Norma Legal Oficial del día 28 de febrero del año 2019 (28/02/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 64

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NORMAS LEGALES

Jueves 28 de febrero de 2019 /

El Peruano

Ejecutivo del Poder Judicial, Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura, Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal, Presidente de la Junta de Fiscales Superiores de Ventanilla, Director Distrital de la Defensa Pública de Ventanilla, Jefe de la Región Policial Callao, Región Policial de Lima, Jefe del Departamento de Investigación Criminal de Ventanilla, Administración Distrital de esta Corte Superior e interesados. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. CHRISTIAN ARTURO HERNANDEZ ALARCON Presidente 1745073-1

ORGANISMOS AUTONOMOS

JURADO NACIONAL DE ELECCIONES
Convocan a ciudadana para que asuma cargo de regidora del Concejo Provincial de Ascope, departamento de La Libertad
RESOLUCIÓN Nº 2623-2018-JNE Expediente Nº J-2018-00620 ASCOPE - LA LIBERTAD CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO LICENCIA Lima, cinco de setiembre de dos mil dieciocho VISTOS los Oficios Nº 255-2018-MPA y Nº 401-2018-MPA/A, presentado el 25 de junio y 29 de agosto de 2018, por Samuel Leiva López, alcalde de la Municipalidad Provincial de Ascope, departamento de La Libertad, mediante los cuales comunicó la licencia, sin goce de haber, que le fue concedida al regidor Julio César Cáceres Sánchez. CONSIDERANDOS 1. Mediante el Decreto Supremo Nº 004-2018-PCM, publicado en el diario oficial El Peruano, con fecha 10 de enero de 2018, se convocó a Elecciones Regionales de gobernadores, vicegobernadores y consejeros regionales de los Gobiernos Regionales de los departamentos de toda la República y de la Provincia Constitucional del Callao, así como a Elecciones Municipales de alcaldes y regidores de los concejos provinciales y Provinciales de todo el país, para el domingo 7 de octubre del presente año. 2. El literal e del numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales, dispone que no pueden ser candidatos en las elecciones municipales los trabajadores y funcionarios de los Poderes Públicos, así como de los organismos y empresas del Estado y de las Municipalidades, si no solicitan licencia, sin goce de haber, la misma que tendrá eficacia a partir del 7 de setiembre de 2018, treinta (30) días calendario antes de la fecha de elecciones. 3. Esta disposición también es de aplicación para el caso de los alcaldes y regidores que quieran ser candidatos en las Elecciones Municipales 2018, dada su condición de funcionarios públicos elegidos por voto popular, razón por la cual deben solicitar licencia conforme se expresa en el considerando precedente. 4. Asimismo, de acuerdo con el artículo cuarto de la Resolución Nº 0081-2018-JNE, publicada en el diario oficial El Peruano, con fecha 9 de febrero de 2018, se precisa que las licencias que se soliciten con el objeto de ser candidato a los cargos de alcalde, regidor o consejero regional culminan el día de la elección; en ese sentido, las autoridades deben reasumir sus funciones al día siguiente (9 de octubre de 2018).

5. Con fecha 30 de mayo de 2018 (fojas 13), Julio César Cáceres Sánchez, regidor del Concejo Provincial de Ascope, con motivo de su participación en las Elecciones Municipales 2018, presentó su solicitud de licencia, sin goce de haber, siendo esta concedida mediante Acuerdo de Concejo Nº 055-2018-MPA, de fecha 22 de junio de 2018 (fojas 4 y 5) desde el 6 de setiembre por el lapso de treinta (30) días, sin embargo esta debe ser concedida por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018. 6. En el presente caso, se aprecia que el regidor presentó su solicitud de licencia dentro del plazo previsto, siendo esta aprobada por el concejo municipal, por lo que, en cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolución Nº 0081-2018-JNE, así como en aplicación supletoria del numeral 2, del artículo 24, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, resulta procedente convocar a la regidora Graciela Lida Maria Arce Rodríguez, identificada con DNI Nº 45647596, candidata no proclamada de la organización política Partido Aprista Peruano, conforme a la información remitida por el Jurado Electoral Especial de Pacasmayo, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2014. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Julio César Cáceres Sánchez, regidor del Concejo Provincial de Ascope, departamento de La Libertad, por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y el 7 de octubre de 2018. Artículo Segundo.- CONVOCAR a Graciela Lida Maria Arce Rodríguez, identificada con DNI Nº 45647596, para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidora del Concejo Provincial de Ascope, departamento de La Libertad, por el periodo comprendido entre el 7 de setiembre y 7 de octubre de 2018, otorgándosele la correspondiente credencial que la faculta como tal. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TICONA POSTIGO ARCE CÓRDOVA CHANAMÉ ORBE CHÁVARRY CORREA RODRÍGUEZ VÉLEZ Concha Moscoso Secretaria General 1745067-2

Convocan a ciudadana para que asuma cargo de regidora del Concejo Distrital de Huaura, provincia de Huaura, departamento de Lima
RESOLUCIÓN Nº 2897-2018-JNE Expediente Nº J-2018-00548 HUAURA - HUAURA - LIMA CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO LICENCIA Lima, siete de setiembre de dos mil dieciocho VISTO el Oficio Nº 088-2018-SG-MDH, del 20 de julio de 2018, presentado por Mónica Ruth Gutiérrez

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