Norma Legal Oficial del día 15 de febrero del año 2019 (15/02/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano / Viernes 15 de febrero de 2019

NORMAS LEGALES

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Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; en la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; en la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; en el Reglamento de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2006-ED y en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado mediante Decreto Supremo N° 005-2013-MC; SE RESUELVE: Artículo 1.- Declarar como Ambiente Urbano Monumental integrante del Patrimonio Cultural de la Nación, a la Plaza de Armas de Casma, ubicada en el distrito y provincia de Casma, departamento de Ancash, de acuerdo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Disponer que la realización de cualquier intervención al bien cultural declarado Patrimonio Cultural de la Nación, deberá contar con la autorización del Ministerio de Cultura. Artículo 3.- Remitir copia certificada de la presente Resolución Viceministerial al Gobierno Regional de Ancash, la Municipalidad Provincial de Casma y a la señora María Isabel Mónica Suárez Ubillus, para los fines consiguientes. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y la difusión de la propuesta técnica que motiva la declaratoria y la presente Resolución en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS GUILLERMO CORTÉS CARCELÉN Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales 1741002-1

DEFENSA
Aprueban desagregación de recursos autorizados mediante D.S. Nº 0472019-EF, en el Presupuesto Institucional del Ministerio para el Año Fiscal 2018, destinados al financiamiento del pago de obligaciones previsionales
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0170-2019-DE/SG Jesús María, 14 de febrero de 2019 VISTOS: El Oficio Nº 00244-2019-MINDEF/VRD-DGPPDIPP, del 14 de febrero del 2019, de la Dirección General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 00047-2019-MINDEF/VRD-DGPP-DIPP, del 14 de febrero de 2019, de la Dirección de Planeamiento y Presupuesto; y, el Informe Legal de la Oficina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto Público del Sector Público para el Año Fiscal 2019, se incluyen los recursos presupuestarios del Pliego 026 Ministerio de Defensa, por lo que a través de Resolución Ministerial Nº 1885-2018-DE/SG, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura del Año Fiscal 2019

del Pliego 026 Ministerio de Defensa, a nivel de Unidad Ejecutora, Función, División Funcional, Grupo Funcional, Actividad, Proyecto, Fuente de Financiamiento, Tipo de Transacción y Genérica del Gasto; Que, mediante el numeral 2 de la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas, para realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional, a favor de los pliegos Ministerio de Defensa y Ministerio del Interior con cargo a los recursos a los que se refiere el artículo 53 del Decreto Legislativo 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; Que, asimismo, la citada Disposición Complementaria Final establece que las referidas modificaciones presupuestarias en el nivel institucional, se aprueban mediante decreto supremo a propuesta del Ministerio de Defensa y del Ministerio del Interior, según corresponda, señalando que dichos recursos se incorporan en los presupuestos de los mencionados pliegos en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios; los pliegos Ministerio de Defensa y Ministerio del Interior, mediante resolución de su titular, que se publica en el diario oficial El Peruano, deben autorizar una transferencia financiera por el monto total de los recursos que les han sido transferidos en virtud de lo establecido en el párrafo precedente del presente numeral, a favor de la Caja de Pensiones Militar Policial (CPMP), para ser destinados exclusivamente al financiamiento del pago de las obligaciones previsionales a cargo de la CPMP; Que, a través del artículo 1 del Decreto Supremo Nº 047-2019-EF, publicado en la Edición Extraordinaria del Diario Oficial El Peruano el 13 de febrero de 2019, se autoriza una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019 a favor del Pliego 026: Ministerio de Defensa, hasta por el importe de TRESCIENTOS UN MILLONES CIENTO UN MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y DOS 00/100 SOLES (S/ 301 101 862,00), destinados a financiar el pago de las obligaciones previsionales a cargo de la Caja de Pensiones Militar Policial del Pliego 026 Ministerio de Defensa; Que, el artículo 2 del citado Decreto Supremo, establece que el Titular del pliego habilitado en la referida Transferencia de Partidas, aprueba mediante Resolución la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 del Decreto Supremo en mención, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de su vigencia; Que, el artículo 3 del citado Decreto Supremo, establece que el Pliego 026 Ministerio de Defensa, no podrá destinar, bajo responsabilidad, los recursos de la Transferencia de Partidas a fines distintos para los cuales son transferidos; Que, mediante Informe Nº 00047-2019-MINDEF/VRD/ DGPP/DIPP del 14 de febrero de 2019, la Dirección de Planeamiento y Presupuesto concluye que en atención a lo señalado en el mencionado Decreto Supremo, propone la desagregación de la Transferencia de Partidas a favor del Pliego 026: Ministerio de Defensa - Unidad Ejecutora 009: Oficina Previsional de las Fuerzas Armadas, hasta por el importe de TRESCIENTOS UN MILLONES CIENTO UN MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y DOS 00/100 SOLES (S/ 301 101 862,00), así como la autorización para realizar la transferencia financiera correspondiente a favor de la Caja de Pensiones Militar Policial (CPMP) para el pago de obligaciones previsionales a favor de personal pensionista a cargo de esta; Que, estando a lo propuesto por la Dirección General de Planeamiento y Presupuesto y, con el visto de la Oficina General de Asesoría Jurídica; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; la Directiva Nº 001-2019-EF/50.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria y el Decreto Supremo Nº 047-2019-EF, que autoriza Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019 a favor del Pliego Ministerio de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1.- Desagregación de recursos Apruébase la desagregación de los recursos autorizados mediante el Decreto Supremo Nº 047-2019-EF, en el

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