Norma Legal Oficial del día 22 de febrero del año 2019 (22/02/2019)


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NORMAS LEGALES

Viernes 22 de febrero de 2019 /

El Peruano

procedimientos del citado Programa Nacional y de las normas que regulan los fondos que éste administra, y con cargo a su presupuesto, conforme a lo establecido en la Vigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019 y con la finalidad de contribuir al desarrollo productivo y del emprendimiento y la innovación. Artículo 2.- De la delegación de facultad otorgada La delegación de facultad otorgada en el artículo 1 de la presente Resolución comprende la atribución de decidir y resolver, pero no exime de la obligación de cumplir con los requisitos legales establecidos para el caso concreto, a fin de garantizar la correcta transparencia en la gestión pública, así como el control y la participación ciudadana. Artículo 3.- Monitoreo Las subvenciones que sean aprobadas en virtud de la facultad delegada, deben ser informadas trimestralmente por el/la Director/a Ejecutivo/a del Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura al Titular del Pliego, incluyendo la información sobre los avances físicos y financieros de las metas para los cuales fueron entregados los recursos; así como los resultados alcanzados y los beneficios generados por el otorgamiento de las subvenciones autorizadas. Artículo 4.- Mecanismos para la rendición de cuentas y evaluación 4.1 Aprobar los mecanismos para la rendición de cuentas de los recursos otorgados mediante subvenciones autorizadas en el marco de la presente Resolución, así como para la evaluación de los resultados alcanzados y los beneficios generados por el otorgamiento de las referidas subvenciones, los mismos que como anexo forman parte integrante de la presente Resolución. 4.2 El Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura debe adoptar las acciones conducentes a la implementación de los precitados mecanismos. Artículo 5.- Relación de Beneficiarios La relación de los beneficiarios de las subvenciones otorgadas por el Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura debe ser remitida semestralmente al Ministerio de la Producción para la respectiva publicación en su Portal Institucional. Artículo 6.- Vigencia La presente Resolución rige a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 7.- Notificación Notificar la presente Resolución a la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de la Producción, así como a la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura, para conocimiento y fines pertinentes. Artículo 8.- Publicación Publicar la presente Resolución y su anexo en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/ produce), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAÚL PÉREZ-REYES ESPEJO Ministro de la Producción 1743575-1

VISTOS: El Oficio Circular N° 010-2019-MINCETUR/ VMCE del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; el Informe N° 008-2019-INACAL/DN de la Dirección de Normalización del Instituto Nacional de Calidad INACAL; el Informe N° 008-2019-INACAL/OCOOP de la Oficina de Cooperación Internacional del INACAL; el Informe N° 018-2019-INACAL/OPP y los Memorandos Nos. 106 y 108-2019-INACAL/OPP de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto del INACAL; el Memorando N° 043-2019-INACAL/OA de la Oficina de Administración del INACAL; el Informe N° 172-2019-PRODUCE/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Oficio Circular N° 010-2019-MINCETUR/VMCE, el Viceministerio de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo informa al Instituto Nacional de Calidad - INACAL que la Primera Reunión de Altos Funcionarios (SOM I) y Reuniones Conexas del Foro de Cooperación Económica Asia - Pacífico (APEC), se llevarán a cabo en la ciudad de Santiago, República de Chile, del 23 de febrero al 08 de marzo de 2019; solicitándose la participación del INACAL en las reuniones de los grupos de trabajo relacionados a sus competencias institucionales, entre los cuales se encuentra el SCSC (Sub-Committee on Standards and Conformance) - Subcomité de Estándares y Conformidad; Que, con el Informe N° 008-2019-INACAL/DN, la Dirección de Normalización del INACAL señala que resulta conveniente la participación de la entidad en las reuniones del SCSC, las cuales se realizarán el 26 y 27 de febrero de 2019, debido a que se definirán y acordarán las actividades sobre los siguientes temas: alineación de las normas nacionales con las normas internacionales, mejora de la participación en el proceso de normalización internacional, fomento de la aplicación de buenas prácticas, cooperación con organismos regionales especializados, desarrollo de infraestructura técnica, intercambio de información y conocimientos en asuntos relacionados a estándares y conformidad; se precisa que dichos temas contribuirán al logro de los objetivos nacionales de crecimiento sostenido e inclusivo y de incremento de la competitividad; y se recomienda la participación de la señora Rocío Ingred Barrios Alvarado, Presidenta Ejecutiva del INACAL; Que, la Oficina de Cooperación Internacional del INACAL, mediante el Informe N° 008-2019-INACAL/ OCOOP, concluye que la participación del INACAL en las referidas reuniones permitirá cumplir con los compromisos asumidos con APEC, así como, profundizar los temas de agenda de interés del INACAL, tener continuidad en el SCSC, posicionar a dicha entidad en la región APEC y generar sinergias con otras economías; Que, con el Memorando N° 043-2019-INACAL/OA, la Oficina de Administración del INACAL remite, entre otros, el Informe N° 002-2019-INACAL/OA-CNT del Equipo Funcional de Contabilidad, que señala el monto de los viáticos a cubrir para la comisión de servicios; igualmente, remite el Informe N° 19-2019-INACAL/OA-ABAS del Equipo Funcional de Abastecimiento, que comunica el costo de los pasajes aéreos correspondientes, cotizados en tarifa económica; Que, mediante el Informe N° 018-2019-INACAL/ OPP, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto del INACAL indica que la Presidencia Ejecutiva de dicho organismo cuenta con disponibilidad presupuestal para el financiamiento de los gastos que irrogue el viaje en comisión de servicios; siendo así, emite los Memorandos Nos. 106 y 108-2019-INACAL/OPP con los cuales adjunta las Certificaciones de Crédito Presupuestario correspondientes; Que, la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, señalan que la Resolución de autorización de viaje al exterior debe sustentarse en el interés nacional o el interés específico institucional; asimismo, disponen que la autorización de viajes de los servidores y funcionarios públicos de los

Autorizan viaje de Presidenta Ejecutiva del Instituto Nacional de Calidad a Chile, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 058-2019-PRODUCE Lima, 21 de febrero de 2019

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