Norma Legal Oficial del día 18 de junio del año 2019 (18/06/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano / Martes 18 de junio de 2019

NORMAS LEGALES

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bajo los alcances del Decreto Legislativo Nº 1057 y su Reglamento. Artículo 3.- DISPONER la publicación de la presente Resolución Jefatural en el Portal Institucional del Instituto Nacional de Innovación Agraria (www.inia.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ VALDIVIA MORON Jefe (e) 1779871-1

AMBIENTE
Autorizan viaje de Director General de Economía y Financiamiento Ambiental a Alemania, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 189-2019-MINAM Lima, 17 de junio de 2019 VISTOS; el Memorando N° 00497-2019-MINAM/ VMDERN, del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales; el Informe N° 00071-2019-MINAM/VMDERN/DGEFA, de la Dirección General de Economía y Financiamiento Ambiental; el Informe N° 00305-2019-MINAM/SG/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; la Solicitud de Autorización de Viaje al Exterior, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 1013 se crea el Ministerio del Ambiente (MINAM) como organismo del Poder Ejecutivo, con personería jurídica de derecho público, cuya función general es diseñar, establecer y supervisar la política nacional y sectorial ambiental, asumiendo la rectoría con respecto a ella; Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 64 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2017-MINAM, la Dirección General de Economía y Financiamiento Ambiental tiene la función de conducir la elaboración de instrumentos y procedimientos, así como formular y proponer programas y proyectos relacionados a la valoración económica ambiental, al desarrollo e implementación de instrumentos económicos ambientales y al financiamiento ambiental, en el marco de la normatividad vigente; Que, a través de la Carta s/n de fecha 5 de junio de 2019, la Jefa de División Ciudades, Políticas Urbanas y Desarrollo Sostenible del Centro para el Emprendimiento, PYMES, Regiones y Ciudades de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE) cursa invitación al Ministerio del Ambiente, para que participe en la Décimo Segunda Reunión de la Iniciativa de Gobernanza del Agua de la OCDE, que se llevará a cabo el 20 y 21 de junio de 2019, en la ciudad de Berlín, República Federal de Alemania; Que, a través del Memorando N° 00497-2019-MINAM/ VMDERN, el Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales remite la Solicitud de Autorización de Viaje al Exterior del señor Luis Guillermo Marino Nava, Director General de Economía y Financiamiento Ambiental, cuya asistencia y participación en el citado evento permitirá: (i) el posicionamiento del MINAM como líder de la conducción del Diálogo sobre Políticas de Gobernanza del Agua (DPGA) como representante y punto focal del Perú ante la OCDE para este proceso; (ii) generar alianzas para facilitar el aprendizaje e intercambio de buenas prácticas en los componentes del DPGA: gobernanza multinivel, instrumentos económicos y marco regulatorio; compatibilizado con las agendas de desarrollo global; y (iii) la retroalimentación y

recomendaciones de los miembros y expertos del DPGA sobre los hallazgos y conclusiones preliminares como resultado de las entrevistas realizadas en la primera misión al Perú; Que, teniendo en consideración que dicha participación irrogará gastos al Estado por concepto de viáticos y pasajes, la Oficina General de Administración emite la correspondiente Certificación de Crédito Presupuestario con Notas Nº 0000000563 y 0000000564, respectivamente; Que, el artículo 2 del Decreto Supremo N° 0472002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, dispone que la resolución de autorización de viajes al exterior de la República será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración, viáticos, entre otros; Que, asimismo, el artículo 1 del referido Decreto Supremo, establece que para el caso de los servidores y funcionarios públicos de los Ministerios y de los Organismos Públicos correspondientes, la autorización de viaje, en caso irrogue algún gasto al Tesoro Público, se otorgará por Resolución Ministerial del respectivo Sector; Que, en tal sentido, siendo de interés institucional, resulta necesario autorizar el viaje del citado servidor, por lo que corresponde emitir el presente acto resolutivo; Con el visado del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales, de la Oficina General de Administración, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1013, que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y sus modificatorias; y, el Decreto Supremo N° 002-2017-MINAM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del señor Luis Guillermo Marino Nava, Director General de Economía y Financiamiento Ambiental, a la ciudad de Berlín, República Federal de Alemania, del 18 al 21 de junio de 2019, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo precedente, serán cubiertos por el Ministerio del Ambiente, de acuerdo al siguiente detalle: Luis Guillermo Marino Nava Viáticos (por 2 días) US$ 1080.00 Pasajes US$ 1920.96 Artículo 3.- Disponer que dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la realización del viaje, el servidor cuyo viaje se autoriza mediante el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, deberá presentar un informe detallado sobre el resultado del evento y las acciones que se deriven a favor del Ministerio del Ambiente; así como, la respectiva rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no otorgará derecho a exoneración o liberación de impuestos o de derechos de aduana de cualquier clase o denominación. Artículo 5.- Notificar la presente Resolución Ministerial a la Dirección General de Economía y Financiamiento Ambiental y a la Oficina General de Recursos Humanos, para los fines correspondientes. Artículo 6.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del

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