Norma Legal Oficial del día 01 de febrero del año 2019 (01/02/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 120

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NORMAS LEGALES

Viernes 1 de febrero de 2019 /

El Peruano

aprueba para el ejercicio 2019 la vigencia de las tasas de los arbitrios municipales del año 2018, en el Cercado del Callao, quedando redactado de la siguiente manera: "ARTICULO 4. BENEFICIOS DE DESCUENTO EN EL PAGO DE ARBITRIOS MUNICIPALES La Municipalidad Provincial del Callao otorga los siguientes descuentos, los mismos que no son excluyentes entre sí. (...) 4.5. Beneficios en Arbitrios de recolección de Residuos Sólidos, Barrido de Calles y Parques y Jardines. Establézcase que, para aquellos predios cuyo monto determinado en el ejercicio 2019 presente un incremento mayor o igual al 26% en los Arbitrios de Recolección de Residuos Sólidos, Barridos de Calles y Parques y Jardines, con referencia al monto emitido en el ejercicio 2018, se les otorgará un tope máximo de emisión del 26%. Respecto al Arbitrio de Serenazgo, se tomará para todos los predios el valor emitido el 2018, reajustado con la aplicación de la variación porcentual acumulada del Índice del Precio al Consumidor (IPC) de Lima Metropolitana. Artículo Segundo.- Aprobar la ampliación del plazo del beneficio por el pronto pago, contenido en el numeral 4.6 del Artículo 4 de la Ordenanza Municipal Nº 027-2018, que aprueba para el ejercicio 2019 la vigencia de las tasas de los arbitrios municipales del año 2018 en el Cercado del Callao, modificándose en los términos siguientes:

"4.6. Beneficio por el pronto pago Los contribuyentes que, al 30 de Marzo de 2019, opten por la cancelación total de los Arbitrios Municipales del ejercicio 2019, tendrán un descuento del 8% sobre el monto insoluto de la deuda de Arbitrios Municipales del año 2019. Y en el caso de producirse la cancelación total de los Arbitrios Municipales del año 2019 hasta el 30 de Abril de 2019, los contribuyentes obtendrán solo el 5% de descuento sobre el monto insoluto de dichos conceptos." Artículo Tercero.- Facúltese, al señor Alcalde de la Municipalidad Provincial del Callao, para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las medidas complementarias necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- Publíquese la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y encárguese a la Gerencia de Informática la publicación de la misma en el portal institucional www.municallao.gob.pe, y en el Portal del Estado Peruano www.peru.gob.pe y el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas www.serviciosalciudadano.gob. pe Artículo Quinto.- La presente Ordenanza entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. PEDRO JORGE LOPEZ BARRIOS Alcalde 1737249-1

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Se comunica a las diversas entidades públicas que a partir del 1 de octubre del año 2018, para efectos de la publicación de sus dispositivos legales en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. La documentación a publicar se recibirá de lunes a viernes, en el horario de 9.00 am a 5.30 pm. La solicitud de publicación deberá adjuntar los dispositivos legales refrendados por el funcionario acreditado con registro de firma ante la Gerencia de Publicaciones Oficiales. 2. Para todo dispositivo legal, tenga o no anexos, el contenido del archivo o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL DOCUMENTO ORIGINAL IMPRESO que nos entregan para su publicación. Cada entidad pública se hará responsable del contenido de los archivos electrónicos que entrega para su publicación. 3. Toda solicitud de publicación deberá adjuntar obligatoriamente la respectiva "unidad de almacenamiento" o enviar el archivo correspondiente al correo electrónico normaslegales@ editoraperu.com.pe 4. Todo documento que contenga tablas deberá ser trabajado como hoja de cálculo de Excel, de acuerdo al formato original y sin justificar. El texto en formato Word y si incluye gráficos, deberán ser trabajados en formato PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises, cuando corresponda. 5. Este comunicado rige para las entidades públicas que actualmente no hacen uso del Portal de Gestión de Atención al Cliente ­ PGA, el cual consiste en un sistema de solicitud de publicación de normas legales online (www.elperuano.com.pe/pga).

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