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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE FEBRERO DEL AÑO 2019 (27/02/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 53

53 NORMAS LEGALES Miércoles 27 de febrero de 2019 El Peruano / Y DOS CON 80/100 SOLES), y el monto anual a S/ 14´813,498.56 (CATORCE MILLONES OCHOCIENTOS TRECE MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y OCHO CON 56/100 SOLES); iii. Conforme a los porcentajes de distribución establecidos en el artículo 29 de la LOP, corresponde distribuir el cuarenta por ciento (40%) en forma igualitaria entre todos los partidos políticos y alianzas de partidos políticos bene fi ciarios, y el sesenta por ciento (60%) en forma proporcional a los votos obtenidos por cada partido político o alianza de partidos políticos en la elección de representantes al Congreso de la República; y, En dicho marco, la ONPE mediante O fi cio Nº 000085- 2018-JN/ONPE del 14 de septiembre de 2018 presentó el proyecto de Presupuesto Institucional para el año fi scal 2019 (Pliego 032: ONPE) que incluyó el pedido de fi nanciamiento público directo del año 2019 por la suma de S/ 14´813,549.00 (CATORCE MILLONES OCHOCIENTOS TRECE MIL QUINIENTOS CUARENTA Y NUEVE CON 00/100 SOLES); Por su parte, la Vigésima Sétima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, dispone que la transferencia de la totalidad de los fondos a que hace referencia la Tercera Disposición Transitoria de la LOP, se efectúe con cargo al presupuesto institucional de la ONPE, quedando autorizada a otorgar, a partir de enero de 2019, en forma mensual, un doceavo de la totalidad de la subvención que le corresponde a cada partido político y alianza de partidos políticos bene fi ciarios. Dichas subvenciones se aprueban mediante resolución del titular de la ONPE que se publica en el diario o fi cial El Peruano; Mediante Resolución Jefatural N° 000313-2018-JN/ ONPE, emitida el 28 de diciembre de 2018, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al Año Fiscal 2019 del Pliego 032: ONPE por un total de S/ 66’306,841.00 (SESENTA Y SEIS MILLONES TRESCIENTOS SEIS MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y UNO CON 00/100 SOLES), habiéndose asignado en el Anexo 2 (Presupuesto Institucional de Apertura de los Gastos) al Programa Presupuestal 0125: Mejora de la E fi ciencia de los Procesos Electorales e Incremento de la Participación Política de la Ciudadanía (Producto 300656, Organizaciones Políticas con Apoyo en Procesos Electorales Democráticos, Actividad 5005026, Organizaciones Políticas con Fiscalización Financiera) el importe de S/ 14´813,499.00 (CATORCE MILLONES OCHOCIENTOS TRECE MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y NUEVE CON 00/100 SOLES) con cargo a la fuente Recursos Ordinarios, que permitirá cumplir con lo estipulado en la Vigésima Sétima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; Por otro lado, la Octogésima Novena Disposición Complementaria Final de la referida norma presupuestaria para el año 2019 autorizó a la ONPE en el Año Fiscal 2019, a: i) Pagar la totalidad de la subvención que le correspondió en año 2018, en el marco de la Trigésima Sétima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2018, a cada partido político y alianza de partidos políticos bene fi ciarios, comprendidos en el marco de la LOP, o, ii) De haberse efectuado alguno de los pagos mensuales a los partidos políticos y alianza de partidos políticos bene fi ciarios, se autoriza a dicha entidad a pagar la diferencia que correspondiera para completar el pago que se debió efectuar en el año fi scal 2018, hasta el 30 de junio de 2019 – la referida transferencia no se llevó a cabo por no haber mediado solicitud alguna de las organizaciones políticas bene fi ciaras –. Estas subvenciones se aprueban mediante resolución del titular de la ONPE, debiéndose publicar en el diario o fi cial El Peruano; A través del Decreto Supremo N° 024-2019-EF, publicado en el diario o fi cial El Peruano el 29 de enero de 2019, se autorizó la incorporación de recursos vía Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el año 2019 hasta por la suma de S/ 5´707,520.00 (CINCO MILLONES SETECIENTOS SIETE MIL QUINIENTOS VEINTE CON 00/100 SOLES) a favor del Pliego 032: ONPE, en el marco de lo dispuesto en la Octogésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; aprobándose, a través de la Resolución Jefatural N° 000054-2019-JN/ONPE, emitida el 01 de febrero de 2019, la desagregación de los referidos recursos; En virtud de lo expuesto, la Gerencia de Supervisión de Fondos Partidarios, a través del documento de vistos remite dos cuadros: i) El primero, que consolida el monto del fi nanciamiento público directo del año 2019 a otorgarse mensualmente a las organizaciones políticas bene fi ciarias – el mismo que como ANEXO 1 forma parte integrante de la presente resolución –; y, ii) El segundo, que consolida la totalidad de la subvención que correspondió otorgar en el año 2018 y que no fue entregado en el referido ejercicio fi scal, a cada partido político y alianza de partidos políticos bene fi ciarios del fi nanciamiento público directo – el mismo que como ANEXO 2 también forma parte integrante de la presente resolución –; En ese contexto, a partir del día siguiente hábil de publicada la presente Resolución Jefatural en el diario o fi cial El Peruano, se procederá a efectuar: i) Las transferencias interbancarias de las subvenciones del fi nanciamiento público directo correspondientes a los meses de enero y febrero del año 2019, en las cuentas del Banco de la Nación de las organizaciones políticas bene fi ciaras que hayan cumplido con los requisitos señalados en el Reglamento de Financiamiento y Supervisión de Fondos Partidarios, aprobado mediante Resolución Jefatural N° 000025-2018-JN/ONPE (en adelante, el RFSFP); y a partir del mes de marzo de 2019, las transferencias se realizaran dentro del tercer día hábil de cada mes; y, ii) Las transferencias interbancarias y el pago de la totalidad de las subvenciones del fi nanciamiento público directo correspondiente al año 2018, hasta el 30 de junio de 2019, a las organizaciones políticas bene fi ciarias indicadas en el ANEXO 2, previo cumplimiento de los requisitos señalados en el RFSFP; Finalmente, mediante Memorando Nº 000355-2019- GPP/ONPE del 18 de febrero de 2019, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto ha señalado que en el presente año 2019, se cuenta con recursos presupuestales por los importes de S/ 14´813,499.00 y S/ 5´707,520.00 para: i) El otorgamiento de la subvención en el año 2019 a favor de las organizaciones políticas bene fi ciarias comprendidas en el marco de la LOP; y, ii) La distribución a las organizaciones políticas del saldo del fi nanciamiento público directo correspondiente al año 2018, en aplicación de lo dispuesto en la Octogésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019. Asimismo, se señala que los recursos presupuestales están registrados en la Meta 0058 a cargo de la Gerencia de Supervisión de Fondos Partidarios, fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios-Especi fi ca del Gasto 2.5.2.1.1.99 A Otras Organizaciones; De conformidad con la facultad expresamente concedida por la Vigésima Sétima Disposición Complementaria Final y por la Octogésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; por el artículo 29 de la Ley N° 28094, Ley de Organizaciones Políticas, y las atribuciones contenidas en el artículo 13 de la Ley Nº 26487, Ley Orgánica de la ONPE y en el literal s) del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones de la ONPE, aprobado por la Resolución Jefatural Nº 063-2014-J/ONPE, y sus modi fi catorias; así como, en el artículo 10 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS; Con el visado de la Secretaría General y de las Gerencias de Supervisión de Fondos Partidarios, Planeamiento y Presupuesto, y de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar la transferencia fi nanciera y el otorgamiento mensual de la subvención