Norma Legal Oficial del día 01 de febrero del año 2019 (01/02/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 104

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NORMAS LEGALES

Viernes 1 de febrero de 2019 /

El Peruano

ser candidato a los cargos de alcalde, regidor o consejero regional culminan el día de la elección; en ese sentido, las autoridades deben reasumir sus funciones al día siguiente (9 de octubre de 2018). 5. Con fecha 5 de junio de 2018 (fojas 4), Araceli Mishuco Ykebe Ramos, regidora del Concejo Distrital de Calango, con motivo de su participación en las Elecciones Municipales 2018, presentó su solicitud de licencia, sin goce de haber, siendo esta concedida mediante Acuerdo de Concejo Nº 041-2018-MDC, de fecha 18 de dicho mes y año (fojas 2 y 3), por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018. 6. En el presente caso, se aprecia que la regidora presentó su solicitud de licencia dentro del plazo previsto, siendo aprobada por el concejo municipal, por lo que, en cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolución Nº 0081-2018-JNE, así como de la aplicación supletoria del numeral 2, del artículo 24, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, para completar el número de regidores, corresponde convocar al regidor suplente, respetando la precedencia establecida en su propia lista electoral, y, en el supuesto de no quedar suficientes candidatos, se incorpora a los integrantes de otra lista, debiendo ser los que siguen en el orden del cómputo de sufragio, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2014. 7. En ese sentido, resulta procedente convocar a Luis Enrique Ávalos Caycho, identificado con DNI Nº 15362447, candidato no proclamado de la organización política Concertación para el Desarrollo Regional - Lima, conforme a la información remitida por el Jurado Electoral Especial de Cañete, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2014. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Araceli Mishuco Ykebe Ramos, regidora del Concejo Distrital de Calango, provincia de Cañete, departamento de Lima, por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018. Artículo Segundo.- CONVOCAR a Luis Enrique Ávalos Caycho, identificado con DNI Nº 15362447, para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidor del Concejo Distrital de Calango, provincia de Cañete, departamento de Lima, por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018, otorgándosele la correspondiente credencial que lo faculta como tal. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TICONA POSTIGO ARCE CÓRDOVA CHANAMÉ ORBE CHÁVARRY CORREA RODRÍGUEZ VÉLEZ Concha Moscoso Secretaria General 1737017-13

VILLA RICA - OXAPAMPA - PASCO CONVOCATORIA DE CANDIDATO PROCLAMADO LICENCIA Lima, veintinueve de agosto de dos mil dieciocho.

NO

VISTO el Oficio Nº 174-2018-A/MDVR, recibido el 3 de julio de 2018, remitido por Jhonny Edgar Inga Aucapiña, alcalde de la Municipalidad Distrital de Villa Rica, provincia de Oxapampa, departamento de Pasco, mediante el cual comunica su solicitud de licencia, sin goce de haber, que fue le concedida, en el marco de su participación en el proceso de Elecciones Regionales y Municipales 2018. CONSIDERANDOS Sobre la licencia solicitada invocando el artículo 115 del decreto Supremo Nº 005-90-PCM, concordante con el artículo 24, literal e, del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público 1. Con fecha 8 de junio de 2018 (fojas 27), Jhonny Edgar Inga Aucapiña, alcalde de la Municipalidad Distrital de Villa Rica, provincia de Oxapampa, departamento de Pasco, presentó su solicitud de licencia, sin goce de haber, por 72 días, invocando el artículo 115 del Decreto Supremo Nº 00590-PC, alegando motivos particulares, que le fue concedida en la Sesión Extraordinaria de Concejo Nº 004-2018, de fecha 20 de junio (fojas 17 y 18), formalizada en el Acuerdo de Concejo Nº 041-2018/MDVR, de la misma fecha (fojas 2 y 3), por el lapso de 72 días, comprendido entre el 28 de junio y el 6 de setiembre de 2018. Sobre la licencia solicitada invocando el literal e del numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales 2. Mediante el Decreto Supremo Nº 004-2018-PCM, publicado en el diario oficial El Peruano, con fecha 10 de enero de 2018, se convocó a Elecciones Regionales de gobernadores, vicegobernadores y consejeros regionales de los Gobiernos Regionales de los departamentos de toda la República y de la Provincia Constitucional del Callao, así como a Elecciones Municipales de alcaldes y regidores de los concejos provinciales y distritales de todo el país, para el domingo 7 de octubre del presente año. 3. El literal e del numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales, dispone que no pueden ser candidatos en las elecciones municipales los trabajadores y funcionarios de los Poderes Públicos, así como de los organismos y empresas del Estado y de las Municipalidades, si no solicitan licencia, sin goce de haber, la misma que tendrá eficacia a partir del 7 de setiembre de 2018, treinta (30) días calendario antes de la fecha de elecciones. 4. Esta disposición también es de aplicación para el caso de los alcaldes y regidores que quieran ser candidatos en las Elecciones Municipales 2018, dada su condición de funcionarios públicos elegidos por voto popular, razón por la cual deben solicitar licencia conforme se expresa en el considerando precedente. 5. Asimismo, de acuerdo con el artículo cuarto de la Resolución Nº 0081-2018-JNE, publicada en el diario oficial El Peruano, con fecha 9 de febrero de 2018, se precisa que las licencias que se soliciten con el objeto de ser candidato a los cargos de alcalde, regidor o consejero regional culminan el día de la elección; en ese sentido, las autoridades deben reasumir sus funciones al día siguiente (9 de octubre de 2018). 6. En tal orden de ideas, con fecha 8 de junio de 2018 (fojas 27), Jhonny Edgar Inga Aucapiña, alcalde de la Municipalidad Distrital de Villa Rica, provincia de Oxapampa, departamento de Pasco, también solicitó de licencia, sin goce de haber, con motivo de su participación en las Elecciones Municipales 2018, siendo esta concedida en la Sesión Extraordinaria de Concejo Nº 0042018, del 20 de junio de 2018 (fojas 17 y 18), por el lapso de 30 días, comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018.

Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de alcalde y regidor del Concejo Distrital de Villa Rica, provincia de Oxapampa, departamento de Pasco
RESOLUCIÓN Nº 2560-2018-JNE Expediente Nº J-2018-0441

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