Norma Legal Oficial del día 15 de febrero del año 2019 (15/02/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

Viernes 15 de febrero de 2019 /

El Peruano

Que, el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, en su artículo 3 establece que "Los viajes al exterior con carácter oficial comprenden las modalidades siguientes: Comisión de servicio (...)"; Que, el Decreto Supremo Nº 001-2009-IN en su artículo 1 señala "Hacer extensivo al personal policial y civil de la Policía Nacional del Perú los alcances del Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG (...)"; Que, la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, aprobado por Ley Nº 30879, en su artículo 10 establece que "10.1. Durante el Año Fiscal 2019, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica (...) La autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias. (...)"; Que, mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, se aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, el cual en su artículo 2, referido al contenido del acto de autorización, establece que "La Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac. (...)"; Que, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM en su artículo 1 establece que "(...) La autorización de viajes al exterior de personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específico de la institución, conforme a la Ley Nº 27619 y el presente Reglamento"; Que, asimismo, el artículo 4 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM señala que "Las Resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Oficial El Peruano (...)"; Con la visación de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, mediante el cual se aprueba las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2017-IN. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Comandante de la Policía Nacional del Perú Luis Felipe Guevara Elías y del Suboficial Superior de la Policía Nacional del Perú Pedro Alberto Vidal Revelo, del 15 al 22 de febrero de 2019, a la ciudad de Milán, República Italiana, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos por concepto de viáticos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución son cubiertos con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos Importe US$ Días Pers. Total US$ 540.00 X 7 X 2 = 7,560.00

los quince (15) días calendario siguientes a la realización del presente viaje, un informe detallado donde se describa las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado; así como la rendición de cuentas debidamente documentada por los viáticos asignados. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS MORÁN SOTO Ministro del Interior 1741546-1

JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Aprueban el Presupuesto Analítico de Personal - PAP para el Año Fiscal 2019 del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0065-2019-JUS Lima, 13 de febrero de 2019 Vistos; el Informe N° 003-2019-OGRRHH-OGEC, de la Oficina de Gestión del Empleo y Compensación de la Oficina General de Recursos Humanos; el Oficio N° 247-2019-JUS/OGPM-OPRE, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Oficio N° 428-2019-JUS/OGRRHH, de la Oficina General de Recursos Humanos; y el Informe N° 139-2019-JUS/ OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, establece que esta entidad es un organismo del Poder Ejecutivo que tiene personería jurídica de derecho público y constituye pliego presupuestal; tiene la finalidad de promover y difundir los derechos humanos, postulando políticas de acceso a la justicia, con énfasis en las personas en condición de vulnerabilidad; asimismo, formula las políticas de defensa jurídica de los intereses del Estado y, en particular, contra los actos que afecten la probidad en el ejercicio de la función pública y vela por la vigencia del Estado Constitucional de Derecho y el fortalecimiento de la institucionalidad democrática, postulando la vigencia de los principios de igualdad, legalidad, transparencia, ética pública, seguridad jurídica y paz social; Que, mediante el Decreto Supremo N° 013-2017-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, se estableció la nueva estructura orgánica y las funciones de los Órganos y Unidades Orgánicas de la entidad; Que, con Resolución Ministerial N° 0185-2017-JUS, se aprueba el Cuadro para Asignación de Personal Provisional ­ CAP del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, en dicho contexto, mediante Resolución Ministerial N° 0169-2018-JUS, de fecha 19 de abril de 2018, se aprobó el Presupuesto Analítico de Personal para el año 2018; Que, posteriormente, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos mediante Resolución Ministerial N° 018-2019-JUS, de fecha 16 de enero de 2019, ha aprobado el reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional; por lo cual, la Oficina General de Recursos Humanos considera necesario actualizar el Presupuesto Analítico de Personal de nuestra institución; Que, el numeral 1 de la Segunda Disposición Transitoria del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF, establece que la

Artículo 3.- Disponer que el personal policial cuyo viaje se autoriza presente al Titular de la Entidad, dentro de

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