SG; Que, según a lo mencionado en el Oficio Nº 181/PER/ AD/DR del 19 de setiembre de 2018, el Gobierno de Francia asumirá los gastos de pasajes aéreos, tanto de ida como de retorno, así como la alimentación y el alojamiento del Oficial Subalterno que participará en Misión de Estudios en la Escuela de Infantería de Draguignan de la República Francesa, por lo que es necesario se le otorgue menores asignaciones equivalentes al 20% de la compensación extraordinaria, de conformidad al artículo 3 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, de fecha 11 de setiembre de 2014; Que, la actividad antes señalada se encuentra considerada en el Plan Anual de Viajes al Exterior del Sector Defensa para el Año Fiscal 2019; el cual se encuentra pendiente de aprobación; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con la finalidad de prever la participación oportuna del personal designado en el referido evento, resulta necesario autorizar su salida del país con dos (02) días de anticipación, así como su retorno dos (02) días posterior al término del mismo, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; Que, de conformidad con el artículo 26 de la Ley Nº 28359, Ley de Situación Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas, modificada por la Ley Nº 29598 y por el Decreto Legislativo Nº 1143, el Oficial nombrado en Comisión de Servicio o Misión de Estudios por cuenta del Estado en el extranjero, está impedido de solicitar su pase a la situación de Disponibilidad o Retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo previsto en el artículo 23 de la referida norma, más el tiempo compensatorio señalado en el citado artículo 26; y, conforme a su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 007-2005-DE/SG, y, sus modificatorias aprobadas con los Decretos Supremos Nº 010-2010-DE; y, el Nº 009-2013-DE; Que, el Ministerio de Defensa, ha dispuesto que los Órganos Competentes, Organismos Públicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de autorización de viajes del Personal Militar y Civil del

Sector, una disposición que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se hará por días reales y efectivos, independientemente de la modalidad del referido viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y sus modificatorias; Estando a lo propuesto por el Comandante General del Ejército; y, De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa y el Decreto Supremo Nº 0062016-DE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y su modificatoria; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 2622014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios, al Teniente EP Alexis Alcides CASTILLO CALLAHUI, identificado con CIP Nº 123843400, DNI Nº 45498300, para participar como Alumno del Curso de Capitán de Infantería en el Ejército de Francia, a realizarse en la ciudad de Draguignan, República Francesa, del 27 de enero de 2019 al 10 de mayo de 2019, así como autorizar su salida del país el 25 de enero de 2019 y su retorno al país el 12 de mayo de 2019. Artículo 2.- El Ministerio de Defensa ­ Ejército del Perú, efectuará los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional de la Unidad Ejecutora 003: Ejército Peruano, Año Fiscal 2019, de acuerdo a los conceptos siguientes: Gastos de Traslado - Ida y Vuelta (Equipaje, bagaje e instalación): 4,580.56 x 2 X 01 persona 9,161.12 Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero (20%) 916.11/31 X 5 días X 01 persona (27 ­ 31 ene 19) 147.76 916.11 X 03 meses X 01 persona (feb ­ abr 19) 2,778.15 916.11/31 x 10 días X 01 persona (01 ­ 10 may 19) 295.52 Total a pagar en Euros 12,382.55 Artículo 3.- El Comandante General del Ejército queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1, sin exceder el total de días autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del autorizado. Artículo 4.- El personal militar designado deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 5.- El personal militar designado revistará en la Oficina Administrativa del Cuartel General del Ejército del Perú, durante el período de tiempo que dure la Misión de Estudios. Artículo 6.- El personal militar designado está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia.

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