Norma Legal Oficial del día 01 de febrero del año 2019 (01/02/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 111

El Peruano / Viernes 1 de febrero de 2019

NORMAS LEGALES

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POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional de La Libertad a los 31 días del mes de diciembre de 2018. LUIS A. VALDEZ FARÍAS Gobernador Regional 1736478-1 * El TUPA se publica en la página WEB del Diario Oficial El Peruano, sección Normas Legales.

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD DE ATE
Ordenanza que ratifica el Plan Local de Seguridad Ciudadana de Ate 2019
ORDENANZA Nº 490-MDA Ate, 21 de enero del 2019 POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito de Ate en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 21 de Enero del 2019, visto el Informe Nº 03-2019-ST-CODISEC/MDA del Secretario Técnico del CODISEC; el Memorándum Nº 0170-2019-MDA/A del Despacho de Alcaldía; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, la Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana Nº 27933 tiene por objeto el proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades, garantizar la seguridad, paz, tranquilidad, el cumplimiento y respeto de las garantías individuales y sociales a nivel nacional. Comprende a las personas naturales y jurídicas, sin excepción, que conforman la Nación Peruana; para ello establece que el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana (SINASEC) y los otros sistemas administrativos y funcionales del Estado coadyuvan a garantizar la seguridad ciudadana participando en los procesos y acciones que de ella se deriven. Componen el citado sistema, entre otros, los Comités Distritales de Seguridad Ciudadana (CODISEC); Que, conforme al artículo 13º del citado dispositivo los Comités Regionales, Provinciales y Distritales son los encargados de formular los planes, programas, proyectos y directivas de seguridad ciudadana, así como de ejecutar los mismos en sus jurisdicciones, en el marco de la política nacional diseñada por CONASEC; Que, el Reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, aprobado con Decreto Supremo Nº 011-2014-IN expresa en su artículo 46º, que los planes son los instrumentos de gestión que orientan el quehacer en materia de seguridad ciudadana en los ámbitos provincial y distrital con un enfoque de resultados. Contienen un diagnóstico del problema y establece una visión, objetivos estratégicos y específicos, actividades, indicadores, metas y responsables. Se elaboran en concordancia con los objetivos estratégicos contenidos en las políticas nacionales y regionales de carácter multianual. Estos planes se ajustan trimestralmente, de acuerdo al análisis del proceso de ejecución y de los resultados obtenidos

mediante la aplicación de los respectivos indicadores de desempeño; Que, asimismo el acotado Reglamento en su Artículo 28º, inciso b) establece que una de las funciones del CODISEC, es aprobar los planes, programas y proyectos en materia de seguridad ciudadana en el ámbito distrital; Que, el artículo 47º, in fine, del reglamento establece que además de su aprobación por los Comités Regionales, Provinciales y Distritales de Seguridad Ciudadana, los planes deberán ser ratificados por los Consejos Regionales de los Gobiernos Regionales y por los Concejos Municipales Provinciales y Distritales, según corresponda, a efectos de su obligatorio cumplimiento como políticas regionales, provinciales y distritales. De manera concordante, el artículo 30º, literal e) precisa que como Secretaría Técnica del CODISEC, la Gerencia de Seguridad Ciudadana de la Municipalidad Distrital, o el órgano que haga sus veces, tiene como función, entre otros, el presentar al Concejo Municipal Distrital el Plan de Seguridad Ciudadana aprobado por el CODISEC, para su ratificación mediante Ordenanza Municipal; Que, en tal sentido, con Informe Nº 03-2019-STCODISEC/MDA, el Secretario Técnico del CODISEC del Distrito de Ate, señala que de acuerdo a lo establecido en el Reglamento de la Ley Nº 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana, se aprobó el Plan Local de Seguridad Ciudadana de Ate 2019, el cual fuera aprobado en Sesión Ordinaria del CODISEC realizada el 18.01.2019, adjuntando el Acta correspondiente y solicitando además, que la misma sea ratificada mediante Ordenanza Municipal, conforme lo establece el Reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana; Que, el Plan Local de Seguridad Ciudadana de Ate 2019, proyecta asegurar una cultura de paz y convivencia social de respeto a los derechos humanos, fomentando en la población una conciencia de seguridad ciudadana; asimismo, constituye el instrumento base para diseñar objetivos, políticas y estrategias a corto plazo con la finalidad de mejorar los niveles de orden y seguridad mediante un trabajo integrado y sostenido de los organismos que conforman el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana y la Sociedad Civil; asimismo, se ha elaborado de acuerdo a los lineamientos establecidos en la Directiva Nº 001-2015-IN, aprobada mediante Resolución Ministerial Nº 010-2015-IN de fecha 09 de enero del 2015; Que, mediante Memorándum Nº 0170-2019-MDA/A, el Despacho de Alcaldía remite el Plan Local de Seguridad Ciudadana de Ate 2019, debiendo elevarse los actuados al Pleno del Concejo Municipal para su conocimiento, debate y pronunciamiento correspondiente; ESTANDO A LOS FUNDAMENTOS ANTES EXPUESTOS, EN USO DE LAS FACULTADES CONFERIDAS POR EL INCISO 8) DEL ARTÍCULO 9º DE LA LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES Nº 27972, CONTANDO CON EL VOTO POR UNANIMIDAD DE LOS SEÑORES REGIDORES ASISTENTES A LA SESIÓN DE CONCEJO DE LA FECHA, CON LA DISPENSA DEL TRÁMITE DE COMISIONES Y DEL TRÁMITE DE LECTURA Y APROBACIÓN DE ACTAS, SE HA DADO LA SIGUIENTE: ORDENANZA QUE RATIFICA EL PLAN LOCAL DE SEGURIDAD CIUDADANA DE ATE 2019 Artículo 1º.- RATIFICAR; el PLAN LOCAL DE SEGURIDAD CIUDADANA DE ATE 2019, aprobado por el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana CODISEC del Distrito de Ate, el mismo que como Anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza; en merito a los considerandos antes expuestos. Artículo 2º.- ENCARGAR; a la Gerencia Municipal, Gerencia de Seguridad Ciudadana, y demás unidades orgánicas pertinentes de la Corporación Municipal, el estricto cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo 3º.- ENCÁRGUESE; a Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano, a la Gerencia de Tecnologías de la Información la publicación del íntegro del Anexo mencionado en el Portal Web Institucional de la Municipalidad Distrital de Ate: www.muniate.gob.pe y a la Secretaría de Imagen Institucional y Comunicaciones la difusión correspondiente.

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