Norma Legal Oficial del día 05 de junio del año 2019 (05/06/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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NORMAS LEGALES

Miércoles 5 de junio de 2019 /

El Peruano

MUNICIPALIDAD DE PUENTE PIEDRA
Ordenanza que ratifica el Plan Local de Seguridad Ciudadana 2019
ORDENANZA Nº 363-MDPP Puente Piedra, 29 de mayo de 2019 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUENTE PIEDRA VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 29 de mayo de 2019, el Informe Técnico Nº 025-2019/ CODISEC/ GSC/MDPP del Secretario Técnico del Comité de Seguridad Ciudadana de Puente Piedra, donde solicita la ratificación de la aprobación del Plan Local de Seguridad Ciudadana 2019 del Distrito de Puente Piedra, el Informe Nº 168-2019-GLySG/MDPP de la Gerencia Legal y Secretaría General; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de La Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Esta autonomía de las municipalidades radica en la facultad de ejercer gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el literal e) del artículo 43º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, establece que la Seguridad Ciudadana es competencia compartida de las municipalidades, asimismo el artículo 85º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los Gobiernos Locales tienen competencia en materia de Seguridad Ciudadana, respectivamente; Que, mediante Ley Nº 27933, se crea el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana ­ SINASEC y el Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana ­ CONASEC, reglamentada por Decreto Supremo Nº 011-2014-IN, normando en sus artículos pertinentes la organización y funcionamiento de los Comités de Seguridad Ciudadana en las corporaciones municipalidades del país, cuyas competencias sobre seguridad ciudadana están establecidas en el artículo 85º numeral 3.1 de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades; Que, el artículo 2º de la Ley Nº 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, señala que Se entiende por Seguridad Ciudadana, para efectos de esta Ley, a la acción integrada y articulada que desarrolla el Estado, en sus tres niveles de gobierno, con la participación del sector privado, la sociedad civil organizada y la ciudadanía, destinada a asegurar la convivencia pacífica, la erradicación de la violencia y la utilización pacífica de las vías y espacios públicos. Del mismo modo, contribuir a la prevención de la comisión de delitos y faltas; Que, el artículo 17º de la Ley Nº 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana establece que los Comités Regionales, Provinciales y Distritales de Seguridad Ciudadana tiene entre sus funciones ejecutar los planes, programas y proyectos de Seguridad Ciudadana dispuestos por el Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana; Que, según lo dispuesto en el artículo 30º del Decreto Supremo Nº 011-2014-IN, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 27933, Ley del Sistema de Seguridad Ciudadana, la Gerencia de Seguridad Ciudadana de la Municipalidades con competencia Distrital, asume las funciones de Secretaría Técnica de los CODISEC, cuyo cargo es indelegable bajo responsabilidad siendo uno de sus funciones presentar al Concejo Municipal Distrital el Plan de Seguridad Ciudadana aprobado por el CODISEC, para su ratificación mediante Ordenanza Municipal; Que mediante Acta I Sesión Ordinaria del CODISEC ­

2019, de fecha 30 de enero de 2019, se expuso y sustento el Plan Local de Seguridad Ciudadana de Puente Piedra 2019, el cual fue aprobado por unanimidad por los integrantes del CODISEC; Que, el Plan Local de Seguridad Ciudadana debe ser ratificado por el Concejo Municipal para efectos de su obligatorio cumplimiento como Política Distrital de acuerdo a lo establecido en el artículo 47º del Reglamento de la Ley Nº 27933, Ley del Sistema de Seguridad Ciudadana aprobado mediante Decreto Supremo Nº 011-2014-IN, el cual señala que además de su aprobación por el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana, el Plan deberá ser ratificado por el Concejo Municipal Distrital; Que, mediante Informe Técnico Nº 025-2019/ CODISEC/GSC/MDPP del Secretario Técnico del Comité de Seguridad Ciudadana, solicita se proceda a ratificar mediante Ordenanza el Plan Local de Seguridad Ciudadana 2019 del Distrito de Puente Piedra; Que, mediante Informe Nº 168-2019-GLySG/MDPP, la Gerencia Legal y Secretaría General opina de manera favorable a la Ratificación del Plan Local de Seguridad Ciudadana 2019 del Distrito de Puente Piedra; Que, estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por los artículos 9º, 39º y 40º de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, con el Dictamen Nº 021-2019-COAJP-CM/MDPP favorable de la Comisión Ordinaria de Asunto Jurídico, con el voto UNANIME del Pleno del Concejo Municipal, con la dispensa de la lectura y aprobación del acta se ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE RATIFICA EL PLAN LOCAL DE SEGURIDAD CIUDADANA 2019 DEL DISTRITO DE PUENTE PIEDRA Artículo Primero.- RATIFICAR el Plan Local de Seguridad Ciudadana 2019 del Distrito de Puente Piedra, aprobado por el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana­CODISEC, cuyo anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Seguridad Ciudadana. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Legal y Secretaría General, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Innovación Tecnológica la publicación del texto de la presente Ordenanza y el Plan Local de Seguridad Ciudadana 2019 del Distrito de Puente Piedra en el portal web institucional. Regístrese, comuníquese y cúmplase. RENNAN SANTIAGO ESPINOZA VENEGAS Alcalde 1775816-1

Adecúan eliminan y actualizan diversos procedimientos administrativos en el TUPA de la Municipalidad
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 008-2019-DA/MDPP Puente Piedra, 15 de abril del 2019 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE PUENTE PIEDRA VISTO: El Memorándum Nº 164-2019-GPP/MDPP de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, la cual remite la Propuesta de Actualización del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra, Informe Nº 205-2019-SGACGM/MDPP de la Subgerencia de Atención al Ciudadano, Informe Nº 041-2019-SGPII/GPP/MDPP de la Subgerencia de Planificación Institucional e Inversiones, el Memorándum Nº 551-2019/MDPP-GDU-SGAM de la Subgerencia de Autorizaciones Municipales, Informe Técnico Nº 001-2019-GAF/MDPP de la Gerencia de

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