Norma Legal Oficial del día 28 de febrero del año 2019 (28/02/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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NORMAS LEGALES

Jueves 28 de febrero de 2019 /

El Peruano

tales propuestas tarifarias cumplan con las demás reglas establecidas en el Instructivo de Tarifas; Que, luego de evaluar las propuestas tarifarias presentadas por Telefónica, con su respectiva información de sustento, se ha comprobado que las tarifas propuestas para los Servicios de Categoría I pertenecientes a las Canastas C, D y E, que son consideradas en el presente ajuste trimestral correspondiente al periodo marzo ­ mayo 2019, cumplen con el nivel exigido por el Factor de Control aplicable y con las reglas establecidas en el Instructivo de Tarifas; Que, forma parte de la motivación y sustento de la presente resolución tarifaria el Informe Sustentatorio Nº 0018-GPRC/2019 elaborado por la Gerencia de Políticas Regulatorias y Competencia del OSIPTEL; Que, la presente resolución de Ajuste de Tarifas de los Servicios de Categoría I se emite en estricto cumplimiento del vigente régimen regulatorio estipulado en los precitados contratos de concesión; Que, en tal sentido, la tramitación del presente Procedimiento se efectúa sin perjuicio de la ejecución de lo dispuesto por la Resolución Nº 254-2018-CD/OSIPTEL, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 3 de diciembre de 2018, mediante la cual se sometió a consulta pública el Proyecto de Resolución para "Suprimir la Regulación Tarifaria de los Servicios de Categoría I y del Servicio de Llamadas Telefónicas Fijo-Móvil prestados por Telefónica"; En aplicación de lo previsto en los artículos 28, 33 y el inciso b) del artículo 75 del Reglamento General del OSIPTEL aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2001PCM, y estando a lo acordado por el Consejo Directivo del OSIPTEL en su Sesión Nº 699; SE RESUELVE: Artículo 1.- Fijar en 1.0000 el valor del Factor de Control aplicable para el Ajuste Trimestral de Tarifas Tope de los Servicios de Categoría I de las Canastas C, D y E, prestados por Telefónica del Perú S.A.A., que se establece mediante la presente resolución de acuerdo al régimen de fórmulas de tarifas tope. Artículo 2.- Establecer las variaciones de las tarifas tope para cada una de las Canastas de Servicios C, D y E, que regirán a partir del 1 de marzo de 2019, en cero por ciento (0.00%). Artículo 3.- Precisar que, conforme al ajuste tarifario establecido mediante la presente resolución, las tarifas tope de todos los Servicios de Categoría I prestados por Telefónica del Perú S.A.A. se mantienen en sus niveles vigentes, por lo que no se requiere una nueva publicación de dichas tarifas. Artículo 4.- Precisar que, de acuerdo al ajuste trimestral que se aprueba mediante la presente resolución, dentro del régimen de fórmulas de tarifas tope y según la normativa vigente, en las Canastas C, D y E no se cuenta con crédito en el presente ajuste tarifario. Artículo 5.- El incumplimiento de las disposiciones contenidas en la presente resolución, será sancionado conforme a lo previsto en los contratos de concesión de los que es titular Telefónica del Perú S.A.A. y de acuerdo a lo establecido en el Reglamento de Fiscalización, Infracciones y Sanciones aprobado por el OSIPTEL. Artículo 6.- Encargar a la Gerencia General disponer las acciones necesarias para que la presente resolución sea publicada en el Diario Oficial El Peruano. Asimismo, se encarga a dicha Gerencia General disponer las acciones necesarias para que la presente resolución, con su exposición de motivos y su Informe Sustentatorio, sean notificados a la empresa concesionaria Telefónica del Perú S.A.A. y se publiquen en el Portal Electrónico del OSIPTEL (página web institucional: http:// www.osiptel.gob.pe). Artículo 7.- La presente resolución entrará en vigencia el 1 de marzo de 2019. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAFAEL EDUARDO MUENTE SCHWARZ Presidente del Consejo Directivo 1744620-1

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS

AGENCIA DE PROMOCION DE LA INVERSION PRIVADA
Aprueban incorporación al proceso de promoción de la inversión privada del proyecto "Instalación del Hospital de Alta Complejidad de Essalud en el distrito de Piura, provincia y departamento de Piura
CONSEJO DIRECTIVO Sesión Nº 79 del 21 de febrero de 2019 ACUERDO CD PROINVERSIÓN Nª 79-1-2019-CD Vistos el Memorándum N° 35-2019/PROINVERSIONDE, la Resolución de la Dirección Ejecutiva Nº 082019/DPP/SAL.04, el Memorándum Nº 2-2019-CPSOPROINVERSION, el Acuerdo Comité Pro Social+ Nº 18-2-2019-Salud y el Resumen Ejecutivo Nº 2-2019/ DPP/SAL.04, se acuerda: 1. Aprobar la incorporación del proyecto "Instalación del Hospital de Alta Complejidad de Essalud en el distrito de Piura, provincia de Piura, departamento de Piura" al proceso de promoción de la inversión privada. 2. Aprobar que la modalidad de promoción de la inversión privada del referido proyecto, será la de Asociación Público Privada Cofinanciada. 3. Disponer la publicación del presente acuerdo en el portal institucional de PROINVERSIÓN y en el diario oficial "El Peruano". Transcribir el presente acuerdo al Director Ejecutivo, al Comité Especial de Inversión en Proyectos de Educación, Salud, Justicia, Turismo, Inmuebles y Mercado de Capitales y Otros Sectores o empresas públicas ­ PRO SOCIAL +, al Director de Portafolio de Proyectos y a la Directora de Proyecto, dispensándolo del trámite de lectura y aprobación de Acta. Lima, 26 de enero de 2019 CARLOS ALBÁN RAMÍREZ Secretario de Actas 1744927-1

Aprueban incorporación del proyecto "Creación del Hospital de Alta Complejidad de la Red Asistencial Ancash - ESSALUD en el distrito de Nuevo Chimbote, provincia del Santa, departamento de Ancash" al proceso de promoción de la inversión privada
CONSEJO DIRECTIVO Sesión Nº 79 del 21 de febrero de 2019 ACUERDO CD PROINVERSIÓN N° 79-2-2019-CD Vistos el Memorándum N° 36-2019/PROINVERSIONDE, la Resolución de la Dirección Ejecutiva Nº 092019/DPP/SAL.04, el Memorándum Nº 1-2019-CPSOPROINVERSION, el Acuerdo Comité Pro Social+ Nº 18-1-2019-Salud y el Resumen Ejecutivo Nº 1-2019/ DPP/SAL.04, se acuerda: 1. Aprobar la incorporación del proyecto "Creación del Hospital de Alta Complejidad de la Red Asistencial Ancash- ESSALUD en el distrito de Nuevo Chimbote,

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