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5 NORMAS LEGALES Miércoles 13 de febrero de 2019 El Peruano / desagregación de los recursos autorizados en el párrafo 1.1 del artículo 1, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia de esta norma. Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el párrafo 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. 2.2 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codi fi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado, instruye a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes “Notas para Modificación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en esta norma. Artículo 3. Limitación al uso de los recursos Los recursos del Crédito Suplementario a que hace referencia el párrafo 1.1 del artículo 1 no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son incorporados. Artículo 4. Refrendo El Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Transportes y Comunicaciones y por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los trece días del mes de febrero del año dos mil diecinueve. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Transportes y Comunicaciones CARLOS OLIVA NEYRA Ministro de Economía y Finanzas 1741111-3 Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019 a favor de diversos Gobiernos Regionales DECRETO SUPREMO N° 050-2019-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, se aprueba, entre otros, el presupuesto institucional del pliego 011: Ministerio de Salud; Que, el párrafo 26.3 del artículo 26 de la Ley N° 30879 autoriza al Ministerio de Salud a efectuar modi fi caciones presupuestales en el nivel institucional, hasta por la suma de S/ 70 000 000,00 (SETENTA MILLONES Y 00/100 SOLES), a favor de los Gobiernos Regionales, para fi nanciar la continuidad de los servicios en los Centros de Salud Mental Comunitarios y Unidades de Hospitalización en Salud Mental y Adicciones, así como el “Plan de Intervención de Prevención y Control de Tuberculosis en Lima Metropolitana y Regiones Priorizadas de Callao, Ica, La Libertad y Loreto, 2018-2020”; disponiéndose que dichas modi fi caciones presupuestarias se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y la Ministra de Salud, a solicitud de esta última, a más tardar el 15 de febrero de 2019; Que, mediante el Informe N° 007-2019-OP-OGPPM/ MINSA, la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de Salud informa que cuenta con los recursos, en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, para efectuar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, a favor de diversos Gobiernos Regionales, para fi nanciar la continuidad de los servicios en los Centros de Salud Mental Comunitarios y Unidades de Hospitalización en Salud Mental y Adicciones, así como el “Plan de Intervención de Prevención y Control de Tuberculosis en Lima Metropolitana y Regiones Priorizadas de Callao, Ica, La Libertad y Loreto, 2018-2020”; en virtud de lo cual, mediante el O fi cio N° 094-2019-SG/MINSA, el citado Ministerio solicita dar trámite a la mencionada transferencia de recursos; Que, de acuerdo a la información proporcionada por el Ministerio de Salud y la información registrada en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público, la Dirección General de Gestión de Recursos Públicos del Ministerio de Economía y Finanzas, mediante Memorando N° 239-2019-EF/53.04, determina el costo para la contratación del personal bajo el régimen especial del Decreto Legislativo N° 1057, Decreto Legislativo que regula el régimen especial de contratación administrativa de servicios, para fi nanciar la continuidad de los servicios en los Centros de Salud Mental Comunitarios y Unidades de Hospitalización en Salud Mental y Adicciones, así como del “Plan de Intervención de Prevención y Control de Tuberculosis en Lima Metropolitana y Regiones Priorizadas de Callao, Ica, La Libertad y Loreto, 2018-2020”; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, hasta por la suma de S/ 43 215 394,00 (CUARENTA Y TRES MILLONES DOSCIENTOS QUINCE MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES), del pliego 011: Ministerio de Salud, a favor de diecinueve (19) Gobiernos Regionales, para fi nanciar la continuidad de los servicios en los Centros de Salud Mental Comunitarios y Unidades de Hospitalización en Salud Mental y Adicciones, así como el “Plan de Intervención de Prevención y Control de Tuberculosis en Lima Metropolitana y Regiones Priorizadas de Callao, Ica, La Libertad y Loreto, 2018-2020”; De conformidad con lo establecido en el párrafo 26.3 del artículo 26 de la Ley N° 30879; Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; DECRETA:Artículo 1.- Objeto1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, hasta por la suma de S/ 43 215 394,00 (CUARENTA Y TRES MILLONES DOSCIENTOS QUINCE MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES) del pliego 011: Ministerio de Salud a favor de diecinueve (19) Gobiernos Regionales, para financiar la continuidad de los servicios en los Centros de Salud Mental Comunitarios y Unidades de Hospitalización en Salud Mental y Adicciones, así como el “Plan de Intervención de Prevención y Control de Tuberculosis en Lima Metropolitana y Regiones Priorizadas de Callao, Ica, La Libertad y Loreto, 2018-2020”; de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 011 : Ministerio de SaludUNIDAD EJECUTORA 001 : Administración Central - MINSA PROGRAMA PRESUPUESTAL 0016 : TBC-VIH/SIDA PRODUCTO 3000001 : Acciones ComunesACTIVIDAD 5004433 : Monitoreo, Supervisión, Evaluación y Control de VIH/SIDA - Tuberculosis FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos OrdinariosGASTO CORRIENTE 2.4 Donaciones y Transferencias 13 407 323,00