Norma Legal Oficial del día 18 de junio del año 2019 (18/06/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano / Martes 18 de junio de 2019

NORMAS LEGALES

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las instituciones educativas, de las cuales la operadora elige las que le corresponde atender previa evaluación y aprobación del MTC. Para la prestación del servicio de acceso a Internet la empresa operadora DOLPHIN puede utilizar su propia red o garantizar dicha prestación a través del servicio de acceso a Internet de otra empresa operadora, sin que esto afecte la titularidad de la obligación. La disponibilidad mensual del servicio de acceso a Internet en cada institución educativa no debe ser menor al 99.55%. El operador debe enviar de manera semestral el reporte de disponibilidad mensual por cada punto de conexión. En caso la empresa operadora DOLPHIN advierta la imposibilidad de la ejecución de la obligación resultante establecida, puede solicitar al MTC la modificación de dicha obligación resultante por otra obligación de monto equivalente al valor total calculado, con el fin de cumplir con los objetivos y finalidades del Reglamento de Reordenamiento. En este caso, el MTC y DOLPHIN, de mutuo acuerdo, suscriben una adenda sustituyendo la obligación resultante inicial, de manera parcial en lo que corresponda. En ningún caso la elección de localidades o de obligaciones puede ser menor al monto establecido en la presente Resolución Viceministerial.

6. Determinación del pago de canon por las asignaciones resultantes del reordenamiento La determinación del canon anual por el uso del espectro radioeléctrico es el indicado en el Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC y sus modificaciones, según el servicio final que brinden. APÉNDICE 1 Detalle del cálculo 1. Cuantificación de los derechos de uso de las asignaciones existentes Utilizando el mecanismo descrito en el literal A del Reglamento de Reordenamiento se obtienen los valores cuantificados por cada provincia, para cada operadora y por cada documento resolutivo vigente. Esta información se encuentra en la Matriz de Reordenamiento, en formato Excel, publicado en el portal institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. En la Tabla 1 se indica el resumen de los valores de cuantificación obtenidos para las tres operadoras con derechos de uso en la banda.
VALOR CUANTIFICADO (Millones MHz­POP) QCONCURSO QOTROS 0.00 0.00 0.00 408.54 338.69 0.81 TOTAL 408.54 338.69 0.81

Tabla 1: Valores cuantificados obtenidos
OPERADORA GRUPO ENTEL DIRECNET AMERICATEL DOLPHIN CONCESION RELACIONADA RM 662-2017-MTC RM 196-1999-MTC RM 368- 2008-MTC

Elaboración: DGPRC-DGPPC 2. Mecanismo de distribución a. Esquema final El esquema de asignaciones en la banda 2300 ­ 2400 MHz es el siguiente: Tabla 2: Nueva distribución banda 2 300-2 400 MHz
LIMA Y CALLAO
Canal 1

CONCURSO PÚBLICO ( 30 MHz )
Canal 2 Canal 3 5 M Hz Canal 4 5 M Hz Canal 5 5 M Hz Canal 6 5 M Hz Canal 7 5 M Hz Canal 8 5 M Hz

( 30 MHz )
Canal 9 5 M Hz Canal 1 0 5 M Hz Canal 1 1 5 M Hz Canal 1 2 5 M Hz Canal 1 3 5 M Hz Canal 1 4 5 M Hz

DIRECNET (30 MHz)
Canal 1 5 5 M Hz Canal 1 6 5 M Hz Canal 1 7 5 M Hz Canal 1 8 5 M Hz Canal 1 9 5 M Hz Canal 20 5 M Hz

5 M Hz 5 M Hz

PROVINCIAS

CONCURSO PÚBLICO ( 30 MHz )

( 30 MHz )

DIRECNET DOLPHIN

Notas: a) La asignación de 30 MHz para Dolphin es en la provincia de Yauli, departamento de Junín. b) La asignación de 30 MHz para Direcnet es en los departamentos de Lima, Piura, Ica, La Libertad, Arequipa, Lambayeque y en la Provincia Constitucional del Callao c) El rango de frecuencias 2 390 ­ 2 400 MHz se reserva para banda de guarda Elaboración: DGPRC ­ DGPPC La viabilidad de las emisiones de las Resoluciones Directorales que materializan la asignación resultante de espectro tal como se se ala en la presente Resolución, est supeditada a la presentación del desistimiento de la solicitud de renovación de la concesión otorgada mediante RM 19 -1999-MTC, siendo responsabilidad de la operadora la correcta migración de sus redes, servicios y usuarios. b. Valor Cuantificado de la Asignación Resultante En la siguiente tabla, se muestran las cuantificaciones de la asignación actual y de la asignación resultante del reordenamiento de la banda 2 300 ­ 2 400 MHz. Tabla 3: Cuantificaciones de asignación actual y resultante
Valor cuantificado de la asignación actual OPERADORA CONCESION RELACIONADA RM 662-2017MTC RM 196-1999MTC RM 368- 2008MTC LIMA­CALLAO CANTIDAD PROVINCIAS 2 2 0 TOTAL MHz 60.0 60.0 0.0 TOTAL ESPECTRO ASIGNADO CANTIDAD TOTAL MHz (MHz) PROVINCIAS PROVINCIAS 194 0 1 5820.0 0.0 30.0 5880.0 60.0 30.0 VALOR CUANTIFICADO (Millones de MHz­POP) QCONCURSO 0.000 0.000 0.000 QOTROS 408.54 338.69 0.81 TOTAL 408.54 338.69 0.81

GRUPO ENTEL

DIRECNET AMERICATEL DOLPHIN

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