Norma Legal Oficial del día 18 de junio del año 2019 (18/06/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano / Martes 18 de junio de 2019

NORMAS LEGALES

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GOBIERNOS LOCALES PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE COTABAMBAS
Ordenanza que aprueba el reordenamiento del Cuadro de Asignación de Personal Provisional - CAP-P de la Municipalidad Provincial de Cotabambas
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 10-2019-MPCT/A Tambobamba, 13 de junio del 2019 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE COTABAMBAS-TAMBOBAMBA POR CUANTO: En Sesión Extraordinaria de Concejo Municipal Provincial de fecha 12 de junio de 2019, el Informe Nº 432-2019-MPCT-GM-URH, de la Unidad de Recursos Humanos y el Informe Nº 245-2019-OPP/MPCT, de la Oficina de Planificación y Presupuesto, sobre la Ordenanza que modifica el Cuadro para Asignación de Personal Provisional ­ CAP-P de la Municipalidad Provincial de Cotabambas; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, modificado por Ley Nº 30305 establece que las Municipalidades tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; en concordancia con la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, el artículo 6º de la Ley Nº 28175, Ley Marco del Empleo Público, norma de aplicación transversal a todo

el sector público, dispone que para el acceso al empleo público es requisito indispensable que las plazas a ocupar se encuentren aprobadas en el Cuadro para Asignación de Personal - CAP; Que, mediante la Ley Nº 30057, se aprobó la Ley del Servicio Civil, cuya Cuarta Disposición Complementaria Final establece que el Cuadro para Asignación de Personal - CAP y el Presupuesto Analítico de Personal - PAP serán sustituidos por el instrumento de gestión denominado Cuadro de Puestos de la Entidad ­ CPE, cuya implementación progresiva será regulada por la directiva que emita SERVIR, como se dispone en la Duodécima Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM; Que, por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 057-2016-SERVIR-PE, se aprobó la actualización de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH "Normas para la gestión del proceso de administración de puestos, y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad ­ CPE", en cuyo numeral 7.5 se señala que el Cuadro para Asignación de Personal Provisional ­ CAP Provisional, es el documento de gestión institucional de carácter temporal que contiene los cargos definidos y aprobados por la entidad, sobre la base de su estructura orgánica vigente prevista en su Reglamento de Organización y Funciones, cuya finalidad es viabilizar la operación de las entidades públicas durante el período de transición del sector público al régimen del servicio civil previsto en la Ley Nº 30057, y en su Anexo 4 se establecen consideraciones para la elaboración y aprobación del CAP Provisional; Que, por su parte, el numeral 2 del Anexo 4 de la versión actualizada de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/ GDSRH señala, entre otros, que la elaboración del CAP Provisional es responsabilidad de la oficina de recursos humanos, o quien haga sus veces, con opinión técnica favorable del órgano encargado de racionalización o del que haga sus veces; se formula a partir de la estructura orgánica de la entidad aprobada en su ROF y se realiza considerando el Clasificador de Cargos de la entidad, debiendo los cargos del CAP Provisional estar clasificados en grupos ocupacionales de conformidad a lo establecido en la Ley Marco del Empleo Público, Ley Nº 28175; Que, según la versión actualizada de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH en el numeral 5. del Anexo 4, se señala que: "El reordenamiento de cargos del CAP Provisional es el procedimiento mediante el cual

REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS
Se comunica a los organismos públicos que, para efecto de la publicación en la Separata Especial de Declaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Públicos del Estado, se deberá tomar en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación se efectuará mediante oficio dirigido al Gerente de Publicaciones Oficiales y las declaraciones juradas deberán entregarse en copias autenticadas o refrendadas por un funcionario de la entidad solicitante. La publicación se realizará de acuerdo al orden de recepción del material y la disponibilidad de espacio en la Separata de Declaraciones Juradas. La documentación a publicar se enviará además en archivo electrónico (CD o USB) y/o al correo electrónico: dj@editoraperu.com.pe, precisando en la solicitud que el contenido de la versión electrónica es idéntico al del material impreso que se adjunta; de no existir esta identidad el cliente asumirá la responsabilidad del texto publicado y del costo de la nueva publicación o de la Fe de Erratas a publicarse. Las declaraciones juradas deberán trabajarse en Excel, presentado en dos columnas, una línea por celda. La información se guardará en una sola hoja de cálculo, colocándose una declaración jurada debajo de otra.

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