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12 NORMAS LEGALES Miércoles 12 de junio de 2019 / El Peruano DECRETA: Artículo 1. Objeto1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, hasta por la suma de S/ 6 201 930,00 (SEIS MILLONES DOSCIENTOS UN MIL NOVECIENTOS TREINTA Y 00/100 SOLES) del pliego 011: Ministerio de Salud, a favor de trece (13) Gobiernos Regionales, para fi nanciar el costo diferencial de las compensaciones y entregas económicas del personal de la salud nombrado en el año 2018, en el marco de la continuidad de las acciones de implementación del Decreto Legislativo N° 1153, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 011 : Ministerio de SaludUNIDAD EJECUTORA 001 : Administración Central - MINSA CATEGORIA PRESUPUESTARIA 9001 : Acciones CentralesACTIVIDAD 5000001 : Planeamiento y Presupuesto FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE2.1 Personal y Obligaciones Sociales 6 201 930,00 ------------------ TOTAL EGRESOS 6 201 930,00 ========== A LA: En SolesSECCION SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGO : Gobiernos Regionales CATEGORIA PRESUPUESTARIA 9001 : Acciones CentralesACTIVIDAD 5000005 : Gestión de Recursos Humanos FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos OrdinariosGASTO CORRIENTE 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 6 201 930,00 ------------------ TOTAL EGRESOS 6 201 930,00 ========== 1.2 Los pliegos habilitados en el párrafo 1.1 y los montos de transferencia por unidad ejecutora y genérica de gasto, se detallan en el Anexo “Costo diferencial de las compensaciones y entregas económicas del personal de la salud nombrado en el año 2018”, que forma parte del Decreto Supremo, el cual se publica en los portales institucionales del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe) y del Ministerio de Salud (www.minsa.gob.pe), en la misma fecha de publicación de esta norma en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 2. Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular del pliego habilitador y de los pliegos habilitados en la Transferencia de Partidas, aprueban mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el párrafo 1.1 del artículo 1 de esta norma, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia de este dispositivo legal. Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el párrafo 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. 2.2 La O ficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codi ficaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.2.3 La O ficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modi ficación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en esta norma. Artículo 3. Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el párrafo 1.1 del artículo 1 de este Decreto Supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4. Refrendo El Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por la Ministra de Salud. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diez días del mes de junio del año dos mil diecinueve. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República CARLOS OLIVA NEYRA Ministro de Economía y Finanzas ELIZABETH ZULEMA TOMÁS GONZÁLES Ministra de Salud 1778351-3 Autorizan viaje del Superintendente Nacional Adjunto de Aduanas de la SUNAT , al Reino de Bélgica, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 226-2019-EF/10 Lima, 7 de junio de 2019CONSIDERANDO: Que, mediante las Cartas 19.A.70 y 19SL0096E de fechas 18 de abril de 2019 y 24 de abril de 2019, respectivamente, la Secretaría General de la Organización Mundial de Aduanas (OMA) cursa invitación a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT para participar en la “81 st Session of the Policy Commission” y en las “133rd/134th Sessions of the Customs Co-operation Council”, que se llevarán a cabo del 24 al 29 de junio de 2019, en la ciudad de Bruselas, Reino de Bélgica; Que, nuestro país es miembro de la Comisión de Política de la OMA por lo que debe participar en la mencionada sesión para evaluar y aprobar temas relacionados con la implementación de los instrumentos y herramientas de la OMA, efectuar la revisión del sistema armonizado, del Convenio de Kyoto y del nuevo Plan Estratégico de la OMA 2019-2022 , entre otros; Que, participar en las sesiones del Consejo de Cooperación Aduanera asegura el cabal cumplimiento de los compromisos asumidos, cuyos resultados contribuirán a fortalecer los procesos aduaneros, mejorar la competitividad del país, facilitar y modernizar el comercio exterior para garantizar una cadena logística ágil y segura en el proceso de despacho aduanero; Que, en ese sentido, se estima conveniente la participación del señor Rafael Eduardo García Melgar, Superintendente Nacional Adjunto de Aduanas de la SUNAT en los mencionados eventos, toda vez que se encuentran alineados con el objetivo estratégico institucional de la SUNAT de mejorar el cumplimiento tributario y aduanero, contribuyendo al fortalecimiento de los procesos aduaneros, lo que es acorde con las medidas de políticas tributarias y de impulso al comercio exterior que viene implementando el país; Que, en consecuencia, y siendo de interés institucional y nacional, resulta necesario autorizar el viaje solicitado cuyos gastos son cubiertos con cargo al presupuesto de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria – SUNAT;