Norma Legal Oficial del día 18 de junio del año 2019 (18/06/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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NORMAS LEGALES

Martes 18 de junio de 2019 /

El Peruano

Guardia Chalaca hasta la salida de DP WORLD en el sentido de norte a sur, de acuerdo a lo siguiente:
Vehículos restringidos Vehículos de las categorías vehiculares "M" y "L" Tramo de restricción Avenida Manco Cápac en el tramo comprendido desde el cruce con la avenida Guardia Chalaca hasta la puerta de Salida de DP World (77° 8'42.28"O y 12° 3'26.20"S)

FE DE ERRATAS DECRETO SUPREMO N° 019-2019-MTC Fe de Erratas del Decreto Supremo N° 019-2019MTC, publicado en la edición del 12 de junio de 2019. En el Artículo 1.-

1.2 Establecer que la Avenida Atalaya, en el tramo que va desde la Avenida Néstor Gambetta hasta la Avenida Manco Cápac, comprende tres carriles de ida (de Este a Oeste) y uno de vuelta (de Oeste a Este). Los vehículos que circulen por dicho tramo respetan los sentidos de la vía establecidos en el presente numeral. Artículo 2.- Vigencia Las medidas de gestión del tránsito en las avenidas Atalaya y Manco Cápac establecidas en el artículo 1 de la presente resolución tienen un plazo de vigencia de un año, contado a partir de la fecha de la entrada en vigencia de la presente Resolución Directoral. Artículo 3.- Disposiciones para el cumplimiento de las medidas 3.1 La Policía Nacional del Perú, en el marco de sus competencias, dispondrá las acciones de control, a fin de detectar toda infracción de tránsito y/o conducta indebida derivada del no acatamiento o resistencia a cumplir lo dispuesto en el presente dispositivo legal, en coordinación con la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías ­ SUTRAN. 3.2 Se exceptúa de la restricción establecida en el presente dispositivo legal a los vehículos de emergencia (unidades policiales, grúas, ambulancias, unidades de bomberos, entre otros); vehículos que trasladen donaciones o ayuda humanitaria (medicamentos, materiales de construcción, ropa en general y calzado, entre otros); así como vehículos que transporten personal y/o maquinaria o equipo destinados a operaciones de liberación y/o habilitación de vías de comunicación terrestre en general, conforme a las coordinaciones que se hayan realizado con la Policía Nacional del Perú. Artículo 4.- Difusión La Oficina de Comunicaciones e Imagen Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVÍAS NACIONAL, la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías - SUTRAN, la Policía Nacional del Perú y la Comisión Multisectorial de Seguridad Vial, en el marco de sus competencias, realizarán las acciones de difusión para el cumplimiento de la presente Resolución. Artículo 5.- Publicación Dispóngase la publicación de la presente Resolución Directoral en el diario oficial "El Peruano", y en los portales web institucionales del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob.pe/mtc), del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional ­ PROVIAS NACIONAL (www.pvn.gob.pe) y de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías - SUTRAN (www.sutran.gob.pe). Artículo 6.- Remisión Remitir la presente Resolución Directoral a la Policía Nacional del Perú, al Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional ­ PROVIAS NACIONAL, a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías ­ SUTRAN, a la Municipalidad Provincial del Callao y a la Comisión Multisectorial de Seguridad Vial. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO HUGO CERNA CHORRES Director General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal 1779868-1

DICE: "Artículo 8.- Requisitos de la solicitud (....) 8.1 (....) b) (...) esta copia debe estar disponible en idioma español o inglés; la indicación del código identificador asignado al equipo ( .... )" DEBE DECIR: En el Artículo 1.DICE: "Artículo 8.- Requisitos de la solicitud (....) 8.1 (....) b) (...) esta copia debe estar disponible en idioma español o inglés; o la indicación del código identificador asignado al equipo (. .. .)" 1780010-1

VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO
Aprueban el Manual de Identidad Gráfica del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 199-2019-VIVIENDA Lima, 17 de junio de 2019 VISTOS; los Informes Nº 37-2019/VIVIENDA-SGOGC-OII y Nº 43-2019/VIVIENDA-SG-OGC-OII de la Oficina de Imagen Institucional, los Memorándums N° 78-2019/VIVIENDA-SG-OGC y N° 97-2019/VIVIENDASG-OGC de la Oficina General de Comunicaciones, los Informes Nº 154-2019-VIVIENDA/OGPP-OPM y Nº 180-2019-VIVIENDA/OGPP-OPM de la Oficina de Planeamiento y Modernización, los Memorandos N° 1175-2019-VIVIENDA/OGPP y N° 1286-2019-VIVIENDA/ OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; CONSIDERANDO: Que, a través del Decreto Supremo N° 056-2008PCM, se dispone que los ministerios que conforman el Poder Ejecutivo y los organismos públicos adscritos a ellos consignarán en su documentación oficial y en toda documentación que emitan y/o cursen a entidades públicas y privadas, el Gran Sello del Estado y su denominación completa, de conformidad con el formato que en Anexo forma parte integrante del citado Decreto Supremo;

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