Norma Legal Oficial del día 18 de junio del año 2019 (18/06/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano / Martes 18 de junio de 2019

NORMAS LEGALES

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de Justicia de las Américas - CEJA; y, conformó una Comisión para la ejecución y supervisión del Plan de Trabajo del mencionado proyecto. Segundo: Que, mediante Resolución Administrativa N° 312-2018-CE-PJ, de fecha 21 de diciembre de 2018, el Consejo Ejecutivo aprobó el Proyecto Final para la Creación y Actuación del Módulo Civil Corporativo de Litigación Oral de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, disponiendo que entre en funcionamiento a partir del 26 de diciembre de 2018. Desde entonces, las diferentes Cortes Superiores de Justicia del país han manifestado su interés de ser incluidas en el referido proyecto, entre ellas, esta Corte Superior de Justicia. Tercero: Bajo este contexto, mediante Resolución Administrativa N° 213-2019-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo dispuso la creación del "Equipo Técnico Distrital Para la Modernización de los Despachos Judiciales de los Juzgados Civiles" en las Cortes Superiores del país; y, aprobó el Reglamento de Funcionamiento del "Equipo Técnico Distrital para la Modernización de los Despachos Judiciales de los Juzgados Civiles". Cuarto: Que, el artículo 3 del citado reglamento establece que el "Equipo Técnico Distrital Para la Modernización de los Despachos Judiciales de los Juzgados Civiles" estará conformado por cinco (05) miembros, los cuales serán los siguientes: a) Presidente de la Corte Superior de Justicia o un juez superior de la especialidad civil a quien el Presidente delegue, b) Juez Superior de Sala Civil, c) Juez Especializado Civil, d) Gerente de Administración Distrital, e) Administrador del Módulo Civil Corporativo de Litigación Oral. Asimismo, señala que el Juez Especializado Civil cumplirá la labor de Coordinador del Equipo Técnico Distrital y el Administrador del Módulo Civil Corporativo de Litigación Oral actuará como Secretario Técnico. Quinto: En consecuencia, atendiendo a que el Presidente de la Corte Superior de Justicia es el representante, director y máxima autoridad administrativa facultada para dirigir la política interna con el objeto de brindar un eficiente servicio de administración de justicia en beneficio de los justiciables de este Distrito Judicial, corresponde emitir la resolución administrativa correspondiente. Por tales consideraciones, y en uso de las facultades conferidas en los numerales 3, 4 y 9 del artículo 90 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla; RESUELVE: Artículo Primero.- CONFORMAR el Equipo Técnico para la Modernización de los Despachos Judiciales de los Juzgados Civiles de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla, el mismo que estará integrado de la siguiente manera:
Integrantes Christian Arturo Hernández Alarcón Walter Eduardo Campos Murillo Brizalina Carrasco Álvarez Jorge Luis Pajuelo Cabanillas Miryam Rosemarie Ordoñez Závala Estela Alejandrina Solano Alejos Ricardo Jonny Moreno Ccancce Ysabel María del Carmen Uchuya Farfán Kilder Torres Damas Institución Presidente de la CSJ Ventanilla (Presidente de la comisión) Juez Superior Titular Integrante de la Sala Civil de Ventanilla Juez Superior Titular Integrante de la Sala Civil de Ventanilla Juez Superior Titular Integrante de la Sala Civil de Ventanilla Jueza Superior Provisional Juez Especializado Titular del Tercer Juzgado Civil Juez Especializado Titular del Primer Juzgado Civil Jefa de la Oficina de Administración Distrital Administrador de las Sedes Periféricos Cargo en comisión Presidente Integrante Integrante Integrante Coordinadora

Artículo Segundo.- DISPONER que la Oficina de Administración Distrital brinde el apoyo necesario al "Equipo Técnico Distrital Para la Modernización de los Despachos Judiciales de los Juzgados Civiles", para el cumplimiento de sus funciones. Artículo Tercero.- HACER de conocimiento el contenido de la presente resolución a la Comisión encargada de la ejecución y supervisión del "Proyecto Piloto para la Modernización del Despacho Judicial en los Juzgados Civiles", Oficina de Administración Distrital, Área de Personal, Área de Imagen y Prensa de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla, así como del magistrados y personal administrativo designados. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. CHRISTIAN ARTURO HERNANDEZ ALARCON Presidente 1779768-1

Disponen la implementación del Registro Nacional de Procesados en la Corte Superior de Justicia de Ventanilla
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE VENTANILLA PRESIDENCIA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 263-2019-P-CSJV/PJ Ventanilla, trece de junio de dos mil diecinueve VISTOS: El Oficio N° 963-2019-GG-PJ, remitido por la Gerencia General del Poder Judicial, referido a la implementación del Registro Nacional de Procesados en mérito a lo dispuesto por la Resolución Administrativa N° 288-2018-P-CE-PJ; y, CONSIDERANDO: Primero.- Mediante Ley N° 29988, se establecieron medidas Extraordinarias para el personal docente y administrativo de instituciones educativas públicas y privadas, implicado en delitos de terrorismo, apología de terrorismo, delitos de violación de la libertad sexual y delitos de tráfico ilícito de drogas, creando el Registro de personas condenadas o procesadas por los delitos antes señalados y modificando los artículos 36 y 38 del Código Penal. Segundo.- Mediante Decreto Supremo N° 004-2017MINEDU, publicado en el diario oficial El Peruano, con fecha 19 de mayo de 2017, se aprobó el Reglamento de la Ley N° 29988. Tercero.- La Cuarta Disposición Complementaria Final del Reglamento antes citado, establece que el órgano de Gobierno del Poder Judicial, es el encargado de Implementar el Registro de personas condenadas con sentencia consentida y/o ejecutoriada; o procesadas por los delitos reseñados en el primer considerando. Cuarto.- Que, actualmente el Poder Judicial ya cuenta dentro de sus estructura funcional, con el Registro Nacional de Condenas, como unidad operativa que tiene por finalidad inscribir las sentencias condenatorias consentidas y/o ejecutoriadas por cualquier delito y toda resolución que modifique su estado; el cual está a cargo del Registro Nacional Judicial (RENAJU), órgano desconcentrado adscrito a la Gerencia de Servicios Judiciales y Recaudación de la Gerencia General, encargado de organizar, desarrollar y mantener actualizada la base de datos del Registro Nacional de Condenas, entre otros; siendo necesario para dar cumplimiento a la Ley N° 29988, establecer los filtros y controles de seguridad que permitan trasmitir solo la información relativa a los delitos de: terrorismo, apología de terrorismo, violación de la libertad sexual y tráfico ilícito de drogas. Quinto: Que, de la referida Resolución Administrativa N° 288-2018-P-CE-PJ, establece que la Sub Gerencia

Integrante Integrante Integrante Secretario Técnico

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