TEXTO PAGINA: 33
33 NORMAS LEGALES Martes 18 de junio de 2019 El Peruano / de Justicia de las Américas - CEJA; y, conformó una Comisión para la ejecución y supervisión del Plan de Trabajo del mencionado proyecto. Segundo: Que, mediante Resolución Administrativa N° 312-2018-CE-PJ, de fecha 21 de diciembre de 2018, el Consejo Ejecutivo aprobó el Proyecto Final para la Creación y Actuación del Módulo Civil Corporativo de Litigación Oral de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, disponiendo que entre en funcionamiento a partir del 26 de diciembre de 2018. Desde entonces, las diferentes Cortes Superiores de Justicia del país han manifestado su interés de ser incluidas en el referido proyecto, entre ellas, esta Corte Superior de Justicia. Tercero: Bajo este contexto, mediante Resolución Administrativa N° 213-2019-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo dispuso la creación del “Equipo Técnico Distrital Para la Modernización de los Despachos Judiciales de los Juzgados Civiles” en las Cortes Superiores del país; y, aprobó el Reglamento de Funcionamiento del “Equipo Técnico Distrital para la Modernización de los Despachos Judiciales de los Juzgados Civiles”. Cuarto: Que, el artículo 3 del citado reglamento establece que el “Equipo Técnico Distrital Para la Modernización de los Despachos Judiciales de los Juzgados Civiles” estará conformado por cinco (05) miembros, los cuales serán los siguientes: a) Presidente de la Corte Superior de Justicia o un juez superior de la especialidad civil a quien el Presidente delegue, b) Juez Superior de Sala Civil, c) Juez Especializado Civil, d) Gerente de Administración Distrital, e) Administrador del Módulo Civil Corporativo de Litigación Oral. Asimismo, señala que el Juez Especializado Civil cumplirá la labor de Coordinador del Equipo Técnico Distrital y el Administrador del Módulo Civil Corporativo de Litigación Oral actuará como Secretario Técnico. Quinto: En consecuencia, atendiendo a que el Presidente de la Corte Superior de Justicia es el representante, director y máxima autoridad administrativa facultada para dirigir la política interna con el objeto de brindar un e fi ciente servicio de administración de justicia en bene fi cio de los justiciables de este Distrito Judicial, corresponde emitir la resolución administrativa correspondiente. Por tales consideraciones, y en uso de las facultades conferidas en los numerales 3, 4 y 9 del artículo 90 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla; RESUELVE:Artículo Primero.- CONFORMAR el Equipo Técnico para la Modernización de los Despachos Judiciales de los Juzgados Civiles de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla, el mismo que estará integrado de la siguiente manera: Integrantes InstituciónCargo en comisión Christian Arturo Hernández AlarcónPresidente de la CSJ Ventanilla (Presidente de la comisión) Presidente Walter Eduardo Campos MurilloJuez Superior Titular Integrante de la Sala Civil de Ventanilla Integrante Brizalina Carrasco ÁlvarezJuez Superior Titular Integrante de la Sala Civil de Ventanilla Integrante Jorge Luis Pajuelo CabanillasJuez Superior Titular Integrante de la Sala Civil de Ventanilla Integrante Miryam Rosemarie Ordoñez ZávalaJueza Superior ProvisionalCoordinadora Estela Alejandrina Solano AlejosJuez Especializado Titular del Tercer Juzgado Civil Integrante Ricardo Jonny Moreno CcancceJuez Especializado Titular del Primer Juzgado Civil Integrante Ysabel María del Carmen Uchuya FarfánJefa de la O fi cina de Administración Distrital Integrante Kilder Torres DamasAdministrador de las Sedes PeriféricosSecretario TécnicoArtículo Segundo.- DISPONER que la O fi cina de Administración Distrital brinde el apoyo necesario al “Equipo Técnico Distrital Para la Modernización de los Despachos Judiciales de los Juzgados Civiles”, para el cumplimiento de sus funciones. Artículo Tercero.- HACER de conocimiento el contenido de la presente resolución a la Comisión encargada de la ejecución y supervisión del “Proyecto Piloto para la Modernización del Despacho Judicial en los Juzgados Civiles”, O fi cina de Administración Distrital, Área de Personal, Área de Imagen y Prensa de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla, así como del magistrados y personal administrativo designados. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. CHRISTIAN ARTURO HERNANDEZ ALARCON Presidente 1779768-1 Disponen la implementación del Registro Nacional de Procesados en la Corte Superior de Justicia de Ventanilla CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE VENTANILLA PRESIDENCIA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 263-2019-P-CSJV/PJ Ventanilla, trece de junio de dos mil diecinueve VISTOS: El O fi cio N° 963-2019-GG-PJ, remitido por la Gerencia General del Poder Judicial, referido a la implementación del Registro Nacional de Procesados en mérito a lo dispuesto por la Resolución Administrativa N° 288-2018-P-CE-PJ; y, CONSIDERANDO:Primero.- Mediante Ley N° 29988, se establecieron medidas Extraordinarias para el personal docente y administrativo de instituciones educativas públicas y privadas, implicado en delitos de terrorismo, apología de terrorismo, delitos de violación de la libertad sexual y delitos de trá fi co ilícito de drogas, creando el Registro de personas condenadas o procesadas por los delitos antes señalados y modi fi cando los artículos 36 y 38 del Código Penal. Segundo.- Mediante Decreto Supremo N° 004-2017- MINEDU, publicado en el diario o fi cial El Peruano, con fecha 19 de mayo de 2017, se aprobó el Reglamento de la Ley N° 29988. Tercero.- La Cuarta Disposición Complementaria Final del Reglamento antes citado, establece que el órgano de Gobierno del Poder Judicial, es el encargado de Implementar el Registro de personas condenadas con sentencia consentida y/o ejecutoriada; o procesadas por los delitos reseñados en el primer considerando. Cuarto.- Que, actualmente el Poder Judicial ya cuenta dentro de sus estructura funcional, con el Registro Nacional de Condenas, como unidad operativa que tiene por fi nalidad inscribir las sentencias condenatorias consentidas y/o ejecutoriadas por cualquier delito y toda resolución que modi fi que su estado; el cual está a cargo del Registro Nacional Judicial (RENAJU), órgano desconcentrado adscrito a la Gerencia de Servicios Judiciales y Recaudación de la Gerencia General, encargado de organizar, desarrollar y mantener actualizada la base de datos del Registro Nacional de Condenas, entre otros; siendo necesario para dar cumplimiento a la Ley N° 29988, establecer los fi ltros y controles de seguridad que permitan trasmitir solo la información relativa a los delitos de: terrorismo, apología de terrorismo, violación de la libertad sexual y trá fi co ilícito de drogas. Quinto: Que, de la referida Resolución Administrativa N° 288-2018-P-CE-PJ, establece que la Sub Gerencia