Norma Legal Oficial del día 20 de febrero del año 2019 (20/02/2019)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 16

16

NORMAS LEGALES

Miércoles 20 de febrero de 2019 /

El Peruano

36 Ley N° 30879 se financia con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Educación, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público; Que, el artículo 123 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU, establece que la Dirección de Servicios Educativos en el Ámbito Rural es responsable de formular e implementar articuladamente las políticas, planes, propuestas pedagógicas de los servicios educativos brindados en instituciones educativas multigrado monolingüe castellano; así como los servicios educativos específicos para el ámbito rural; Que, mediante el Informe N° 002-2019-MINEDU/ VMGP-DIGEIBIRA-DISER, la Dirección de Servicios Educativos en el Ámbito Rural de la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural; remite una propuesta normativa que establece disposiciones que regulan los requisitos y el otorgamiento, ejecución y rendición de cuentas de los recursos financieros otorgados mediante subvenciones por parte del Ministerio de Educación a favor de entidades privadas sin fines de lucro e instituciones comprendidas en el Acuerdo Internacional aprobado por Decreto Ley Nº 23211, para la implementación de propuestas de servicio educativo en instituciones educativas públicas que brindan servicio bajo el "Modelo de Servicio Educativo Secundaria con Residencia Estudiantil en el ámbito rural", en el marco de lo establecido en el artículo 36 de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2019; Que, mediante Informe N° 107-2019-MIENDU/SPEOPEP-UPP, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica, emite opinión favorable respecto de la propuesta de Norma Técnica de Subvención elaborada por la Dirección de Servicios Educativos en el Ámbito Rural, por cuanto se mantiene alineado con los documentos de planificación institucional y, desde el punto de vista presupuestal, conforme a lo dispuesto en el artículo 36 de la Ley Nº 30879, el Ministerio de Educación cuenta con los recursos presupuestarios suficientes para su implementación hasta por la suma de S/ 3 500 000,00 (TRES MILLONES QUINIENTOS MIL Y 00/100 SOLES); Con el visado del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica, del Despacho Viceministerial de Gestión Institucional, de la Secretaría General, de la Secretaría de Planificación Estratégica, de la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural, de la Dirección de Servicios Educativos en el Ámbito Rural, de la Dirección General de Educación Básica Regular, de la Dirección de Educación Secundaria, de la Dirección General de Gestión Descentralizada, de la Dirección General de la Calidad de la Gestión Escolar, de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, de la Unidad de Planificación y Presupuesto, de la Oficina General de Administración, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad, con lo previsto en el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley N° 26510; Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019 y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N°001-2015-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la Norma Técnica que establece los requisitos y disposiciones para el otorgamiento, ejecución y rendición de cuentas de los recursos financieros otorgados mediante subvenciones por parte del Ministerio de Educación a favor de las entidades privadas sin fines de lucro e instituciones comprendidas en el Acuerdo Internacional aprobado por Decreto Ley N° 23211, para la implementación de propuestas de servicio educativo en Instituciones Educativas Públicas que brindan servicio bajo el modelo de servicio educativo secundaria con residencia estudiantil en el ámbito rural,

que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación - SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/ minedu), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano". Artículo 3.- Disponer la publicación de la Convocatoria para el otorgamiento de recursos financieros mediante subvenciones para la implementación de propuestas de servicio educativo en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL ALFARO PAREDES Ministro de Educación 1742389-1

Autorizan viaje de estudiantes y profesores a Rumanía, para participar en la 11th Romanian Master of Mathematics
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 067-2019-MINEDU Lima, 19 de febrero de 2019 Vistos, el Expediente Nº MPT2018-EXT-0255909, el Informe N° 00169-2019-MINEDU/SG-OGA-OL de la Oficina de Logística de la Oficina General de Administración, el Oficio N° 260-2019-MINEDU-VMGP/ DIGEBR, y el Informe N° 047-2019-MINEDU/VMGPDIGEBR-UAC de la Dirección General de Educación Básica Regular, el Informe N° 00020-2019-MINEDU/SGOGCI de la Oficina General de Cooperación y Asuntos Internacionales; y, CONSIDERANDO: Que, el Presidente de la Sociedad Rumana de Matemática, ha cursado invitación a la Comisión de Olimpiadas de la Sociedad Matemática Peruana para participar en el evento denominado 11th Romanian Master of Mathematics, a desarrollarse del 20 al 25 de febrero de 2019, en la ciudad de Bucarest, Rumanía; Que, mediante Carta de fecha 21 de diciembre de 2018, la Comisión de Olimpiadas de la Sociedad Matemática Peruana comunica al Ministerio de Educación la relación de estudiantes y profesores seleccionados para formar parte de la delegación que participará en la 11th Master of Mathematics; Que, el 11th Master of Mathematics es un evento que se caracteriza por su alto nivel de competencia, pues sólo participan los países que obtienen muy buenos resultados en la Olimpiada Internacional de Matemática y tiene como objetivos fomentar el desarrollo y las relaciones de amistad entre los estudiantes de los países participantes, y crear oportunidades de intercambio de información de programas escolares entre los mismo; Que, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 38 de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, se autoriza al Ministerio de Educación para atender, con cargo a su presupuesto institucional, la ejecución de un cronograma para la participación en eventos y competencias internacionales para la medición de los aprendizajes, el mismo que se aprueba mediante resolución ministerial; Que, de conformidad con lo establecido en el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, durante el presente año, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.