Norma Legal Oficial del día 25 de junio del año 2019 (25/06/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano / Martes 25 de junio de 2019

NORMAS LEGALES

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40 de la Ley Nº 27972.- Ley Orgánica de Municipalidades, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de acta; y con la aprobación por MAYORIA de los señores regidores del Concejo Municipal, aprobó lo siguiente: CONSIDERANDO: Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, modificado por ley de reforma constitucional Nº28607, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el numeral 8 del Artículo 9 de la Ley 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, establece que son atribuciones del Concejo Municipal, aprobar, modificar o derogar las Ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos, asimismo en su numeral 9 señala que son atribuciones del Concejo Municipal crear, modificar, suprimir, exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos conforme a Ley; Que, la Sub Gerencia de Obras Privadas y Catastro, mediante informe Nº 206-2019-MDC/GDUR de fecha 31 de Mayo del 2019, refiere que la propuesta de ordenanza que regula el procedimiento administrativo para la dación de constancias de posesión para la instalación de servicios básicos en el Distrito de Cieneguilla, que cuente con planos visados durante el periodo de vigencia de la Ordenanza Nº 272-MDC; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante informe Nº 083-2019-MDC/GAF de fecha 19 de Junio del 2019 emite opinión favorable a la propuesta de ordenanza QUE REGULA EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO PARA LA DACION DE CONSTANCIAS DE POSESIÓN PARA LA INSTALACION DE SERVICIOS BÁSICOS EN EL DISTRITO DE CIENEGUILLA", QUE CUENTEN CON PLANOS VISADOS CON LA ORDENANZA Nº 272-MDC; Estando a lo expuesto, con la opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 9, así como el artículo 40 de la Ley 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de acta , aprobó por MAYORÍA, lo siguiente: ORDENANZA QUE REGULA EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO PARA LA DACIÓN DE CONSTANCIAS DE POSESIÓN PARA LA INSTALACIÓN DE SERVICIOS BÁSICOS EN EL DISTRITO DE CIENEGUILLA", QUE CUENTEN CON PLANOS VISADOS CON LA ORDENANZA Nº 272-MDC Artículo Primero.- OBJETO La presente Ordenanza tiene como objeto establecer el Procedimiento de dación de Constancias de Posesión para la Instalación de Servicios Básicos, facilitando a todos los pobladores y familias de bajos recursos económicos, que residen dentro del distrito de Cieneguilla, el acceso a los servicios básicos de energía eléctrica, agua y desagüe; garantizando de esta manera el inicio del proceso de implementación y acondicionamiento de tales servicios, esto para el desarrollo y progreso de dichas poblaciones asentadas en sectores informales. Artículo Segundo.- APROBAR "El Procedimiento Administrativo para la Dación de Constancias de Posesión para la Instalación de Servicios Básicos en el Distrito de Cieneguilla", que comprende a todos aquellos posesionarios que sus predios se encuentren inmersos en Planos Visados durante el Periodo de vigencia de la Ordenanza Nº 272-MDC y/o hayan solicitado la Constancia de Posesión hasta antes de la publicación de la presente ordenanza. Artículo Tercero.- FINALIDAD La presente Ordenanza tiene como finalidad contribuir con el mejoramiento de la calidad de vida, el desarrollo y progreso de los poseedores sentados en posesiones informales que se encuentren dentro de los alcance de la Ley Nº 28687 ­ "Ley de Desarrollo y Complementaria de Formalización de la Propiedad Informal, Acceso al Suelo y Dotación del Servicios Básicos", a fin de fomentar

la instalación de los servicios de electricidad, agua y desagüe dentro de la jurisdicción de Cieneguilla. Artículo Cuarto.- BASE LEGAL El presente dispositivo se fundamenta en las siguientes normas legales: - Constitución Política del Perú. - Ley Nº27972 - Ley Orgánica de Municipalidades. - Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS ­ Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 ­ Ley de Procedimiento Administrativo General. - Ley Nº 28687 - Ley de Desarrollo y Complementaria de Formalización de la Propiedad Informal, Acceso al Suelo y Dotación del Servicios Básicos - Decreto Supremo Nº 017-2006-VIVIENDA ­ Reglamento de los Títulos II y III de la Ley Nº 28687 Ley de Desarrollo y Complementaria de Formalización de la Propiedad Informal, Acceso al Suelo y Dotación del Servicios Básicos. - Resolución Ministerial Nº 301-2017-Vivienda Aprueba el Plan de Implementación del Programa "Agua Segura para Lima y Callao". - Decreto Supremo Nº 008-2017-VIVIENDA - Crea el Programa "Agua Segura para Lima y Callao". - Resolución Ministerial Nº 242-2017-VIVIENDA ­ Aprueba el Manual de Operaciones del Programa "Agua Segura para Lima y Callao" - Ley Nº 30556 - Ley que Aprueba Disposiciones de Carácter Extraordinario para las Intervenciones del Gobierno Nacional Frente a Desastres y Que Dispone la Creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios; Artículo Quinto.- ÁMBITO DE APLICACIÓN Aplica a todos aquellos posesionarios informales asentados dentro de la jurisdicción del distrito de Cieneguilla, que cuenten con planos de lotización y trazado de vías aprobados y/o visados hasta el 30 de noviembre del año 2018, en virtud a la Ordenanza Nº272-MDC, y/o hayan solicitado la Constancia de Posesión hasta antes de la publicación de la presente ordenanza, siempre y cuando los administrados NO se encuentren inmersos en conflictos vecinales, judiciales o de superposición. Artículo Sexto.- COMPETENCIA El área competente para otorgar la Constancia de Posesión, es la Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural, a través de la Subgerencia de Obras Privadas y Catastro de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla, quien es el área competente para evaluar y emitir la respectiva Constancia de Posesión para la obtención de servicios básicos (Luz y Agua ­ Desagüe). El trámite se inicia a través del área de Trámite Documentario y es aprobado por la Subgerencia de Obras Privadas y Catastro. Artículo Séptimo.- REQUISITOS DE ACUERDO AL TUPA Los Administrados podrán adecuarse a la aplicación de la presente Ordenanza presentando lo siguientes requisitos: - Solicitud simple, dirigida al Alcalde, - con atención a la Subgerencia de Obras Privadas y Catastro solicitando Constancia de Posesión para Servicios Básicos, indicando nombres y apellidos, dirección y número de DNI. - Copia de Planos de Lotización y Trazado de vías, aprobado y/o visado, indicando la ubicación del predio. - Pago por Derecho de trámite: S/. 57.80 (Cincuenta y siete Nuevos Soles con 80 céntimos) ADICIONALMENTE SE SOLICITA: - Documento con carácter de Declaración Jurada bajo responsabilidad y sanción de nulidad, que deberá otorgar el solicitante indicando que sobre el bien materia del trámite no existe conflicto de ninguna índole vecinal o Judicial o extrajudicial u otro que perturbe la posesión pacífica. - Constancia de Vivencia otorgada por la Junta Directiva vigente a la fecha de presentación, que acreditará indubitablemente la posesión actual o acta policial de posesión, suscrita en ambos casos por todos los colindantes del predio. - Copia de la Resolución de Reconocimiento de la Junta Directiva vigente e inscrito en el Registros Único de Organizaciones Sociales (RUOS) de la Municipalidad de Cieneguilla.

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