Norma Legal Oficial del día 15 de febrero del año 2019 (15/02/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

Viernes 15 de febrero de 2019 /

El Peruano

el régimen laboral especial de Contratación Administrativa de Servicios, regulado por el Decreto Legislativo Nº 1057; Que, el Cuadro para Asignación de Personal ­ CAP Provisional del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 091-2017-MIDIS y cuyo último reordenamiento se dio mediante Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 020-2019-FONCODES/DE, prevé que el cargo de Jefe de Unidad Territorial del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social, tiene la clasificación EC ­ Empleado de Confianza; Que, conforme lo señalado en el documento de visto, el cargo de confianza de Jefe de la Unidad Territorial Chiclayo del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social se encuentra presupuestada bajo el régimen laboral especial de Contratación Administrativa de Servicios, regulado por el Decreto Legislativo Nº 1057; Con el visto de la Unidad de Recursos Humanos y la Unidad de Asesoría Jurídica, De conformidad con la Ley Nº 29792, Ley de creación, organización y funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos y de acuerdo a las facultades contenidas en el Manual de Operaciones del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 228-2017-MIDIS. SE RESUELVE:

progresiva, y conforme lo determine la Dirección General de Presupuesto Público mediante Resolución Directoral; Que, mediante la Resolución Directoral N° 0012019-EF/50.01 se determina la vigencia de los artículos referidos en la Novena Disposición Complementaria Final del mencionado Decreto Legislativo, así como la progresividad de su implementación; Que, el artículo 2 de la mencionada Resolución Directoral dispone para el artículo 50 del Decreto Legislativo N° 1440, que los límites máximos de incorporación, para el caso de los Gobiernos Locales, se implementan desde el 1 de enero de 2020; debiéndose establecer, en el referido plazo, la implementación para las empresas y organismos públicos de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; Que, en el marco de lo señalado en el considerando precedente y de las facultades de la Dirección General de Presupuesto Público, establecidas en el artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1440, resulta necesario modificar la Resolución Directoral N° 001-2019-EF/50.01, a fin de determinar el plazo para la implementación progresiva del artículo 50 del mencionado Decreto Legislativo, respecto a las empresas y organismos púbicos de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; En uso de las facultades conferidas en el artículo 5 y en la Novena Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; SE RESUELVE:

Artículo 1.- Dar por concluida a partir de la fecha la designación del señor Ángel Dino Silva Castillo al cargo público de confianza de Jefe de la Unidad Territorial Chiclayo del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social ­ Foncodes, dispuesta mediante Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 040-2018-FONCODES/DE. Artículo 2.- Encargar el cumplimiento de la presente Resolución de Dirección Ejecutiva a la Unidad de Recursos Humanos. Artículo 3.- Encargar a la Unidad de Administración, la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social, en la fecha de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. HERNÁN PENA Director Ejecutivo Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social 1741534-1

Artículo 1.- Modifíquese el artículo 2 de la Resolución Directoral N° 001-2019-EF/50.01, a fin de determinar el plazo para incorporar en la implementación progresiva del artículo 50 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, respecto a las empresas y organismos públicos de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, conforme a lo siguiente:
ARTÍCULO Artículo 50 IMPLEMENTACIÓN/PROGRESIVIDAD Para el caso de los Gobiernos Locales, las Empresas y Organismos Públicos de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, los límites máximos de incorporación se implementan desde el 1 de enero de 2020.

Artículo 2.- La presente Resolución Directoral entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 3.- La presente Resolución Directoral se publica en el Diario Oficial El Peruano y en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.

ECONOMIA Y FINANZAS
Modifican la Resolución Directoral Nº 0012019-EF/50.01
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 010-2019-EF/50.01 Lima, 14 de febrero de 2019 CONSIDERANDO: Que, el artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, dispone que la Dirección General de Presupuesto Público es el ente rector y ejerce la máxima autoridad técnico-normativa del Sistema Nacional de Presupuesto Público, y tiene las funciones de programar, dirigir, coordinar y evaluar la gestión del proceso presupuestario, así como emitir las directivas y normas complementarias pertinentes; Que, conforme a la Novena Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1440, dicha norma entra en vigencia a partir del 01 de enero de 2019, salvo los artículos 16, 17, 21, 24, 25, 26, 27, 47, 50, 51, 58, 59, 60, 64 y 77, que se implementan de manera

MARÍA ANTONIETA ALVA LUPERDI Directora General Dirección General de Presupuesto Público 1741538-1

EDUCACION
Designan Director de Sistema Administrativo III de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto del PRONIED
RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA N° 016-2019-MINEDU/VMGI-PRONIED Lima, 14 de febrero de 2019 CONSIDERANDO: Que, con Decreto Supremo N° 004-2014-MINEDU, se creó el Programa Nacional de Infraestructura Educativa ­ PRONIED, con el objeto de ampliar, mejorar, sustituir, rehabilitar y/o construir infraestructura

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