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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE FEBRERO DEL AÑO 2019 (22/02/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 12

12 NORMAS LEGALES Viernes 22 de febrero de 2019 / El Peruano Departamento Provincia Gobierno Local 1 Arequipa Castilla Municipalidad Distrital de Choco2 Junín Concepción Municipalidad Distrital de San José de Quero 3 Arequipa Castilla Municipalidad Distrital de Andagua 4 Cusco La Convención Municipalidad Distrital de Megantoni 5 Cusco Chumbivilcas Municipalidad Distrital de Llusco6 Ica Chincha Municipalidad Distrital de Chavín7 Cusco Cusco Municipalidad Distrital de Poroy8 Cusco Chumbivilcas Municipalidad Distrital de Colquemarca 9 Cusco Calca Municipalidad Distrital de Lares 10 Cusco Espinar Municipalidad Distrital de Alto Pichigua 11 Cusco Canas Municipalidad Distrital de Checca 12 Arequipa Arequipa Municipalidad Distrital de Characato13 Cusco Canchis Municipalidad Distrital de Pitumarca 14 Cusco Canas Municipalidad Distrital de Kunturkanki 15 Ica Nazca Municipalidad Distrital de Vista Alegre 16 Cusco Urubamba Municipalidad Distrital de Maras17 Cusco Canas Municipalidad Distrital de Layo 18 Junín Yauli Municipalidad Distrital de Santa Bárbara de Carhuacayán 19 Arequipa Camaná Municipalidad Distrital de Samuel Pastor 20 Cusco Espinar Municipalidad Distrital de Suyckutambo 21 Cusco Paucartambo Municipalidad Distrital de Kosñipata22 Cajamarca Hualgayoc Municipalidad Distrital de Chugur 23 Arequipa Caravelí Municipalidad Distrital de Bella Unión 24 Cusco Quispicanchis Municipalidad Distrital de Cusipata25 Ica Pisco Municipalidad Distrital de Independencia 26 Arequipa Caravelí Municipalidad Distrital de Chala Artículo 2. Aplicación de las normas del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones por los Gobiernos Locales 2.1 Las normas del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones se aplican obligatoriamente a las inversiones de los Gobiernos Locales señalados en el artículo 1 de la presente resolución directoral que inicien su formulación y evaluación, en caso de proyectos de inversión, o registro y aprobación, en caso de inversiones de optimización, de ampliación marginal, de reposición y de rehabilitación, a partir de la entrada en vigencia de la presente resolución directoral. 2.2 Los referidos Gobiernos Locales aplican las disposiciones para la programación multianual de inversiones a partir del periodo 2021-2023. 2.3 A las inversiones de dichos Gobiernos Locales que cuenten con expediente técnico o documento equivalente aprobado o culminado, o se encuentren en elaboración por administración directa, o cuenten con contrato suscrito, o cuenten con proceso de selección convocado o adjudicado para su elaboración, o se encuentren en ejecución física, no les resulta aplicable las disposiciones del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, salvo lo previsto en el párrafo 2.4. 2.4 Si hasta el 31 de diciembre de 2019 las inversiones referidas en el párrafo 2.3 no cuentan con el expediente técnico o documento equivalente aprobado, estas deben ser formuladas, evaluadas y/o aprobadas en el marco de las disposiciones del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones.Artículo 3. Registro de órganos del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones Los Gobiernos Locales señalados en el artículo 1 de la presente resolución directoral deben realizar los registros de acuerdo a lo establecido por los artículos 6 y 7 de la Directiva N° 001-2019-EF/63.01, Directiva General del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobada por la Resolución Directoral N° 001-2019-EF/63.01, dentro del plazo de sesenta (60) días calendario contados a partir de la entrada en vigencia de la presente resolución directoral. Artículo 4. Fortalecimiento de capacidades y asistencia técnica La Dirección General de Inversión Pública del Ministerio de Economía y Finanzas incluye en su Plan de Desarrollo de Capacidades a los Gobiernos Locales señalados en el artículo 1 de la presente resolución directoral. Asimismo, brinda asistencia técnica en la programación multianual de inversiones, formulación y evaluación de los proyectos de inversión y aprobación de las inversiones de optimización, de ampliación marginal, de reposición y de rehabilitación en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones. Artículo 5. Publicación Dispóngase la publicación de la presente resolución directoral en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe) en la Sección de Inversión Pública. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL Única. Intervenciones a ejecutarse en situaciones que cuentan con declaratoria de Estado de Emergencia por peligro inminente Dispóngase que las inversiones de ampliación marginal y de rehabilitación por peligro inminente que se implementen para reducir los probables daños que pueda generar el inminente impacto de un fenómeno natural, se aprueban mediante el Formato N° 07-C: Registro de IOARR, antes del inicio de la fase de Ejecución. Dicha aprobación se realiza dentro del plazo que comprende la declaratoria de Estado de Emergencia o de su prórroga. Estas inversiones se ejecutan en un plazo de seis (06) meses desde la aprobación del expediente técnico o documento equivalente. A dichas inversiones no les resulta aplicable las fases de Programación Multianual de Inversiones y de Formulación y Evaluación del Ciclo de Inversión, asimismo no se realiza el registro del seguimiento de la ejecución mediante el Formato Nº 12-B: Seguimiento a la ejecución de inversiones de la Directiva Nº 001-2019-EF/63.01, Directiva General del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones. Regístrese, comuníquese y publíquese.SHEILAH MIRANDA LEO Directora GeneralDirección General de Inversión Pública 1743600-1 EDUCACION Aprueban 33 indicadores de brechas de infraestructura y acceso a servicios públicos correspondientes al Sector Educación elaborados y validados en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 071-2019-MINEDU Lima, 20 de febrero de 2019