Norma Legal Oficial del día 05 de junio del año 2019 (05/06/2019)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 32

32

NORMAS LEGALES

Miércoles 5 de junio de 2019 /

El Peruano

Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social ­ GRIAS del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil ­RENIEC, las cuales prestarán servicios dentro de las Plataformas Itinerantes de Acción Social ­ PIAS, para la tramitación de los procedimientos de inscripción de nacimiento, así como obtención del documento nacional de identidad, para mayores y menores de edad; Que posteriormente, mediante Resolución Jefatural Nº 51-2018/JNAC/RENIEC (03MAY2018) se autorizó para el año 2018, la ampliación del funcionamiento de las Oficinas Registrales Móviles -ORM, a cargo de la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social ­ GRIAS del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil ­RENIEC, las cuales prestarán servicios dentro de las Plataformas Itinerantes de Acción Social ­ PIAS; Que en atención a ello, mediante los documentos de vistos, la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social, solicita para el año 2019, la ampliación de la Resolución Jefatural Nº 06-2017/JNAC/RENIEC (20ENE2017); Que la Gerencia de Planificación y Presupuesto, mediante los documentos de vistos, considera viable la propuesta alcanzada por la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social respecto a la continuidad del funcionamiento de las Oficinas Registrales Móviles ­ ORM, para que presten servicios dentro de las Plataformas Itinerantes de Acción Social (PIAS) para el año 2019; Que de igual forma, la Gerencia General mediante el documento de vistos, emite opinión favorable respecto a lo solicitado por la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social; Que teniendo en cuenta lo opinado por los órganos competentes, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que resulta legalmente viable la emisión de la Resolución Jefatural correspondiente; Que se hace necesario hacer de conocimiento lo dispuesto en la presente Resolución Jefatural a la ciudadanía; y, Que mediante la Resolución Jefatural Nº 15-2019/ JNAC/RENIEC (05FEB2019) se declara que el señor Bernardo Juan Pachas Serrano, en su calidad de Gerente General, asume interinamente las funciones de Jefe Nacional del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, en tanto se designe al nuevo titular de la institución y este asuma las funciones que por ley le corresponden; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y conforme a las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, el Reglamento de las Inscripciones del RENIEC, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, el Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 73-2016-JNAC/RENIEC (31MAY2016), modificada en parte mediante Resolución Jefatural Nº 135-2016-JNAC/RENIEC (11OCT2016) y lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, modificado en parte por el Decreto Supremo Nº 014-2012-JUS, Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la ampliación del funcionamiento de las Oficinas Registrales Móviles -ORM, a cargo de la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social ­ GRIAS del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil ­RENIEC, las cuales prestarán servicios dentro de las Plataformas Itinerantes de Acción Social ­ PIAS, para la tramitación de los procedimientos de inscripción de nacimiento, así como obtención del documento nacional de identidad, para mayores y menores de edad. Artículo Segundo.- Durante el funcionamiento de las Oficinas Registrales Móviles en las PIAS, se deberán seguir los siguientes lineamientos: a) La Oficina Registral Móvil tendrá como ámbito de competencia la circunscripción de la región comprensión de la Jefatura Regional que corresponda, dado que al registrador por desplazamiento podrá superponerse a la

competencia territorial de una o más oficinas registrales, debiendo reconocérsele como su deber funcional la atención a personas no atendidas por la oficina local competente. b) A la Oficina Registral Móvil se le asignará un código de local, el cual le permitirá se le asigne válidamente los elementos registrales requeridos. c) El personal registral que la integre y administre será el de la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social, por razón de especialidad. d) El registro de inscripción de nacimientos se efectuará en forma manual, tanto para menores como mayores de edad. e) La emisión de la primera certificación se efectuará por parte de la Oficina Registral o Agencia adscrita a la Jefatura regional correspondiente, así como en toda aquella donde se implemente la estrategia de Acción Social con Sostenibilidad (EASS), sobre la base del acta matriz para su entrega gratuita en el desplazamiento de retorno. f) A la Oficina Registral Móvil se le asignará un código de local que funcionará en cada embarcación y cuenca. Artículo Tercero.- Disponer que los gastos relacionados con la ejecución de lo dispuesto en la presente Resolución Jefatural, serán financiados con cargo a las transferencias de partidas que el MIDIS efectuara en el marco de la Décima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019. Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social ­ GRIAS, la implementación de lo dispuesto en la presente Resolución Jefatural. Artículo Quinto.- Encargar a la Gerencia de Imagen Institucional la difusión del contenido de la misma para la publicidad a la población. Regístrese, publíquese y cúmplase. BERNARDO JUAN PACHAS SERRANO Jefe Nacional (i) 1775814-1

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Huancayo S.A. la apertura de oficinas en los departamentos de Ica y Lima
RESOLUCIÓN SBS Nº 2297-2019 Lima, 22 de mayo de 2019 EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS (a.i.) VISTA: La solicitud presentada por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Huancayo S.A. (en adelante, la Caja) para que esta Superintendencia le autorice la apertura de cuatro oficinas, bajo la modalidad de agencia, ubicadas en los departamentos de Ica y Lima; y. CONSIDERANDO: Que, en sesión de Directorio de fecha 22.03.2019. dicho órgano de dirección aprobó la Programación Anual de Oficinas para el año 2019, la cual incluía la apertura de las citadas agencias, y que dichas aperturas fueron ratificadas en sesiones de Directorio de fechas 06.04.2019 y 27.04.2019;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.