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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE FEBRERO DEL AÑO 2019 (27/02/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 52

52 NORMAS LEGALES Miércoles 27 de febrero de 2019 / El Peruano VISTA: La Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 299-2019-MP-FN, de fecha 13 de febrero de 2019. CONSIDERANDO:Que, al haberse originado un aumento desmedido de la carga laboral en la Fiscalía Provincial Especializada Contra el Crimen Organizado del Callao, Distrito Fiscal del Callao y con la fi nalidad de realizar un mejor ejercicio de sus funciones, en mérito a la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 238-2019-MP-FN, del 05 de febrero de 2019, se dispuso, entre otros, el traslado de una (01) plaza de Fiscal Provincial y dos (02) plazas de Fiscales Adjuntos Provinciales, todas de carácter permanente, con el correspondiente personal administrativo, de la Primera Fiscalía Provincial Corporativa Especializada Contra la Criminalidad Organizada de Ventanilla, Distrito Fiscal de Ventanilla, hacia el Distrito Fiscal del Callao, para constituir un nuevo Despacho Fiscal, dentro de la estructura de la Fiscalía Provincial Especializada Contra el Crimen Organizado del Callao. Que, mediante la Resolución de vista, se dispuso que la Resolución mencionada en el párrafo precedente suspenda sus efectos, hasta disposición en contrario, toda vez que, dado el incremento de personal, debían realizarse las acciones pertinentes para acondicionarse los ambientes en los que funcionaría el nuevo despacho fi scal. Que, la Fiscal de la Nación, como Titular del Ministerio Público, es la responsable de dirigir, orientar y formular la política institucional, debiendo adoptar las acciones que considere pertinentes, a fi n de fortalecer la función fi scal en el Subsistema de las Fiscalías Especializadas Contra la Criminalidad Organizada, garantizando de tal manera un servicio fi scal e fi ciente y oportuno. En tal sentido, al haberse culminado el proceso de implementación del nuevo Despacho Fiscal de la Fiscalía Provincial Especializada Contra el Crimen Organizado del Callao, para su correcto y adecuado funcionamiento; se hace necesario expedir el resolutivo correspondiente a través del cual se disponga que la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 238-2019-MP-FN, surta efectos. Que, por Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nros. 309 y 353-2019-MP-FN, de fechas 13 y 21 de febrero de 2019, se dejó sin efecto los artículos noveno y vigésimo primero, en el extremo que nombra al abogado Italo Enrique Zavaleta Paredes como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Callao y lo designa en el Despacho de la Fiscalía Provincial Especializada Contra el Crimen Organizado del Callao; y, los artículos séptimo y décimo noveno, respectivamente, de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 309-2019-MP-FN, de fecha 05 de febrero de 2019. Estando a lo expuesto, en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 158º de la Constitución Política del Estado y el artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE:Artículo Primero.- Disponer que, a partir de la fecha de publicación de la presente Resolución, surta efectos la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 238-2019-MP-FN, de fecha 05 de febrero de 2019. Artículo Segundo.- Dar por concluido el nombramiento de la abogada Roxana Madeleine Jáuregui Soto, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Ventanilla, y su designación en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Corporativa Especializada Contra la Criminalidad Organizada de Ventanilla, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 353-2019-MP-FN, de fecha 21 de febrero de 2019. Artículo Tercero.- Nombrar a la abogada Roxana Madeleine Jáuregui Soto, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Fiscal del Callao, designándola en el Despacho de la Fiscalía Provincial Especializada Contra el Crimen Organizado del Callao, con retención de su cargo de carrera.Artículo Cuarto.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia de Callao y Ventanilla, Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales de Callao y Ventanilla, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas Contra la Criminalidad Organizada, Gerencia General, Ofi cina General de Potencial Humano, O fi cina Central de Plani fi cación y Presupuesto, Equipo Técnico Institucional de Implementación del nuevo Código Procesal Penal, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y a los fi scales interesados. Regístrese, comuníquese y publíquese.ZORAIDA AVALOS RIVERA Fiscal de la Nación (i) 1744854-1 OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES Aprueban transferencia financiera y otorgamiento mensual de subvención de financiamiento público del año 2019 a favor de las organizaciones políticas beneficiarias RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000078-2019-JN/ONPE Lima, 26 de Febrero del 2019VISTOS: El Informe Nº 000057-2019-GSFP/ONPE, de la Gerencia de Supervisión de Fondos Partidarios; el Memorando Nº 000355-2019-GPP/ONPE, de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; así como el Informe Nº 000072-2019-GAJ/ONPE, de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y CONSIDERANDO:Mediante la Resolución Jefatural N° 000165-2017-JN/ ONPE, publicada en el diario o fi cial El Peruano el 8 de junio de 2017, la O fi cina Nacional de Procesos Electorales (en adelante, la ONPE) aprobó la transferencia fi nanciera y el otorgamiento mensual de la subvención del fi nanciamiento público directo del año 2017, a favor de las organizaciones políticas bene fi ciarias, con base en el artículo 29 y la Tercera Disposición Transitoria de la Ley Nº 28094, Ley de Organizaciones Políticas (en adelante, la LOP), y a la Nonagésima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; A través de la Resolución Jefatural N° 000046-2018- JN/ONPE, publicada en el diario o fi cial El Peruano el 23 de marzo de 2018, la ONPE aprobó la transferencia fi nanciera y el otorgamiento mensual de la subvención del fi nanciamiento público directo del año 2018, a favor de las organizaciones políticas bene fi ciarias, con base en el artículo 29 y la Tercera Disposición Transitoria de la LOP y a la Trigésima Sétima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; Conforme a lo desarrollado en las resoluciones referidas supra, se tiene que: i. El Jurado Nacional de Elecciones, mediante la Resolución N° 0660-2016-JNE, determinó qué organizaciones políticas superaron la barrera electoral y participaron de la distribución de escaños del Congreso de la República del período legislativo 2016-2021; y, por ende, son bene fi ciaras del fi nanciamiento público directo; ii. El monto determinado con base en el artículo 29 de la LOP de la subvención quinquenal (2017-2021) asciende a S/ 74´067,492.80 (SETENTA Y CUATRO MILLONES SESENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS NOVENTA