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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE FEBRERO DEL AÑO 2019 (27/02/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 65

M IÉRCOLES 27 DE FEBRERO DE 2019NORMAS LEGALESAÑO DE LA LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN Y LA IMPUNIDAD 1 Gerente de Publicaciones Oficiales (e): Carlos Amaya Alvarado SUMARIOAño XXXVI - Nº 14848 PODER EJECUTIVO PRODUCE D.S. N° 001-2019-PRODUCE.- Decreto Supremo que modifica el Anexo “L ista de Bienes Manufacturados Especializados producidos por las MYPE de los sectores Metalmecánica, Madera, Textil-Confecciones y Cuero, que pueden ser objeto de adquisición bajo los alcances del párrafo 2.3 del artículo 2 del Decreto de Urgencia N° 058-2011”, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2018-PRODUCE 1 PODER EJECUTIVO PRODUCE Decreto Supremo que modifica el Anexo “Lista de Bienes Manufacturados Especializados producidos por las MYPE de los sectores Metalmecánica, Madera, Textil-Confecciones y Cuero, que pueden ser objeto de adquisición bajo los alcances del párrafo 2.3 del artículo 2 del Decreto de Urgencia N° 058-2011”, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2018-PRODUCE DECRETO SUPREMO Nº 001-2019-PRODUCE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO:Que, el artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, establece que el citado Ministerio es competente en pesquería, acuicultura, industria, micro y pequeña empresa, comercio interno, promoción y desarrollo de cooperativas; es competente de manera exclusiva en materia de ordenamiento pesquero y acuícola, pesquería industrial, Acuicultura de Mediana y Gran Empresa (AMYGE), normalización industrial y ordenamiento de productos fi scalizados;Que, con el Decreto de Urgencia N° 058-2011 se establecen, entre otras, disposiciones que autorizan al Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social–FONCODES a gestionar, a través de la modalidad de núcleos ejecutores, la adquisición y distribución de bienes para su distribución a nivel nacional, a fi n de activar la productividad de las micro, pequeñas y medianas empresas (MYPE) manufactureras; Que, la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30818, Ley que modi fi ca el Decreto de Urgencia N° 058-2011, por el que se dictan medidas urgentes y extraordinarias en materia económica y fi nanciera para mantener y promover el dinamismo de la economía nacional, dispone que el Ministerio de la Producción aprueba, mediante decreto supremo, la Lista de Bienes Manufacturados Especializados producidos por las MYPE de los sectores Metalmecánica, Madera, Textil-Confecciones y Cuero, que pueden ser objeto de adquisición bajo los alcances del párrafo 2.3 del artículo 2 del Decreto de Urgencia N° 058-2011; Que, mediante el Decreto Supremo N° 005-2018- PRODUCE se aprueba, en Anexo, la “Lista de Bienes Manufacturados Especializados producidos por las MYPE de los sectores Metalmecánica, Madera, Textil-Confecciones y Cuero, que pueden ser objeto de adquisición bajo los alcances del párrafo 2.3 del artículo 2 del Decreto de Urgencia N° 058-2011”; Que, en este contexto, el Proyecto Especial para la Preparación y Desarrollo de los XVIII Juegos Panamericanos y Sextos Juegos Parapanamericanos del 2019, realizó coordinaciones con el Ministerio de la Producción, para determinar la posibilidad de atender, bajo los mecanismos de compras previstos en el Decreto de Urgencia N° 058-2011 y la Ley N° 30818, un requerimiento de uniformes deportivos y prendas de similar naturaleza que son necesarios para el personal que participa en el desarrollo del citado evento deportivo, coordinaciones que EDICIÓN EXTRAORDINARIA