Norma Legal Oficial del día 05 de junio del año 2019 (05/06/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO: 09.2.b EDIFICACIONES CALIFICADAS CON NIVEL DE RIESGO MUY ALTO LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO: EDIFICACIONES CALIFICADAS CON NIVEL DE RIESGO MUY ALTO - MERCADOSDE ABASTOS, GALERÍAS COMERCIALES Y CENTROS COMERCIALES (LICENCIA CORPORATIVA) LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO: CESIONARIOS EN EDIFICACIONES CALIFICADAS CON NIVEL DE RIESGO BAJO

NORMAS LEGALES
630.90 6.95

Miércoles 5 de junio de 2019 /

El Peruano

LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO PARA EDIFICACIONES CALIFICADAS CON NIVEL DE RIESGO MUY ALTO (CON ITSE PREVIA) LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO CORPORATIVA PARA MERCADOS DE ABASTOS, GALERÍAS COMERCIALES Y CENTROS COMERCIALES (CON ITSE PREVIA)

630.50

09.3

669.70

6.96

593.90

09.4.a

122.20 LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO PARA CESIONARIOS CALIFICADOS CON NIVEL DE RIESGO MEDIO (CON ITSE POSTERIOR) LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO PARA CESIONARIOS CALIFICADOS CON NIVEL DE RIESGO ALTO (CON ITSE PREVIA) LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO PARA CESIONARIOS CALIFICADOS CON NIVEL DE RIESGO MUY ALTO (CON ITSE PREVIA) TRANSFERENCIA DE LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO O CAMBIO DE DENOMINACIÓN O NOMBRE COMERCIAL DE LA PERSONA JURÍDICA CESE DE ACTIVIDADES

LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO: CESIONARIOS 09.4.b EN EDIFICACIONES CALIFICADAS CON NIVEL DE RIESGO MEDIO 09.5.a LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO: CESIONARIOS EN EDIFICACIONES CALIFICADAS CON NIVEL DE RIESGO ALTO

138.70

6.97

106.20

287.70

6.98

283.90

LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO: CESIONARIOS 09.5.b EN EDIFICACIONES CALIFICADAS CON NIVEL DE RIESGO MUY ALTO 09.6 TRANSFERENCIA DE LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO MODIFICACIÓN DE DATOS DE LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO POR CAMBIO DE DENOMINACIÓN O NOMBRE COMERCIAL DE LA PERSONA JURÍDICA CESE DE ACTIVIDADES

509.50 18.60

6.99

502.10

6.100 18.60 GRATUITO 6.101

18.00

09.7 09.8

GRATUITO

Artículo Segundo.- ELIMINAR los procedimientos administrativos 09.4.a) LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO: CESIONARIOS EN EDIFICACIONES CALIFICADAS CON NIVEL DE RIESGO BAJO y 09.7. MODIFICACIÓN DE DATOS DE LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO POR CAMBIO DE DENOMINACIÓN O NOMBRE COMERCIAL DE LA PERSONA JURÍDICA del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra, debido a que no están considerados como procedimientos administrativos estandarizados de Licencia de Funcionamiento aprobados mediante D.S. Nº 045-2019-PCM. Artículo Tercero.- ACTUALIZAR el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra en virtud de la aprobación del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante D.S. Nº 004-2019-PCM y la modificación del Reglamento de Organización y Funciones y Estructura Orgánica, mediante Ordenanza Nº 352-MDPP, el cual se encuentra anexo al presente. Artículo Cuarto.- MODIFICAR la numeración de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra, como consecuencia de la presente adecuación. Artículo Quinto.- DISPONER que los derechos de trámite a los que hace referencia el artículo primero, sean

exigibles a partir del día siguiente de la publicación del presente Decreto. Artículo Sexto.- MODIFICAR el Formato de Declaración Jurada para Licencia de Funcionamiento, aprobado mediante D.S. Nº 046-2017-PCM, conforme al anexo adjunto. Artículo Séptimo.- ENCARGAR a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto a través de la Subgerencia de Planificación Institucional e Inversiones y a la Gerencia de Desarrollo Urbano a través de la Subgerencia de Autorizaciones Municipales el cumplimiento del presente Decreto. Artículo Octavo.- ENCARGAR a la Gerencia Legal y Secretaría General, la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Noveno.- ENCARGAR a la Gerencia de Innovación Tecnológica la publicación del texto y los anexos del presente Decreto de Alcaldía en el portal web institucional. Regístrese, comuníquese y cúmplase. RENNAN SANTIAGO ESPINOZA VENEGAS Alcalde 1775398-1 de la Oficina de Asesoría Jurídica, y el Memorándum Nº 649-2019-MSB-GM de la Gerencia Municipal, sobre la propuesta de Proyecto de Ordenanza que Ratifica el Plan Local de Seguridad Ciudadana del Distrito de San Borja del 2019; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, dicha autonomía conforme lo establece el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, radica en ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, de acuerdo al artículo 73º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, las municipalidades tomando en cuenta su condición de municipalidad provincial o distrital asume las competencias y ejercen las

MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA
Ratifican el "Plan Local de Seguridad Ciudadana del Distrito de San Borja correspondiente al Ejercicio 2019"
ORDENANZA Nº 626-MSB San Borja, 16 de mayo del 2019. EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN BORJA VISTOS; XII-2019 Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 16 de mayo de 2019, el Dictamen N° 030-2019-MSBCAL de la Comisión de Asuntos Legales, el Dictamen Nº 005-2019-MSB-CSEG de la Comisión de Seguridad, el Informe Nº 143-2019-MSB-GSC de la Gerencia de Seguridad Ciudadana, el Informe Nº 218-2019-MSB-OAJ

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