Norma Legal Oficial del día 22 de febrero del año 2019 (22/02/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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Departamento Provincia 1 Arequipa Castilla 2 Junín Concepción 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26

NORMAS LEGALES
Gobierno Local Municipalidad Distrital de Choco Municipalidad Distrital de San José de Quero Arequipa Castilla Municipalidad Distrital de Andagua Cusco La Convención Municipalidad Distrital de Megantoni Cusco Chumbivilcas Municipalidad Distrital de Llusco Ica Chincha Municipalidad Distrital de Chavín Cusco Cusco Municipalidad Distrital de Poroy Cusco Chumbivilcas Municipalidad Distrital de Colquemarca Cusco Calca Municipalidad Distrital de Lares Cusco Espinar Municipalidad Distrital de Alto Pichigua Cusco Canas Municipalidad Distrital de Checca Arequipa Arequipa Municipalidad Distrital de Characato Cusco Canchis Municipalidad Distrital de Pitumarca Cusco Canas Municipalidad Distrital de Kunturkanki Ica Nazca Municipalidad Distrital de Vista Alegre Cusco Urubamba Municipalidad Distrital de Maras Cusco Canas Municipalidad Distrital de Layo Junín Yauli Municipalidad Distrital de Santa Bárbara de Carhuacayán Arequipa Camaná Municipalidad Distrital de Samuel Pastor Cusco Espinar Municipalidad Distrital de Suyckutambo Cusco Paucartambo Municipalidad Distrital de Kosñipata Cajamarca Hualgayoc Municipalidad Distrital de Chugur Arequipa Caravelí Municipalidad Distrital de Bella Unión Cusco Quispicanchis Municipalidad Distrital de Cusipata Ica Pisco Municipalidad Distrital de Independencia Arequipa Caravelí Municipalidad Distrital de Chala

Viernes 22 de febrero de 2019 /

El Peruano

Artículo 3. Registro de órganos del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones Los Gobiernos Locales señalados en el artículo 1 de la presente resolución directoral deben realizar los registros de acuerdo a lo establecido por los artículos 6 y 7 de la Directiva N° 001-2019-EF/63.01, Directiva General del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobada por la Resolución Directoral N° 001-2019-EF/63.01, dentro del plazo de sesenta (60) días calendario contados a partir de la entrada en vigencia de la presente resolución directoral. Artículo 4. Fortalecimiento de capacidades y asistencia técnica La Dirección General de Inversión Pública del Ministerio de Economía y Finanzas incluye en su Plan de Desarrollo de Capacidades a los Gobiernos Locales señalados en el artículo 1 de la presente resolución directoral. Asimismo, brinda asistencia técnica en la programación multianual de inversiones, formulación y evaluación de los proyectos de inversión y aprobación de las inversiones de optimización, de ampliación marginal, de reposición y de rehabilitación en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones. Artículo 5. Publicación Dispóngase la publicación de la presente resolución directoral en el Diario Oficial "El Peruano" y en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www. mef.gob.pe) en la Sección de Inversión Pública. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL Única. Intervenciones a ejecutarse en situaciones que cuentan con declaratoria de Estado de Emergencia por peligro inminente Dispóngase que las inversiones de ampliación marginal y de rehabilitación por peligro inminente que se implementen para reducir los probables daños que pueda generar el inminente impacto de un fenómeno natural, se aprueban mediante el Formato N° 07-C: Registro de IOARR, antes del inicio de la fase de Ejecución. Dicha aprobación se realiza dentro del plazo que comprende la declaratoria de Estado de Emergencia o de su prórroga. Estas inversiones se ejecutan en un plazo de seis (06) meses desde la aprobación del expediente técnico o documento equivalente. A dichas inversiones no les resulta aplicable las fases de Programación Multianual de Inversiones y de Formulación y Evaluación del Ciclo de Inversión, asimismo no se realiza el registro del seguimiento de la ejecución mediante el Formato Nº 12-B: Seguimiento a la ejecución de inversiones de la Directiva Nº 001-2019-EF/63.01, Directiva General del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones. Regístrese, comuníquese y publíquese. SHEILAH MIRANDA LEO Directora General Dirección General de Inversión Pública 1743600-1

Artículo 2. Aplicación de las normas del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones por los Gobiernos Locales 2.1 Las normas del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones se aplican obligatoriamente a las inversiones de los Gobiernos Locales señalados en el artículo 1 de la presente resolución directoral que inicien su formulación y evaluación, en caso de proyectos de inversión, o registro y aprobación, en caso de inversiones de optimización, de ampliación marginal, de reposición y de rehabilitación, a partir de la entrada en vigencia de la presente resolución directoral. 2.2 Los referidos Gobiernos Locales aplican las disposiciones para la programación multianual de inversiones a partir del periodo 2021-2023. 2.3 A las inversiones de dichos Gobiernos Locales que cuenten con expediente técnico o documento equivalente aprobado o culminado, o se encuentren en elaboración por administración directa, o cuenten con contrato suscrito, o cuenten con proceso de selección convocado o adjudicado para su elaboración, o se encuentren en ejecución física, no les resulta aplicable las disposiciones del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, salvo lo previsto en el párrafo 2.4. 2.4 Si hasta el 31 de diciembre de 2019 las inversiones referidas en el párrafo 2.3 no cuentan con el expediente técnico o documento equivalente aprobado, estas deben ser formuladas, evaluadas y/o aprobadas en el marco de las disposiciones del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones.

EDUCACION
Aprueban 33 indicadores de brechas de infraestructura y acceso a servicios públicos correspondientes al Sector Educación elaborados y validados en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 071-2019-MINEDU Lima, 20 de febrero de 2019

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