Norma Legal Oficial del día 12 de junio del año 2019 (12/06/2019)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 8

8

NORMAS LEGALES

Miércoles 12 de junio de 2019 /

El Peruano

la imagen y prestigio del Estado Peruano y de la Fuerza Aérea; De conformidad con lo dispuesto por el inciso 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú y en concordancia con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; del Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa y su reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 006-2016-DE; y, Estando a lo propuesto por el señor Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú y a lo acordado con el señor Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modificación Modifíquese el artículo 1 de la Resolución Suprema Nº 192-2018 DE/SG de fecha 27 de diciembre de 2018, el cual quedará redactado con el siguiente tenor: Designar al Mayor General FAP LUIS ALBERTO GONZALEZ BUTTGENBACH, identificado con NSA O-9496684 y DNI Nº 07869796, como: "Miembro de la Representación Permanente del Perú ante la Organización de Estados Americanos (OEA), Consejero en Temas de Seguridad Hemisférica y Jefe de la Delegación del Perú ante la Junta Interamericana de Defensa (JID)", ubicada en la ciudad de Washington D.C - Estados Unidos de América, a ordenes del Ministerio de Relaciones Exteriores, a partir del 01 de enero de 2019, hasta un periodo máximo de dos (02) años. Artículo 2º.-Refrendo La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República JOSÉ HUERTA TORRES Ministro de Defensa NÉSTOR POPOLIZIO BARDALES Ministro de Relaciones Exteriores 1778351-12

Autorizan viaje de oficial del Ejército del Perú a EE.UU., en misión de estudios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0721-2019 DE/EP Jesús María, 6 de junio de 2019 VISTOS: La Hoja Informativa Nº 079/DRIE/SECC RESOL del 16 de mayo de 2019, del Comandante General del Ejército; y, el Dictamen Nº 1253-2019/OAJE/L-2, del 16 de mayo de 2019, del Jefe de la Oficina de Asuntos Jurídicos del Ejército. CONSIDERANDO: Que, mediante FAX Nº 148/AGREMIL.EEUU, del 12 de octubre de 2018, el Agregado de Defensa y Militar a la Embajada del Perú en los Estados Unidos de América comunica al Director de Relaciones Internacionales del Ejército; que, el Ejército Sur de los Estados Unidos de América ofrece una posición como Instructor en la Academia Militar de los Estados Unidos de América "West Point" para ser cubierta por el Ejército de Perú en la modalidad de Intercambio Militar (MPEP) "No Reciproco", por un (01) Oficial del grado de Mayor o Capitán del arma de Infantería, Caballería, Artillería, Ingeniería o Comunicaciones por un periodo de dos años; Que, con Oficio Nº 325 U-4.b.3/05.00 del 28 de marzo de 2019, el Jefe de Educación del Ejército, remite al Jefe

del Grupo Consultivo y de Ayuda Militar de los Estados Unidos, relación de los nombres de cinco (05) Oficiales postulantes como Instructor en la Academia Militar de los Estados Unidos de América (USMA) "West Point", para ser evaluados en el idioma inglés por dicho Organismo Internacional, ya que el curso antes mencionado se dictará en el idioma inglés; Que, conforme al Oficio Nº 226/MAAG(ARSEC del 17 de abril de 2019, el Jefe del Grupo Consultivo y de Ayuda Militar de los Estados Unidos de América, comunica al Comandante General del Ejército, el resultado de la evaluación de inglés, al personal postulante como Instructor en la Academia Militar de los Estados Unidos de América (USMA) "West Point", habiendo alcanzado el primer lugar en dicho examen el Mayor EP Daniel VALDERRAMA ROCHA; Que, mediante Hoja de Recomendación Nº 068/U-4.b.1/05.00 del 27 de abril de 2019, el Comandante General del Ejército propone la designación del Mayor EP Daniel VALDERRAMA ROCHA, para participar en el Programa de Intercambio de Personal Militar (MPEP) como Instructor en la Academia Militar de los Estados Unidos de América (USMA) "West Point", en la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América, en el periodo comprendido del 15 de junio de 2019 al 15 de julio de 2021; Que, considerando la duración de la Misión de Estudios, el viaje al exterior por decisión del interesado lo realizará en compañía de su señora esposa e hija, debiendo precisarse esta circunstancia para efectos de trámite administrativo de salida del país; Que, considerando que la Misión de Estudios será por un periodo mayor a un (01) año, corresponderá la asignación de pasajes y tarifa única de uso de aeropuerto para la cónyuge y aquellos sobre quienes se ejerce la patria potestad, tutela y/o curatela; así como por gastos de traslado, el equivalente a dos compensaciones extraordinarias por servicio en el extranjero, que comprende los gastos de equipaje, bagaje e instalación, tanto para el viaje de ida como de retorno, de conformidad al artículo 8 del Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con la finalidad de prever la participación oportuna del personal designado en el referido evento, resulta necesario autorizar su salida del país con un (01) día de anticipación, así como su retorno un (01) día posterior al término del mismo, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; Que, teniendo en cuenta que la duración de la Misión de Estudios abarca más de un ejercicio presupuestal, los pagos correspondientes al periodo comprendido del 15 de junio al 31 de diciembre de 2019, se efectuarán con cargo al Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; y, para completar el periodo de duración de la Misión de Estudios a partir del 01 de enero de 2020 al 15 de julio de 2021, será con cargo al Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal respectivo; Que, conforme a la Exposición de Motivos, suscrita por el Jefe de Educación del Ejército, se precisa que el viaje de estudios del Oficial Superior designado, es conveniente e importante para la institución, porque permite dar cumplimiento al Objetivo 1 del Plan Estratégico Institucional 2002 -2021, el cual establece que "El Ejército debe disponer de personal altamente capacitado en todos los aspectos inherentes a su desarrollo humano, profesional y ocupacional, con estándares similares a países desarrollados"; Que, conforme a lo mencionado en la Hoja de Gastos y Declaración del Jefe de Educación del Ejército del 08 de mayo de 2019, ningún organismo internacional cubrirá los costos del viaje; por lo que los gastos por concepto de pasajes aéreos para esposa e hija, Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero y Gastos de Traslado correspondiente a la ida, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2019 y del Año Fiscal respectivo de la Unidad Ejecutora 003: Ejército Peruano, conforme a lo establecido en el artículo 8 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.